"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
DEMOLICIÓN - CONSTRUCCIÓN (OBRA NUEVA)
bajo el radicado Nº 68001-1-13-0235
EXPEDIDO EL VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2014."
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE
Artículo 1o.:
Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de DEMOLICION-CONSTRUCCION (OBRA NUEVA)
para uso de Vivienda a LUZ AMANDA CARREÑO GOMEZ, con Cédula(s) de Ciudadanía o Nit
Nº. 37.556.595, en su calidad de propietario(s) del predio
localizado en la CALLE 103A 13D 05 - BARRIO
COAVICONSA de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el
número predial 010404590022000, matrícula inmobiliaria 300-145959, para que de
acuerdo con la Norma Urbanística NUR112-13,
que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en
concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y
ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1:
Las obras autorizadas por la presente resolución son:
Licencia de construccion obra nueva para edificacion de cinco
pisos y terraza destinada a vivienda multifamiliar distribuidos así: PRIMER
PISO, Una unidad de vivienda apto 101 con area construida de piso de 56,02 m2 y
area libre de 15,98 m2; SEGUNDO Y TERCER PISO, Una unidad de vivienda por cada
piso, apto 201-301, el area construida por piso es de 59,91 m2; CUARTO PISO,
Una unidad de vivienda apto 401, con un area construida de piso de 58,44 m2 y
area libre de 11,71 m2; QUINTO PISO, Una unidad de vivienda, apto 501, con un
area construida de piso de 38,54 m2 y area libre de 7,69 m2; TERRAZA, con area
construida de 9,89 m2 y area libre de 28,51 m2. En total son cinco unidades de
vivienda con un area construida neta de vivienda de 248,34 m2 y area total
construida de 282,71 m2.
Estas
obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente
providencia.
Parágrafo 2:
Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto
arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y
condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de
acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Ø
El
proyecto fue aprobado cumpliendo con los retrocesos exigidos en la norma
urbanística NUR112-13 por la carrera 13D y la Calle 103A, quedando con unas
medidas de lote neto de 5,87 metros por 11,86 metros.
Ø
Se aprueba
un área de ocupación en primer piso de 56.02 m2 y área neta de vivienda de
248,34 m2, cumpliendo con el índice de ocupación permitido de 0.75 y el índice
de construcción permitido de 3,5.
Ø
No se
exigen cupos de parqueo al interior del predio por estar ubicado sobre vías
peatonales.
Ø
Se da
cumplimiento a la norma NSR-10 en su capítulo K, quedando referenciado en los
planos arquitectónicos la clasificación del proyecto así:
Ø
Según su
ocupación ( R )
Ø
Subgrupo
de ocupación ( R2 )
Ø
Edificación
nueva
Ø
Carga de
ocupación 18 m2 por persona, aptos 1º, 2º, 3º piso 3 personas por unidad, 4º y
5º piso, 2 personas por unidad, con un total de 13 personas.
Ø
Edificación
de gran altura. No
Ø
Categoría
del riesgo. Unidades <140 m2, 5 pisos, categoría II
Ø
Igualmente
queda referenciado en los planos arquitectónicos según el capítulo K, K.3.2.2.1
— la Disposición de salidas así:
Ø
Número de
salidas. 1
Ø Acceso a la salida. 40.30 mts
Ø Se debe construir extrictamente lo aprobado.
Ø Esta aprobacion no implica ningun tipo de intervención sobre
espacio publico.
Ø Los planos aprobados hacen parte integral de esta licencia.
Ø El proyecto de construcción, debera contemplar las
condiciones que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas
con movilidad reducida, sea esta temporal o permanente, de conformidad con las
normas establecidas en la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las
normas que los modifiquen o sustituyan.
Ø Se
sugiere al constructor realizar el acta de vecindad, documento privado que
permite verificar el estado actual de las construcciones vecinas a la
construcción, para así facilitar la resolución de conflictos que puedan
presentarse con los eventuales daños que
se puedan ocasionar por causa de la ejecución de la obra.
Artículo 2o.:
Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente
resolución, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010 y de lo
contemplado en el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3o.:
Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro
del trámite, en los términos del Artículo
40 del Decreto 1469 de 2010. Si no se pudiere hacer la notificación
personal, se notificará
por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4o.:
La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses
prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por
medio del cual fue otorgada. La
solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días
calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el
constructor responsable
certifique
la iniciación de la obra, de conformidad con lo establecido en el artículo 47
del Decreto 1469 de 2010.
Artículo 5o.:
Ordenar la publicación de la
parte resolutiva del presente acto administrativo que resuelve la solicitud de
licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página
web corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.:
Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el
Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en
su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Decreto 1469 de 2010 y el
Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese
y cúmplase.
Expedida en Bucaramanga, el 17 de febrero de
2014.