miércoles, 28 de diciembre de 2016

RESOLUCION No 0142-D DE 2016 No 68001-1-16-0272

RESOLUCION No 0142-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA
No.68001-1-16-0272

El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y

C O N S I D E R A N D O:

1. Que JAIME VARGAS CÁRDENAS actuando en representación de la propietaria del predio localizado en Diagonal 105#29B-17/19 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010400460011000 y matrícula inmobiliaria 300-148908 solicitó LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-16-0272.

2. Que la solicitud fue radicada de forma incompleta el día 27 de octubre de 2016.

3. Que de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.1.2 del Decreto 1077 de 2015, cuando la radicación se hace incompleta, el solicitante cuenta con 30 días hábiles para allegar los documentos pendientes, contados desde la fecha de radicación, so pena de que la solicitud se entienda desistida.

4. Que a la fecha no se han aportado lo documentos necesarios para que la solicitud quede radicada en legal y debida forma para su estudio.
 
 Que en mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-16-0272  presentada por JAIME VARGAS CÁRDENAS actuando en representación de la propietaria del predio localizado en Diagonal 105#29B-17/19 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 68001010400460011000 y matrícula inmobiliaria 300-148908 conforme a lo expuesto en la parte motiva.       

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo 2.2.6.1.2.3.4 del Decreto Nacional 1077 de 2.015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, a los catorce (14) días del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2016) 

jueves, 22 de diciembre de 2016

RESOLUCION No 0136-D DE 2016 No 68001-1-16-0072

RESOLUCION No 0136-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN MODIFICACION No.68001-1-16-0072


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y

C O N S I D E R A N D O:

1. Que GLORIA ANDREA ESCOBAR RODRÍGUEZ C.C.52.195.791 actuando en representación del  propietario de los predios localizados en la Cl.43#34-08; Cl.43#34-71; Cl.43#34-PAR; Cl.43#34-40 de Bucaramanga, identificados con el código catastral 01022690001000; 010202690004000; 010202690007000; 68001010202690002000, y matrícula inmobiliaria 300-150972; 300-151143; 300-50216; 300-52079 solicitó LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN MODIFICACION No.68001-1-16-0072.

2. Que por medio de oficio presentado por el titular el día 22 de noviembre de 2016, se solicita el desistimiento y archivo de la solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN MODIFICACION No.68001-1-16-0072 debido a que se harán ajustes al proyecto para radicarlo nuevamente.

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN MODIFICACION No.68001-1-16-0072, presentada por GLORIA ANDREA ESCOBAR RODRÍGUEZ C.C.52.195.791 actuando en representación del  propietario de los predios localizados en la Cl.43#34-71; Cl.43#34-PAR; Cl.43#34-40 de Bucaramanga, identificados con el código catastral 01022690001000; 010202690004000; 010202690007000; 68001010202690002000, y matrícula inmobiliaria 300-150972; 300-151143; 300-50216; 300-52079,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.              

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.


Expedida en Bucaramanga, el veintidós (22) días del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0129-D DE 2016 No 68001-1-14-0268

RESOLUCION No 0129-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0268


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que GERMAN LEONARDO DURÁN C.C.91.155.466 en representación del propietario del predio localizado en la  Cr.26#89-11 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 01040238018600 solicitó el día 27 de mayo de 2014 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0268.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0268, presentada por GERMAN LEONARDO DURÁN C.C.91.155.466 en representación del propietario del predio localizado en la  Cr.26#89-11 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 01040238018600,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.            

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0123-D DE 2016 No 68001-1-14-0204

RESOLUCION No 0123-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0204


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que LUIS EDUARDO GOMEZ C.C.91.240.338 en representación del propietario del predio localizado en la  Cl.46#32-22 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010202460006000, y matrícula inmobiliaria 300-30987 solicitó el día 16 de mayo de 2014 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0204.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-14-0204, presentada por LUIS EDUARDO GOMEZ C.C.91.240.338 en representación del propietario del predio localizado en la  Cl.46#32-22 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010202460006000, y matrícula inmobiliaria 300-30987,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.       

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0145-D DE 2016 No 68001-1-13-0016

RESOLUCION No 0145-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0016


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que ALEXANDER PARADA RUIZ C.C.91.523.508 actuando en representación de los propietarios del predio localizado en Carrera 16 No 31-33/37/39 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010101100030000, y matrícula inmobiliaria 300-54109 solicitó RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0016.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0016, presentada por ALEXANDER PARADA RUIZ C.C.91.523.508 actuando en representación de los propietarios del predio localizado en Carrera 16 No 31-33/37/39 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010101100030000, y matrícula inmobiliaria 300-54109,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.               

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0146-D DE 2016 No 68001-1-13-0100

RESOLUCION No 0146-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0100


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que LUZ HELENA BELTRÁN RIVERA C.C.63.481.309 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cr.32#87-43 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010403230007000, y matrícula inmobiliaria 300-108378 solicitó RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0100.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0100, presentada por LUZ HELENA BELTRÁN RIVERA C.C.63.481.309 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cr.32#87-43 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010403230007000, y matrícula inmobiliaria 300-108378,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.               

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0147-D DE 2016 No 68001-1-13-0184

RESOLUCION No 0147-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0184


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que EDWIN DELGADO MAYORGA actuando en representación del propietario del predio localizado en Cl.18#16-66 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010300360007000, y matrícula inmobiliaria 300-25425 solicitó RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0184.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0184, presentada por EDWIN DELGADO MAYORGA actuando en representación del propietario del predio localizado en Cl.18#16-66 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010300360007000, y matrícula inmobiliaria 300-25425,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.                

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.


Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis (2016)


RESOLUCION No 0148-D DE 2016 No 68001-1-13-0225

RESOLUCION No 0148-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0225


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que MARIO PILONIETA GONZALEZ C.C.2.881.589 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cl.38#34-33 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010202040018000, y matrícula inmobiliaria 300-51862 solicitó LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0225.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0225, presentada por MARIO PILONIETA GONZALEZ C.C.2.881.589 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cl.38#34-33 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010202040018000, y matrícula inmobiliaria 300-51862,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.                  
               
Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.


Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis (2016)


RESOLUCION No 0149-D DE 2016 No 68001-1-13-0277

RESOLUCION No 0149-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0277


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que VELMAR ESTEBAN GONZALEZ CIFUENTES C.C.1.095.799.268 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cl.117#22A-78 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010401510008000, y matrícula inmobiliaria 300-22329 solicitó LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0277.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0277, presentada por VELMAR ESTEBAN GONZALEZ CIFUENTES C.C.1.095.799.268 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cl.117#22A-78 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010401510008000, y matrícula inmobiliaria 300-22329,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.                  

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0150-D DE 2016 No 68001-1-13-0263

RESOLUCION No 0150-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0263


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que CESAR AUGUSTO NIÑO SANABRIA C.C.91.476.276 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cr.19#7-39 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010600810024000, y matrícula inmobiliaria 300-136488 solicitó LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0263.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN OBRA NUEVA No.68001-1-13-0263, presentada por CESAR AUGUSTO NIÑO SANABRIA C.C.91.476.276 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cr.19#7-39 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 010600810024000, y matrícula inmobiliaria 300-136488,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.                    

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.



Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis (2016)

RESOLUCION No 0151-D DE 2016 No 68001-1-13-0268

RESOLUCION No 0151-D  DE 2016


Por la cual se Desiste la solicitud de 
RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0268


El Curador Urbano No. 1 de Bucaramanga
Arquitecto Luis Carlos Parra Salazar,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por:
Ley 9 de 1989, Ley 388 de 1997, el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, la norma sismo resistente vigente, el acuerdo 011 de 2014 “Plan de Ordenamiento Territorial de Bucaramanga”, la resolución No 0521 del 2 de octubre de 2012 y


C O N S I D E R A N D O:

1. Que CESAR AUGUSTO SILVA C.C.91.221.664 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cl.34#11-46 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 01011570005000, y matrícula inmobiliaria 300-26908 solicitó RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0268.

2. Que a la fecha solicitud se encuentra por fuera de todos los términos que indica el Decreto 1077 de 2015, en cuanto al trámite de la revisión, debido a que el proyecto ha sido abandonado por parte del solicitante, razón por la cual se procede a desistir.
 
 Que en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

Artículo 1o: DESISTIR la solicitud de  RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE No.68001-1-13-0268, presentada por CESAR AUGUSTO SILVA C.C.91.221.664 actuando en representación del propietario del predio localizado en Cl.34#11-46 de Bucaramanga, identificado con el código catastral 01011570005000, y matrícula inmobiliaria 300-26908,  conforme a lo expuesto en la parte motiva.                  

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Ordenar el archivo del expediente respectivo.

Artículo 4o.: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante el suscrito Curador Urbano, tal como se establece en el parágrafo del artículo  2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5º. : La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, Publíquese  y cúmplase.


Expedida en Bucaramanga, a los veintidós (22) días del mes de Diciembre de dos mil dieciséis (2016)