"EN VIRTUD
DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
DEMOLICIÓN - CONSTRUCCIÓN (OBRA NUEVA)
bajo el radicado Nº 68001-1-13-0486
EXPEDIDO EL MARTES 12 DE ENERO DE 2016
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE
BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA
SALAZAR
En virtud de lo ordenado por el Decreto Nacional 1077 de 2.015, se publica
la parte Resolutiva de un DEMOLICION - CONSTRUCCION (OBRA NUEVA) No 68001-1-13-0486,
expedido el día 12 de ENERO de 2.016. El Curador Urbano N°1 de Bucaramanga ARQUITECTO LUIS CARLOS PARRA SALAZAR,
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 9 de
1989, ley 388 de 1997, el Decreto Nacional 1469 de 2.010 y La Resolucion No
0521, del 2 de Octubre de 2.012. Resuelve: Artículo 1o.: Conceder
la Licencia de Construcción en la modalidad de DEMOLICION-CONSTRUCCION (OBRA NUEVA)
para uso de Vivienda a KAREN
VIVIANA SARMIENTO y JORGE CALDERON MUÑOZ, identificados con las Cédulas de Ciudadanía Nº 1.098.422.388
y 13.809.133, en su calidad de propietario del predio
localizado en la Calle 33A No 24-47/57 BARRIO ANTONIA SANTOS de la nomenclatura de Bucaramanga,
identificado con el número predial 68001010100170013000 /68001010100170014000 , matrícula inmobiliaria 300-90008 / 300-89412, para
que de acuerdo con la Norma Urbanística 439-13, que hace parte integrante de la
presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los planos aprobados
y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la ciudad de
Bucaramanga.
Parágrafo 1:
Las obras autorizadas por la presente resolución son:
Aprobación de licencia de Construcción en la modalidad de
demolición y Obra nueva de un edificio multifamiliar con altura de 11 pisos culminado con una cubierta
plana en concreto sin uso, con área total construida de 3148.45m2, 25 unidades
de vivienda, 23 cupos de parqueo vehicular y 4 cupos de parqueo para
motocicletas; presenta un sótano, un semisótano y primer piso de uso exclusivo
de parqueo, del segundo al décimo pisos se encuentran las unidades de vivienda
y en el piso once la zona social; se desarrolla en el predio medianero de forma
irregular con 360,41m2 de área según consta en el certificado de libertad y
tradición 300-90008 y 300-89412, identificados con los números prediales
010100170013000 y 0101001700014000, este
edificio se localiza en la Calle 33ª No 24-57 Barrio Antonia Santos- Centro del
Municipio de Bucaramanga y tiene al oriente una
construcción de 4 pisos y al occidente una construcción de 1 piso. El
área construida y los usos por piso es como sigue: SOTANO 1 con área construida
de 320,11m2 con capacidad para 7 cupos de parqueo, cuartos técnicos como la
planta eléctrica, subestación. SEMISOTANO con área construida de 321,11m2 con
capacidad para 7 cupos de parqueo. PRIMER PISO con área construida de 2554.77m2
dedicados al uso exclusivo de parqueo con capacidad de 9 cupos vehiculares y 4
cupos de motocicletas y al lobby que da acceso al edificio de vivienda; SEGUNDO
PISO con área construida de 266.76m2 dedicada exclusivamente a vivienda
desarrollándose 3 unidades. TERCERO, CUARTO, QUINTO PISO cada uno con área
construida de 258.81m2 dedicada exclusivamente a vivienda desarrollándose 3
unidades por piso. SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO PISO cada uno con área construida de
229,7M2 dedicada exclusivamente a vivienda desarrollándose 3 unidades por piso.
NOVENO y DECIMO PISO, con área construida de 205,69m2 y 197,15m de2 dicada
exclusivamente a vivienda desarrollándose 2 unidades por piso y ONCEAVO PISO cada
uno con área construida con área construida de 96,93m2 en la cual se encuentra
la zona social. CUBIERTA. Placa plana sin uso humano.
En total se aprueban 11 pisos, 1 sótano, 1 semisótano, 25
unidades de vivienda, 23 cupos de parqueo vehicular y 4 cupos de parqueo de
motocicletas
Estas
obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente
providencia.
Parágrafo 2:
Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto
arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y
condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de
acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Clasificación del proyecto
Análisis de las determinantes urbanas del predio.
Norma NUR0439-13 POT Acuerdo 078 de 2008.
·
El uso principal del
predio es residencial. CUMPLE.
·
El área del lote es de
360,49m². De acuerdo al índice de ocupación el área máxima a ocupar en el
predio es de 252,34m²;
el proyecto ocupa 255,29m²,
cifra por encima 2,43m2 del área permitida; sin embargo por ser el primer piso
de uso exclusivo de parqueo aplica la excepción relacionada en el artículo 470
del Decreto 078 de 2008, con no contar las estas áreas en los índices de
ocupación y construcción. CUMPLE.
·
El índice de construcción
es de 7,0 veces el área del lote, esto significa que puede construir hasta
2543,23m². El área total construida es de 3149.45m² y el área para índices de
construcción es del proyecto es de 1832,60m2 cifra inferior en 690.83m2. Por tanto
CUMPLE.
·
El proyecto CUMPLE con
el perfil vial establecido en el GDT 5469 de 2013, este perfil esta medido de
los datos de la planta de primer piso identificada como A-02/10, de
allí se corrobora que el paramento del edificio está 6,0m del centro de la
actual vía. Sin embargo se recomienda atender la siguiente nota técnica: Antes
de iniciar obra se debe verificar con la Secretaria de Planeación Municipal el
centro de la vía, desde el cual ubicar el paramento; esto con el fin de
asegurar su correcta localización. La Curaduría Urbana ha tomado el paramento
desde los documentos presentados.
Análisis de las normas de la edificación.
Cumplimiento de los
artículos 503 a 506 del Decreto Municipal 078 de 2008:
·
El proyecto presenta un
ascensor CUMPLE con
lo establecido en el artículo 503 del decreto 078 de 2008 en referencia a
ofrecerlo.
·
Los espacio dedicado a la
subestación eléctrica y planta de emergencia se encuentran en el sótano nivel
que corresponde al punto más bajo de la edificación como demanda la norma
municipal en su artículo 504. CUMPLE, ha señalado en los planos arquitectónicos los puntos de conducción para
el escape de los gases producidos por estas máquinas y que permitan que
alcancen la atmosfera. Así mismo se debe plantear que los espacios ofrecidos
por el proyecto estén debidamente protegidos con muros corta fuego y cumplan lo
estipulado en los capítulos J y K de la NRS-10 en materia de protección de
incendios para los grupos clasificados como P.
Cumplimiento de las norma
para el espacio privado artículos 507 a 536 del Decreto Municipal 078 de 2008.
Normas internas artículos
508 a 526 del Decreto Municipal 078 de 2008.
·
El aislamiento anterior del edificio está
cumpliendo con el artículo 511 del POT, en atención a lo dispuesto por el
oficio GDT 5469 de 2013. Para lograr este paramento el predio ha cedido 1,60m a
lo largo de su frente.
·
El edificio presenta un
acceso para los parqueos, así:
o
Acceso por la calle 33 A
conducente al sótano y semisótano con una rampa doble cada una con ancho de
3,50m. CUMPLE con
el artículo 516 del POT.
o
El proyecto usa rampa, la
misma se encuentra al interior del paramento, tiene un acho de 3,50m libres de
obstáculos y tiene una pendiente del 18%. CUMPLE con
el artículo 547 del Decreto ibídem.
Cumplimiento de las norma
para el espacio privado artículos 507 a 536 del Decreto Municipal 078 de 2008.
Normas internas artículos
508 a 526 del Decreto Municipal 078 de 2008.
·
Aislamiento posterior. El proyecto se desarrolla
en un predio medianero de forma irregular, el diseñador ha hecho uso del
artículo 551 del Decreto Ibídem que reza: Todos
los predios deberán cumplir con los aislamientos exigidos según el tratamiento
correspondiente. Cuando los lados del
proyecto no sean paralelos a los bordes del predio, o cuando sean paralelos, pero con diferentes distancias, se podrán
permitir los aislamientos por promedio ponderado, siempre y cuando: 1 El punto mínimo de aislamientos sea de dos metros con cincuenta (2.50
Metros), sin servidumbre de vista para el lateral y cuatro metros (4.00 Metros)
para el posterior. 2. El aislamiento entre frentes de edificaciones de un mismo
conjunto deberá ser de cinco metros (5.00 m) como mínimo, medidos a partir del
voladizo. 3. El área de aislamiento que está siendo ocupada por la construcción
se compense con las áreas donde se esté dejando un aislamiento mayor del
exigido, de tal forma que el área total resultante de la ampliación de los
aislamientos por promedio sea igual a la resultante de la aplicación regular de
la norma.
Revisado el
proyecto se tiene que el lado menor del aislamiento es de 4,00m; el cual se
mantiene de manera continua hasta el piso 6 y de ese piso en adelanta el
proyecto presenta bordes paralelos al predio con diferentes distancias, cumpliendo con lo preceptuado en el artículo ibídem. De
igual manera se revisó el área ponderada del aislamiento encontrándose que el
área requerida por norma es de 93,71m2 y el proyecto propone 110,96m2, cumpliendo con este requisito.
Por lo anterior
el proyecto cumple con los requisitos volumétricos, pues cumple con el
contenido del artículo517 del POT Decreto 078
de 2008 que señala que: La volumetría
para un predio será la resultante de la correcta aplicación de las normas sobre
índices, alturas, aislamientos, retrocesos, bonificaciones y estacionamientos
consignadas en la norma general.
·
El proyecto CUMPLE con
lo establecido en el artículo 521, en relación a las limitaciones para cubrir
el espacio público pues revisada la planta de acceso, no existen elementos
arquitectónicos ni de mobiliario urbano que impidan el tráfico peatonal.
·
El edificio se encuentra
en una medianería, las culatas están cerradas y aisladas por tanto no tiene
servidumbre de vista. CUMPLE con
el contenido del artículo 522 del Decreto 078 de 2008.
·
Atendiendo al contenido
del artículo 523 relacionado con el empate de las construcciones colindantes,
el proyecto cumple con estipulado a nivel de paramentos voladizos, retrocesos y
aislamientos.
·
El proyecto no hace uso del artículo 524, por
tanto no se estudian y aplican bonificaciones en aplicación al numeral 2.” Por
cesión de parqueo adicional.
- El uso que genera cupos
de parqueo en este proyecto es el residencial, el proyecto presenta 25
unidades de vivienda con área menor a 100m2. Para cubrir las cuotas
requeridas para para las unidades de vivienda se deben proveer 13 unidades
de parqueo para residentes y 3 para visitantes. Cumple, el proyecto presenta 23
cupos de parqueo 7 más de lo solicitado en la norma. Además presenta 4
cupos de parqueo para motocicletas.
Normas internas para el
espacio privado artículos 527 a 549 del Decreto Municipal 078 de 2008.
·
El proyecto desarrolla 25
unidades de vivienda en estrato 4, que se encuentran entre los pisos dos (2) a
Diez (10). CUMPLE con
el área establecida por número de alcobas según lo dispone el artículo 562 del
POT.
·
El proyecto CUMPLE con las dimensiones mínimas de los parqueos
establecido en el artículo 543 del Decreto 078 de 2008, el 60% son de
2,50*5,00m y 40% de 2,20m*4,00m. Presenta un parqueadero de discapacitados que
corresponde al 2% del cupo total.
·
Los cupos de parqueadero se localizan al
interior del paramento de la construcción dando
CUMPLIMIENTO al artículo 541 del
Decreto 078 de 2008.
·
Los sótanos del proyecto
se usan exclusivamente para el uso de parqueo dando CUMPLIMIENTO al
artículo 544 del Decreto 078 de 2008.
·
Conforme al oficio 21270 de
noviembre 7 de 2006 de la CDMB, el sótano debe estar equipado de extractores de
material gaseoso, incluyendo los espacios por donde se conducen hacia el
exterior de los recintos, las líneas de eliminación de los contaminantes; lo
anterior verificará la autoridad ambiental
- El proyecto por
tener un área de vivienda menor a 2000m2 no requiere dejar áreas de cesión
tipo B, sin embargo ha dejado además de los aislamientos (artículo 534) en
los pisos 6,9 unas terrazas comunales aptas para el encuentro de los
copropietarios que suman 52m2 y en el piso 11 una terraza social con 100m2
donde se localiza una zona húmeda y un salón social. Además presenta
espacios comunales para alojar los equipos técnicos (ascensor, planta
eléctrica, subestación) que suman 50m2; de igual manera la zona de acceso
junto al lobby suma 54m2. Estas áreas comunales incluida la de los
parqueaderos de visitantes suman 292m2. Cumple.
En primer piso en el espacio público cumple con las dimensiones y los
elementos constitutivos del mismo, el andén sigue la pendiente natural del
terreno y el acceso está habilitado para las personas con condición de
discapacidad.
Normas de piscinas. Aplica
para el jacuzzi, por tato faltan los vistieres de hombres y mujeres. Cumple presenta dos baños de los cuales uno es
para discapacitados, y vistieres individuales hombre, mujer. El acceso al
Jacuzzi es controlado por una puerta.
Norma de discapacidad. CUMPLE, los andenes
siguen la pendiente natural del terreno, están libres de obstáculos y
señalizados, se ha dejado el parqueo apto para discapacitados y se provee un
ascensor para facilitar su movilidad dentro del edificio, así mismo los
corredores tiene una dimensión de 1,20m.
Espacio
público y Normas de accesibilidad
El proyecto da cumplimiento en
su totalidad con el artículo 9 del decreto 1538 de 2005, brindando
accesibilidad a minusválidos con señalización de acceso peatonal de
discapacitados en todos los pisos:
a) La torre cuenta con un ascensor que entregan en todos
los pisos desde los sótanos hasta el último piso, garantizando el acceso de los discapacitados,
pues cumple con la norma técnica NTC 4349 según señala K.3.2.7.1;
b) La edificación proyecta baños aptos para este tipo de
personas ubicados en las zonas sociales.
c) De acuerdo con
el numeral 2.5 de pisos en la accesibilidad a edificaciones, del Manual de
Referencia de Accesibilidad al Medio Físico y al Transporte de la Presidencia
de la Republica, Ministerio de Desarrollo, Ministerio de Transporte y el Fondo
de la Prevención Vial, La superficie del piso internas debe ser
antideslizante en seco y en condiciones de humedad, definiendo claramente la
franja de circulación, con bordes que mediante el color y textura guíen a los
usuarios; los pasillos y corredores cumplen con las dimensiones mínimas y
características funcionales y constructivas señaladas en la NTC 4140.
d)
Cuando
el diseño de un sistema de salida haya sido ejecutado expresamente para
permitir la salida de discapacitados, deberá proveerse de señalización adecuada
que exprese esta condición.K.3.2.8
e)
Dentro del conjunto de parqueaderos se ha
dispuesto 1 cupo para el uso de discapacitados con medidas de
3,50 m por 5,00 m. CUMPLE Los cortes del proyecto permiten establecer las
distancias de recorrido de evacuación.
f)
Presenta rampa de acceso apta para los
discapacitados apoyados con equipo mecánico para facilitar el acceso de las
personas.
Análisis
normativo NSR-10
Separación
sísmica.
De acuerdo a las alturas de las edificaciones de
la colindancia, que son de 4 y 1 pisos al Oriente y Occidente respectivamente,
a la topografía plana del predio se aplicara una separación sísmica así:
- Por el
Oriente se permite que las placas de los pisos aéreos 1 y 2 del nuevo
edificio no la dejen, del piso aéreo 3 a 5 del nuevo edificio coincide con las placas de los pisos del
edificio vecino por lo cual debe separarse el 2% de la altura hasta el
nivel 11,2m y del piso 7 al 11 debe separarse el 1%. El proyecto ha dejado
una separación desde del 3 piso de 0,56m que corresponde al 2% de su
altura. Cumple la
norma.
·
Por el occidente por ser una edificación menor a 3
pisos y considerada temporal se permite dejar una separación sísmica del 1% de
la altura de la edificación nueva aplicable desde el piso aéreo 3 hasta el 11,
la cual corresponde al 0.28m. Revisada la separación sísmica del edificio
nuevo, se encuentra que el diseñador ha dejado una separación continúa para ese
tramo del edificio de 0,28m, con lo cual
Cumple la norma.
Las alturas se han tomado desde el nivel N+
1,4 considerado el nivel de la calle,
según dispone el numeral K.3.1.3 que lo define como: Piso o nivel de piso accesible desde la calle o el exterior de la
edificación, provisto de entrada principal a una altura no mayor de 7 escalones
sobre el nivel del suelo. Lo cual significa que el edificio medido desde el
andén puede llegar a tener hasta 29,26m hecho ratificado en el acta 108 de 2012
por parte de la Comisión Asesora Permanente para construcciones Sismo
resistentes, y por tanto no se clasifica como una edificación de gran altura.
Capítulos J y K.
El literal J.1.1.3 señala
que la responsabilidad del cumplimiento del Título J- Requisitos de protección
contra el fuego en edificaciones y el Titulo K-Otros requisitos
complementarios, recae en el profesional que figura como constructor del proyecto
para la solicitud de la licencia de construcción.
Capitulo J. Requisitos de protección contra el
fuego en edificaciones
Propósito y alcance (J.1.1) Evaluar
el cumplimiento de los requisitos establecidos en los capítulos J y K de la
norma sismo resistente colombiana NSR-10, frente a la configuración
arquitectónica, estructural, hidráulica, eléctrica, necesarios para la
protección contra incendios en edificaciones y las especificaciones mínimas que
deben cumplir los materiales utilizados con el propósito de proteger contra la
propagación del fuego interior y hacia las estructuras aledañas. En
consecuencia, el propósito del título J es el de establecer dichos requisitos
con base en las siguientes premisas:
a) Reducir en todo lo
posible el riesgo de incendios en edificaciones
b) Evitar la propagación
del fuego tanto dentro de las edificaciones como hacia estructuras aledañas.
c) Facilitar las tareas
de evacuación de los ocupantes de las edificaciones en caso de incendio.
d) Facilitar el proceso
de extinción de incendios en las edificaciones.
e) Minimizar el riesgo de
colapso de la estructura durante las labores de evacuación y extinción.
Clasificación de la edificación según ocupación y
subgrupo de ocupación. (J.1.2; K1; K2). El arquitecto
diseñador ha clasificado el EDIFICIO. CUMPLE.
Requisitos generales para la protección contra
incendios de las edificaciones (Capitulo J-2). En los planos arquitectónicos señala lo atinente al numeral (J-2), por tanto se
transcribirá en la resolución la obligatoriedad de cumplir con tales
requisitos.
Redes eléctricas, de gas y otros fluidos
combustibles, inflamables y comburentes (J.2.2)
·
J.2.2.1 En el interior de la edificación y en ligar
de fácil acceso para el Cuerpo de Bomberos deben instalarse dispositivos para
interrumpir el suministro de gas, electricidad y otros fluidos combustibles,
inflamables o comburentes.
·
J.2.2.2 Para la protección de las instalaciones eléctricas
deben cumplirse los requisitos dados en el Reglamento Técnico de Instalaciones
Eléctricas, RETIE, y en el Código Colombiano NTC 2050.
·
J.2.2.2.1 Lo sistemas eléctricos en zonas donde pueda existir
el peligro de incendio o explosión debido a gases o vapores inflamables,
líquidos inflamables, polvo combustible, etc., deben cumplir con los requisitos
adicionales dado en el Capítulo 5 del Código Eléctrico Colombiano NTC 2050,
“Ambientes Especiales” y en Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, RETIE.
Al igual dichas zonas deberán dar cumplimiento al Reglamento Técnico de
Iluminación y Alumbrado Público RETILAP.
Requisitos de acceso a la edificación (J.2.3.1).
Toda edificación debe proveerse de áreas de acceso adecuadas para el Cuerpo de Bomberos, de
acuerdo con las normas siguientes:
·
J.2.3.1.1 Acceso frontal. El perímetro de
primer piso que corresponde al nivel de acceso es de 72,8m el cual cuenta con
una longitud de vanos de 9m que superan el 8% normativo, sobre este perímetro
se encuentra vanos por 21,6m2 que corresponden a los accesos y ventanas a nivel del primer piso del
edificio. Cumple
con la norma.
·
J.2.3.1.2 Sobre el nivel del terreno. El edificio no
está clasificado como de gran altura, proporciona un medio protegido de
evacuación que sirve a los pisos y sótanos. Además el acceso a la edificación
según los usos se distribuye así:
a)
Acceso a multifamiliar con vano de 2,50m de ancho
que da cabida a una puerta en vidrio y desde allí se accede a los pisos 1 a 11.
Las fachadas de los pisos 2 a 11 de uso residencial, se presenta vanos de
variadas longitudes, siendo el menor de 1,2m de alto por 2,00m de ancho y los
antepechos son de 0,90m, medidos desde el piso al interior del piso; además
tienen una puerta en vidrio de 2.00m de ancho por 2,00m de alto que da salida
al balcón que mira a la calle. En general los ejes entre los vanos de la
fachada principal están por debajo de25m. Cumple con la norma.
·
J.2.3.1.3 Bajo el nivel de terreno. El edificio
proporciona acceso directo a los sótanos, tanto por medios protegidos
(escaleras); estos medios tienen 1,20m de ancho. Cumple con la norma.
Prevención de la propagación del fuego hacia el
exterior.
·
J.2.4.1 Separación vertical entre aberturas de muros de fachada. No aplica para
R-2
·
J.2.4.2 Parapetos sobre muros de fachada. No aplica para
R-2
·
J.2.4.3 Construcciones sobre el techo. El techo del
edificio corresponde a una placa plana en concreto, el cuales un material
incombustible. Los planos arquitectónicos no dan cuenta de estructuras sobre la
cubierta, tales como antenas. Cumple con la norma.
·
J.2.4.4 Hidrantes. Si bien el área construida del primer piso no
demanda hidrantes se seguiré proveer un hidrante al nivel de acceso con un
caudal de 32 L/s (Tabla J.2.4-1). Los planos arquitectónicos en primer piso
deben referencian estos elementos. Cumple con la
norma.
·
J.2.4.5 Por lo menos un hidrante debe estar situado a no
más de 100m de distancia de un acceso al edificio. Los demás deberán estar
razonablemente repartidos por el perímetro de la edificación y ser accesibles
para los vehículos del servicio del Cuerpo de Bomberos. Este hidrante se
encuentra en la esquina de la carrera 25 con calle 33ª.
·
J.2.4.6 Los hidrantes de la red pública pueden tenerse en
cuenta para efectos del cumplimiento del especificado en J.2.4.4.
·
J.2.4.7 Todo edificio de más de cinco (5) pisos deberá
contar con la instalación de una red contra incendio, con válvula de retención,
de uso exclusivo del Cuerpo de Bomberos, con por lo menos una salida por piso,
de fácil acceso a la boca de entrada, para conexión de los carros de bombas y
en cada piso para la conexión de mangueras. Las características técnicas de
esta red serán las especificadas por la Normas Técnicas NTC-1669 y como
referencia la norma NFPA 14.
·
J.2.4.8 Para las redes contra incendios, en todas la
edificaciones que lo requieran, podrán utilizarse solamente materiales listados para el servicio contra
incendio en el Capítulo 2, Componentes y Accesorios del Sistema, bajo el
numeral sobre tubería y accesorios, de Norma técnica NFPA 13.
Prevención
de la propagación del fuego hacia el interior.
·
J.2.5.1.1 y J.2.5.1.2 No Aplica el área por piso es
< a 1000m2.
·
J.2.5.1.3 No Aplica por el uso.
·
J.2.5.1.4 Los muros cortafuego no podrán atravesarse con conducciones
u otro elemento que permita el paso del fuego y del humo, ni con materiales que
disminuyan su resistencia al fuego. Los muros de las escaleras protegidas no
son atravesadas por conductos ni buitrones.
Señalar en planos los muros divisorios entre las unidades de vivienda y
de las zonas comunes como muros cortafuegos. Cumple con la norma.
·
J.2.5.1.5. Los muros cortafuegos de las escaleras
protegidas están asistidas por una puerta que cierra hemáticamente el paso del
humo y asegura como mínimo una resistencia al fuego como mínimo de una hora.
·
J.2.5.1.6 Los muros corta fuego para el último piso deben
sobresalir por lo menos 0,5m por encima de la cubierta de techo más alta, a
menos que el recinto almacene materiales no inflamables o que la cubierta de la
edificación este hecha y soportada con materiales incombustibles. El proyecto
no presenta muros cortafuego en el último piso, pero su cubierta-terraza y los
materiales que la sostienen cumple con la condición de material incombustible. CUMPLE.
·
J.2.5.1.7.
El edificio tiene 11 pisos y un núcleo de escaleras para evacuación vertical
continuo desde el nivel de sótano hasta el nivel de evacuación a la calle,
tiene una anchura mínima de 1.2 m y construidas con materiales que no tengan
resistencia al fuego menores de una hora. Cumple.
Los muros que conforman los medios de evacuación
cumplen con las especificaciones para muros cortafuegos contenidas en
J.2.5.1.1
·
J.2.5.1.8
— Las puertas de acceso o egreso principales y las que dan a la salida, conformada
por el núcleo de evacuación o la escalera en todos los pisos, deberán ser de
apertura manual fácil, de cierre automático y tener una resistencia a la acción
del fuego no inferior a una hora. Las puertas pueden diseñarse de acuerdo con
la Norma NFPA 80, Norma para puertas y ventanas a prueba de incendios. Cumple
·
J.2.5.1.9 Dar cumplimiento.
·
J.2.5.1.10 dar cumplimiento
Acabados interiores. Esto una vez defina la salida
protegida.
·
J.2.5.2.1 Para los acabados interiores no deben emplearse materiales
que al ser expuestos al fuego produzcan, por descomposición o combustión,
sustancias tóxicas en concentraciones superiores a las provenientes del papel o
la madera, bajo las mismas condiciones.
·
J.2.5.2.2. De acuerdo a las especificaciones técnicas
consignadas en los planos, el arquitecto ha señalado que sus acabados
interiores son en pañetes de cemento, ladrillo, baldosas en cerámica y vidrio
por lo cual según la tabla J.2.5-3 corresponde a la clase 1, siendo el índice
de propagación de la llama de 0 a 25.
·
J.2.5.2.4. De acuerdo con el grupo de ocupación,
los materiales a aplicar por piso son:
·
J.2.5.2.7 Los muros de cerramiento de escaleras y ascensores,
buitrones, ductos para basuras y corredores de evacuación protegidos, están
diseñados sin interrupciones entre las placas. Cumple con la norma.
·
J.2.5.8 Las fachadas deben esta construidas con materiales
incombustibles.
·
J.2.5.3 Cielo rasos. Sin información en planos arquitectónicos.
Requisitos para salas de máquinas y calderas.
·
J.2.5.4.1 Se debe señalar que los muros de la
planta eléctrica así como de todas las salas de máquinas están protegidas con
muros corta fuego. CUMPLE.
·
J.2.5.4.2 Las superficies combustibles adyacentes
de salas de máquinas y calderas deben recubrirse adecuadamente con materiales
resistentes al fuego, de tal manera que la temperatura sobre la superficie
combustible y adyacente no exceda los 75ºC..
·
J.2.5.4.3 Los equipos de calentamiento y
combustión no obstruyen salidas, ni recintos para ascensores. Cumple con la
norma.
·
J.2.5.4.4 Todos los equipos de calentamiento o
combustión que se instalen deben montarse sobre bases incombustibles. .
Riesgos de los contenidos (J-3)
Clasificación de la edificación en función del
riesgo de pérdida de vidas humanas o amenaza de combustión.
·
J.3.3.2 Clasificación de la edificación en una categoría de riesgo. El edificio ha
sido categorizado en tres Grupos y subgrupos, en función del riesgo de pérdidas
de vidas humanas o amenazas de combustión. Ver tabla en J.2.5.2.4.
Determinación de la resistencia requerida contra
fuego. (J-4)
·
J.3.4.3 Los elementos estructurales y demás elementos de
construcción deberán tener como mínimo las resistencias al fuego normalizado
exigidas en las tablas J.3.4-3 y J.3.4-4, esta última aplicable a los edificios
clasificados en el grupo de ocupación R-2. Para el caso del edificio Los muros cortafuegos que delimitan
el punto fijo y la estructura portante de la edificación de los sótanos y los
pisos destinados al uso de parquedaero deben tener una resistencia al fuego
mínimo de 2,5 horas; y de acuerdo a la tabla J.3.4-4 del piso 2 al 11 los muros
cortafuegos que delimitan el punto fijo y la estructura portante, incluida la
cubierta de la edificación deben tener
una resistencia al fuego mínimo de 2,5 hora; esta misma resistencia le
corresponde a los muros divisorios entre unidades de vivienda y de áreas
comunes.
Evaluación de la provisión de resistencia contra
fuego en elementos de edificaciones. Planos arquitectónicos.
·
J.3.5.2.1 Columnas de concreto estructural. No aplica
·
J.3.5.2.2
Muros estructurales. No aplica El lado menor del muro estructural es de
0.40m con largos variable que oscilan entre 1,50m y 2,00m. con lo cual tienen
una resistencia al fuego de 4 horas. Cumple con la norma
·
J.3.5.2.3 Losas macizas y viguetas de control estructural: Es de 4000mm.
CUMPLE (Tomado desde el corte), pues la resistencia solicitada pues con esa
dimensión la resistencia la fuego es de 3 horas. Cumple con la
norma
·
J.3.5.2.4 Vigas de concreto estructural: El lado menor de
la sección de las vigas es de 0.00mm. CUMPLE. Resistencia al
fuego 3 horas. Falta estructural. Pendiente.
Detección y extinción de incendios.
3.7.6.1.4.1 Sistemas Y Equipos Para Detección Y Alarma De Incendios J.4.1
·
J.4.2.1
— Aire Acondicionado — No aplica, no se presenta aire acondicionado central.
·
J.4.2.2
— Dispositivos Para La Detección Temprana De Incendios — Deberán instalarse
equipos para la detección y la alarma temprana contra incendios en las
edificaciones clasificadas en los grupos y sub.-grupos de ocupación que se
listan en la tabla J.4.2-1. Esto debe señalarse como una nota técnica en los
planos, para el caso del edificio en función de su altura y subgrupo se
requiere:
Grupo de ocupación
·
J.4.8.2.2 Grupo R-2- Las edificaciones clasificados en el grupo de
ocupación Residencial Multifamiliar (R-2) deben estar protegidas por un sistema
de alarmas de incendio tomando como referencia la norma NFPA72 y cumpliendo los
siguientes requisitos:
Capitulo K. Requisitos complementarios
Normas Generales.
Requisitos,
especificaciones y parámetros para el diseño, la construcción, la localización,
la protección, la disposición y el
mantenimiento de los elementos requeridos para que las zonas comunes de las
edificaciones puedan proporcionar medios de acceso y egreso adecuados y medios
de evacuación seguros en las edificaciones. (K.3.1.1).
Propósito y alcance (K.1.1) El
propósito del Título K es el de definir parámetros y especificaciones arquitectónicas
y constructivas tendientes a la seguridad y a la preservación de la vida de los
ocupantes y usuarios de las distintas edificaciones cubiertas por el alcance
del presente Reglamento.
General. (K.2.1.2) Toda edificación o
espacio que construya o altere debe clasificase, en uno delos Grupos de
Ocupación dados en la tabla K.2.1-1.
Esto se realizó ve el numeral 3.6.2.1.2 de este informe.
Requisitos para zonas comunes.
Alcance
(K.3.1.1)…requisitos, especificaciones y parámetros para el diseño, la
construcción, la localización, la protección, la disposición y el mantenimiento
de los elementos requeridos para que las zonas comunes de las edificaciones
puedan proporcionar medios de acceso y egreso adecuados y medios de evacuación
seguro en las edificaciones.
Planos y especificaciones
(K.3.2.2)
·
K.3.2.2.1 Disposición de salidas. Los planos
arquitectónicos que se presente para la solitud de licencia de construcción
deben mostrar, en cumplimiento del presente Capitulo del
Reglamento, con suficiente detalle, la localización, construcción, tamaño y
tipo de todas las salidas, además de la disposición de pasillos, corredores y
pasadizos relacionados con las mismas. Cumple.
·
K.3.2.2.2 número de ocupantes. Los planos
arquitectónicos que se presente para la solitud de licencia de construcción de todas las
edificaciones clasificadas dentro delos Grupos Comercial (C),Lugares de reunión
(L), Institucional (I), Fabril e industrial (F) Alta peligrosidad (P), debe
indicar el número de personas previstos para la ocupación de casa piso,
habitación o espacio.
3.7.2.2.3.3
Localización y mantenimiento.
3.7.2.2.3.4
Señalización e iluminación. En los planos arquitectónicos no se señala lo
atinente al numeral K.3.2.4 Señalización e iluminación, por tanto se
transcribirá en la resolución y luego en la licencia el contenido de los
siguientes numerales
·
K.3.2.4.1 Toda salida o vía de escape debe ser
claramente visible y estar completamente señalizada de tal manera que todos los
ocupantes mentalmente capaces de la edificación, puedan encontrar sin problema
la dirección de salida y en tal forma que la vía conduzca, de manera inequívoca
a sitio seguro.
·
K.3.2.4.2 Cualquier salida o pasadizo que no sea
parte de una vía de escape, pero que por su carácter pueda tomarse como tal,
debe estar dispuesta y señalizada de tal manera que se minimicen los riesgos de
confusión y el peligro resultante para las personas que busquen escapar del
fuego o de otra emergencia, así como para evitar que llegue a espacios que no
conduzcan a una salida.
·
K.3.2.4.3 Todos los medios de evacuación deben
estar provistos de iluminación artificial y de emergencia.
·
K.3.9.Iluminación de los medios de evacuación.
Cumplir con los numerales:
o K.3.9.1
Generales: K.3.9.1.1; K.3.9.1.2; K.3.9
1.3; K.3.9.1.5; K.3.9.1.6
o K.3.9.2 Luces de
emergencia: K3.9.2.1; K3.9.2.2; K3.9.2.3; K3.9.2.4; K3.9.2.5; K3.9.2.6;
K3.9.2.7.
o K.3.9.3 Cambios
de fuentes.
Edificaciones con aíre
acondicionado. No aplica la edificaciones en planos no registra aire
acondicionado central.
Sistemas de ingreso y
egreso para discapacitados. Ver notas en 3.7.
Señalización de salidas
para discapacitados. Ver notas en 3.7.
Capacidad de los medios de evacuación
Carga de ocupación. K.3.3.2 Establecer el número o carga de
ocupantes. El diseñador ha determinado la carga para cada piso del proyecto
a partir de la aplicación de los factores indicados para cada subgrupo
arrojando una carga total en el edificio de ocupantes de 189.7 personas; carga
de ocupación tomada por el mayor valor (K.3.3.1.2) entre el número de ocupantes
para el cual está diseñado el espacio (K.3.3.1.2 literal a) y el numero
resultante de dividir el área del espacio, piso o edificación por el índice de
ocupación previsto en el numeral K.3.3.2 (.3.3.1.2 literal b). Cumple con la norma
General K.3.4.1
Número de salidas K.3.4.2
El edifico no se ha
catalogado de gran altura este hecho significa que debe tener una salida
protegida. Revisada la carga de ocupación por cada uno de los pisos se
encuentra que ninguno de ellos tiene más de 100 personas, razón por la cual con la
diseñada cumple con
lo señalado en la tabla K.3.4-1
Accesos a las salidas K.3.5
·
K.3.5.1.1 La salida está compuesta por un
corredor que conducen a la escalera protegida. Cumple
·
K.3.5.1.2 El ancho de los corredores es de 1,20m.
Cumple
·
K.3.5.1.3 Ningún acceso a una salida se hace a
través de cocinas, cuartos de almacenamiento, dormitorios, salones u otros
espacios que puedan estar bajo llave. Cumple.
Descarga de la salida. K.3.5.2
·
K.3.5.2.1 y K.3.5.2.2 El edificio proyecta una salidas protegidas, que descarga sobre el
lobby con dimensiones adecuadas para proveer un acceso seguro hasta la vía
pública. Cumple.
Distancia de recorrido hasta una salida K.3.6.
·
K.3.6.1 Medido el recorrido a lo largo de la
línea central en sentido natural de recorrido se encuentra que entre el punto
más distante y la salidas protegida es de 24,5m; K.3.6.3 para las unidades de
vivienda que se comportan como salones individuales ocupadas por no más de 6
personas, K.3.6.5 la distancia máxima de recorrido tomada desde el punto más
alejado de la unidad de vivienda hasta el punto más alejado protegido presenta
un recorrido de 10m y desde el punto más
lejano desde los sótanos de parqueo es de 29m, distancias menores a 60m que es
permitido sin rociadores en el grupo R-2. Cumple.
Protección de los medios
de evacuación.
·
K.3.7.1 Salidas, se requiere seguir las
recomendaciones técnicas de K.3.7.1.1. en materia de protección contra el fuego
y K.3.7.2.1.2 para marcos y puertas.
Medios de salida
Escaleras interiores.
K.3.8.3
Las escaleras propuestas
como medio de evacuación son construcciones permanentes, se encuentran cerradas
y protegidas contra el fuego tiene un ancho de 1,20m. Cumple con: a) El ancho
mínimo de la huella es de 0,28m; b) la altura
de la contrahuella es de 0,18m; c) la
altura de dos contrahuellas y el ancho de la huella suman 0,64m. Debe dar
cumplimiento a los literales d, e, f, g
de K.3.8.3.4.
3.6.2.2.4.8 Señalización de salidas. En los planos
arquitectónicos se señala lo atinente al numeral K.3.10 Señalización de
salidas, hace parte de la licencia el contenido de los siguientes numerales
K.3.10.1; K.3.10.2; K.3.10.3; K.3.10.4.
3.7
Espacio público y Normas de accesibilidad
El proyecto da cumplimiento en
su totalidad con el artículo 9 del decreto 1538 de 2005, brindando
accesibilidad a minusválidos con señalización de acceso peatonal de
discapacitados en todos los pisos:
g) La torre cuenta con un ascensor que entregan en todos
los pisos desde los sótanos hasta el último piso, garantizando el acceso de los discapacitados,
pues cumple con
la norma técnica NTC 4349 según señala K.3.2.7.1;
h) La edificación proyecta baños aptos para este tipo de
personas ubicados en las zonas sociales.
i) De acuerdo con
el numeral 2.5 de pisos en la accesibilidad a edificaciones, del Manual de
Referencia de Accesibilidad al Medio Físico y al Transporte de la Presidencia
de la Republica, Ministerio de Desarrollo, Ministerio de Transporte y el Fondo
de la Prevención Vial, La superficie del piso internas debe ser
antideslizante en seco y en condiciones de humedad, definiendo claramente la
franja de circulación, con bordes que mediante el color y textura guíen a los
usuarios; los pasillos y corredores cumplen con las dimensiones mínimas y
características funcionales y constructivas señaladas en la NTC 4140.
j)
Cuando
el diseño de un sistema de salida haya sido ejecutado expresamente para
permitir la salida de discapacitados, deberá proveerse de señalización adecuada
que exprese esta condición.K.3.2.8
k)
Dentro del conjunto de parqueaderos se ha
dispuesto 1 cupo para el uso de discapacitados con medidas de 3,50 m por 5,00
m. CUMPLE Los cortes del
proyecto permiten establecer las distancias de recorrido de evacuación.
l)
Presenta rampa de acceso al frente del edificio apta para discapacitados
OBSERVACIONES ESTRUCTURALES:
A continuación se lista
la documentación que sirve de base para la revisión del proyecto en función de
la actuación urbanística radicada y sobre la cual se pronunciará el evaluador
estructural en los aspectos de calidad y pertinencia de los documentos frente
al cumplimiento la NSR-10. Esta revisión se hace a partir de los documentos
presentados a la Curaduría Urbana No 1 de Bucaramanga.
Revisión Documentos requeridos para la actuación urbanística solicitada
para proyectos sujetos al reglamento NSR-10.
DISEÑADOR
RESPONSABLE — La responsabilidad de los diseños de los diferentes elementos que
componen la edificación recae en los profesionales bajo cuya dirección se
elaboran los diferentes diseños particulares. Se presume, que cuando un
elemento figure en un plano o memoria de diseño, es porque se han tomado todas
las medidas necesarias para cumplir el
propósito del Reglamento y por lo tanto el profesional que firma o
rotula el plano es el responsable del diseño correspondiente.
Descripción del proyecto estructural
El proyecto de estudio corresponde a la
solicitud de licencia de construcción de una estructura en concreto reforzado
de uso residencial de 1 sótano y 11 pisos.
Está ubicado en la ciudad de Bucaramanga, por
lo cual debe cumplir con los requisitos de Disipación Especial de Energía
(DES), de acuerdo a su ubicación en una zona de amenaza sísmica ALTA.
Revisión estructural
Se realiza la revisión del diseño estructural
frente al procedimiento indicado en la Norma NSR-10, A.1.3.
Paso 1: Pre dimensionamiento y coordinación con otros profesionales.
El diseño estructural CUMPLE con la ley 400 de 1997 y la NSR-10, el mismo fue
realizado por el Ingeniero Civil JOSE RAMON FORERO OROZCO, quien CUMPLE con suficiencia las calidades exigidas en experiencia
e idoneidad profesional (más de cinco años) y por tanto está facultado para tal
fin.
El proyecto estructural es coherente con el diseño arquitectónico
presentado.
El sistema estructural propuesto se enmarca en los tipos admitidos por
la NSR-10, se presenta el análisis del sistema y cumple las condiciones para
ser calificado como PORTICO.
El estudio geotécnico CUMPLE con la ley 400 de 1997 y la NSR-10, el mismo fue
realizado por el Ingeniero Civil CRISTIAN EDUARDO REY GALINDO, quien CUMPLE con suficiencia las
calidades exigidas en experiencia e idoneidad profesional (más de cinco años) y
por tanto está facultado para tal fin.
El estudio geotécnico se presenta para una estructura de categoría ALTA,
se presentan 4 sondeos mediante ensayo SPT que llegan a terreno competente.
Paso 2: Evaluación de las solicitudes definitivas: Se revisan las cargas
presentadas en la edificacion debido a los pesos propios de la estructura y los
tipos de uso de la misma, con los requisitos del Título B del reglamento.
Las cargas muertas de la estructura son obtenidas del peso propio de la
estructura, para las cargas vivas se utilizó la carga de uso residencial de
acuerdo al Título B de la Norma NSR-10.
Paso 3: Obtención del nivel de amenaza sísmica y valores de Aa y Av. Consiste en ubicar el lugar de la edificación
dentro de los mapas de zonificación sísmica, (Cap. A-2), y determinar los
valores de Aa y Av para determinar la amenaza sísmica, según sea (Alta,
intermedia y baja). Para el caso es Alta
y el valor para Aa es de 0,25 el valor para Av es de 0,25.
Paso 4: Movimiento sísmicos de diseño. Debe tomarse en cuenta, la amenaza
sísmica para el lugar determinado, parámetros Aa y Av, las características de
la estratificación del suelo coeficientes Fa y Fv., la importancia del edificio
para la recuperación por la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un
sismo, Coeficiente de importancia.
Los parámetros presentados por el estudio
geotécnico son: Perfil de Suelo D, Fa=1.30, Fv=1.90, Grupo de Uso I y
Coeficiente de importancia 1.0.
Paso 5: Características de la estructuración y del material estructural
empleado.
El sistema de la edificación se clasifico como PORTICOS dentro de los sistemas estructurales prescritos en el
(Cap. A.3). El material estructural empleado en los pórticos es CONCRETO REFORZADO y la capacidad de
disipar energía es especial (DES)
(A.3.1.3).
Paso 6, Grado de irregularidad de la estructura y procedimiento de análisis.
Se realiza la revisión de los factores de irregularidad para determinar el
método de análisis sísmico. Se determina
utilizar el método de análisis dinámico
Paso 7, Determinación de las fuerzas sísmicas. El valor de las fuerzas
sísmicas, en base a los parámetros sísmicos del paso 4.
Paso 8, Análisis sísmico de la estructura. Aplicación de los movimientos
sísmicos de diseño (Cap. A.3) este análisis se realiza sin ser dividido por el
coeficiente de capacidad de disipación de energía, R, según los resultados del
paso 6, se determinan los desplazamientos máximos de diseño y las fuerzas
internas que se derivan de ellos. Desplazamiento máximo corresponde al 1% de la
altura de entrepisos.
Paso 9, Desplazamientos horizontales. Se evalúan los desplazamientos
horizontales, incluyendo los efectos torsionales dela estructura, las derivas
(desplazamiento entre niveles continuos), por medio de los procedimientos del
(Cap. A.6), y con base en los desplazamientos obtenidos en el paso 8.
Paso10: Verificación de las derivas. Comprobar que las derivas no excedan los
límites del (Cap. A.6), si la estructura excede dichos límites, es obligatorio rigidizarla y llevar a cabo
los pasos 8, 9 y 10, hasta que cumpla.
La verificación realizada en el estudio
demuestra que la deriva CUMPLE con la
máxima permitida por la Norma NSR-10
Paso 11, Combinación de las diferentes solicitudes. De la combinación de las
diferentes solicitudes sale la obtención de las fuerzas internas de diseño de
la estructura, (Cap. B.2), por el método de diseño propio de cada material
estructural, cada una de las
combinaciones de carga se multiplica por un coeficiente de carga prescrito para
esta combinación, en los efectos del
sismo de diseño, se tiene en cuenta la capacidad de disipación de energía lo
cual se logra empleando unos efectos sísmicos reducidos de diseño, E,
determinadas en el paso 7, por el coeficiente de capacidad de disipar
energía, R(E = Fs/R).
Paso 12, Diseño de los elementos estructurales. Se lleva a cabo de acuerdo con
los requisitos del sistema de resistencia sísmica y del material estructural
utilizado, los materiales deben diseñarse de acuerdo con el grado de disipación
de energía, prescrito en el Cap. A según
corresponda, lo cual permitirá a la estructura responder ante la ocurrencia de
un sismo, en el rango inelástico de respuesta, y cumplir con los objetivos de
la norma sismo resistente, este diseño debe efectuarse con los elementos más
desfavorables, entre las combinaciones obtenidas en el paso 11, tal como lo
prescribe el título B del reglamento.
CONSIDERACIONES TECNICAS
a)
Los profesionales que presentan los estudios
técnicos CUMPLEN con los requisitos de la Ley 400 de 1997.
b)
El proyecto estructural ES COHERENTE con el
diseño arquitectónico.
c)
El proyecto CUMPLE con los parámetros de
análisis y diseño del reglamento NSR-10.
·
El
sistema estructural utilizado es PORTICOS,
el material estructural empleado es CONCRETO
REFORZADO
·
El
proyecto se encuentra localizado en zona de amenaza sísmica ALTA por lo cual la capacidad de disipar energía es ESPECIAL (DES)
·
El
sistema de cimentación utilizado es cimientos combinados y cimientos aislados
unidos por vigas de amarre.
d)
De acuerdo al Capitulo A.11, y debido al número de
pisos totales, el proyecto NO REQUIERE Instrumentación Sísmica.
e)
De acuerdo al Artículo 18 del Título V de la Ley 400
de 1997, el proyecto REQUIERE Supervisión Técnica.
f)
El proyecto REQUIERE supervisión geotécnica
para la etapa de construcción
El proyecto contempla
la construcción de sótanos, por lo cual debe cumplir con las disposiciones de
la Resolución 1294 de 2009 de la CDMB con el fin de garantizar la estabilidad
de las excavaciones
Artículo 2o.:
Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente
resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015
y de lo contemplado en el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3o.:
Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro
del trámite, en los términos del Artículo
2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015. Si
no se pudiere hacer la notificación personal, se notificará por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de
la Ley 1437 de 2011.
Artículo
4o.:
La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses
prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por
medio del cual fue otorgada. La
solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días
calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el
constructor responsable certifique la iniciación de la obra, de conformidad con
lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.4.1 del Decreto 1077 de 2015.
Artículo 5o.:
Ordenar la publicación de la parte resolutiva del
presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un
periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web
corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.:
Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el
Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en
su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto 1077 de
2015 y el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese,
Publíquese y cúmplase.
Expedida
en Bucaramanga, el 12 de Enero de 2016