martes, 1 de noviembre de 2016

RESOLUCION No 0106-D DE 2016 No 68001-1-14-0077

RESOLUCION No 0106-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0077


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que BEATRIZ MERCEDES ORTIZ TARAZONA C.C.37.548.886 en nombre propio y en representación de los demás propietario del predio localizado en la  Cl.61#17A-53 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010503570019000, y matrícula inmobiliaria 300-143697 solicitó el día 12 de marzo de 2014 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0076

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0077, presentada por BEATRIZ MERCEDES ORTIZ TARAZONA C.C.37.548.886 en nombre propio y en representación de los demás propietario del predio localizado en la  Cl.61#17A-53 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010503570019000, y matrícula inmobiliaria 300-143697,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.               

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0105-D DE 2016 No 68001-1-14-0076

RESOLUCION No 0105-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0076


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que BEATRIZ MERCEDES ORTIZ TARAZONA C.C.37.548.886 en nombre propio y en representación de los demás propietario del predio localizado en la  Cl.61#17A-67 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010503570017000, y matrícula inmobiliaria 300-53228 solicitó el día 12 de marzo de 2014 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0076

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0076, presentada por BEATRIZ MERCEDES ORTIZ TARAZONA C.C.37.548.886 en nombre propio y en representación de los demás propietario del predio localizado en la  Cl.61#17A-67 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010503570017000, y matrícula inmobiliaria 300-53228,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.   

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0104-D DE 2016 No 68001-1-13-0477

RESOLUCION No 0104-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0477


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que EDGAR FONSECA MEDINA C.C.6.759.537 en representación del propietario del predio localizado en la  Cr.23W#66-63 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010509100013000, y matrícula inmobiliaria 300-271883 solicitó el día 30 de diciembre de 2013 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0477

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0477, presentada por EDGAR FONSECA MEDINA C.C.6.759.537 en representación del propietario del predio localizado en la  Cr.23W#66-63 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010509100013000, y matrícula inmobiliaria 300-271883,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.   

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0103-D DE 2016 No 68001-1-13-0417

RESOLUCION No 0103-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0417


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que JUAN CARLOS GARCÍA  C.C.91.283.311 en representación del propietario del predio localizado en la  Cr.32B#18A-15 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010301920001000, y matrícula inmobiliaria 300-51372 solicitó el día 26 de noviembre de 2013 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0417

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0417, presentada por JUAN CARLOS GARCÍA  C.C.91.283.311 en representación del propietario del predio localizado en la  Cr.32B#18A-15 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010301920001000, y matrícula inmobiliaria 300-51372,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.    

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0102-D DE 2016 No 68001-1-13-0447

RESOLUCION No 0102-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0447


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que JUAN CARLOS GARCÍA  C.C.91.283.311 en representación del propietario del predio localizado en la  Cr.32C#18-30 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010301910010000, y matrícula inmobiliaria 300-51497 solicitó el día 13 de diciembre de 2013 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0447

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0447, presentada por JUAN CARLOS GARCÍA  C.C.91.283.311 en representación del propietario del predio localizado en la  Cr.32C#18-30 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010301910010000, y matrícula inmobiliaria 300-51497,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.    

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0101-D DE 2016 No 68001-1-13-0326

RESOLUCION No 0101-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0326


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que GUSTAVO ADOLFO PEÑALOSA PEDROSA C.C.91.291.186 en representación de los propietarios del predio localizado en la  Cr.30#56-30/32 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010201500012000, y matrícula inmobiliaria 300-51366 solicitó el día 13 de septiembre de 2013 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0326

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0326, presentada por GUSTAVO ADOLFO PEÑALOSA PEDROSA C.C.91.291.186 en representación de los propietarios del predio localizado en la  Cr.30#56-30/32 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010201500012000, y matrícula inmobiliaria 300-51366,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.    

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0100-D DE 2016 No 68001-1-13-0356

RESOLUCION No 0100-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0356


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que EDMON GUSTAVO OVIEDO PORTILLA C.C.91.488.436 en su condición de representante legal de ITZA CONSTRUCCIONES S.A.S. NIT.900593219-4, en representación de los propietarios del predio localizado en la  Cl.113#22-84 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010401570010000, y matrícula inmobiliaria 300-35805 solicitó el día 07 de octubre de 2013 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0356

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0356, presentada por EDMON GUSTAVO OVIEDO PORTILLA C.C.91.488.436 en su condición de representante legal de ITZA CONSTRUCCIONES S.A.S. NIT.900593219-4, en representación de los propietarios del predio localizado en la  Cl.113#22-84 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010401570010000, y matrícula inmobiliaria 300-35805,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.   

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0099-D DE 2016 No 68001-1-13-0468

RESOLUCION No 0099-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0468


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que AHIDEE ROA OLIBEROS C.C.63.475.382 y NESTOR DANILO SUPELANO MARTÍNEZ C.C.91.344.082, propietarios del predio localizado en la  Cl.14#28-46 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 13147006, y matrícula inmobiliaria 300-51306 solicitó el día 26 de diciembre de 2013 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0468

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0468, presentada por AHIDEE ROA OLIBEROS C.C.63.475.382 y NESTOR DANILO SUPELANO MARTÍNEZ C.C.91.344.082, propietarios del predio localizado en la  Cl.14#28-46 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 13147006, y matrícula inmobiliaria 300-51306,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.   

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0098-D DE 2016 No 68001-1-13-0406

RESOLUCION No 0098-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0406


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que DANIELA ALEXANDRA DELGADO RUEDA C.C.1.098.773.104, propietaria del predio localizado en la  Cr.54A#74imp Lote 118 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010401990001000, y matrícula inmobiliaria 300-117138 solicitó el día 19 de noviembre de 2013 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0406

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0406, presentada por DANIELA ALEXANDRA DELGADO RUEDA C.C.1.098.773.104, propietaria del predio localizado en la  Cr.54A#74imp Lote 118 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010401990001000, y matrícula inmobiliaria 300-117138,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.   

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0097-D DE 2016 No 68001-1-13-0476

RESOLUCION No 0097-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0476


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que LILIA CÁRDENAS RODRÍGUEZ C.C.63.350.676, en nombre y representación del propietario del predio localizado en la  Cr.24#52-31 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010201180015000, y matrícula inmobiliaria 300-39357 solicitó el día 30 de diciembre de 2013 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0476

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0476, presentada por LILIA CÁRDENAS RODRÍGUEZ C.C.63.350.676, en nombre y representación del propietario del predio localizado en la  Cr.24#52-31 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010201180015000, y matrícula inmobiliaria 300-39357,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.   

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, el día primero (01) del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)