"EN VIRTUD
DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
DEMOLICIÓN - CONSTRUCCIÓN (OBRA NUEVA)
Bajo el radicado Nº 68001-1-14-0178
EXPEDIDO EL MIERCOLES 16 DE MARZO DE 2016
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE
BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA
SALAZAR
Artículo 1o.:
Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de DEMOLICION-CONSTRUCCION (OBRA NUEVA)
para uso de Institucional a ROSA MARIA SILVA DE PARADA, con Cédula de Ciudadanía Nº. 37.799.796,
en su calidad de propietario del predio localizado en la CALLE 12 Nº
17A-120 BARRIO SAN FRANCISCO de la nomenclatura de Bucaramanga,
identificado con el número predial 68001010605340007000, matrícula
inmobiliaria 300-191603, para que de acuerdo con la Norma Urbanística NUR0126-14,
que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en
concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y
ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1:
Las obras autorizadas por la presente resolución son:
Aprobación de licencia de
construcción en la modalidad de obra nueva
para construcción de un nuevo edificio de Cinco pisos denominado por los
titulares de la licencia Edificio PEDAGOGICO, el cual está dedicado en SOTANO
(N-2.70m) con área construida de 165.10 m2, se localiza tres (3) parqueaderos y
planta eléctrica, PRIMER PISO (N+- 0.00m)
con área construida de 88.66 m2 se localiza batería de baños, zona
Administrativa y puntos fijos, SEGUNDO
PISO (N+ 2.70m) con área construida de 88.66 m2 dos aulas pedagógicas y
punto fijo, TERCER PISO (N+ 5.40m) con área construida de 88.66 m2 dos
aulas pedagógicas y punto fijo, CUARTO PISO (N+ 8.10m) con área
construida de 88.66 m2 dos aulas pedagógicas y punto fijo, QUINTO PISO (N+
10.80m) con área construida de 88.66 m2 dos aulas pedagógicas y punto fijo, con
cubierta plana en concreto.
Área
de Demolición: 62.48 m2
Área
total construida: 608.61 m2
Estas
obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente
providencia.
Parágrafo 2:
Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto
arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y
condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de
acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Clasificación del proyecto
En
atención al tipo de edificio este se clasifica de la siguiente manera:
Análisis de las determinantes
urbanas del predio. Norma NUR0126A-14
predio
010605340007000
·
Teniendo en cuenta que el
globo de terreno integrado por el predio 010605340007000, se encuentra en área
de actividad Residencial Tipo 3 y conforme al cuadro del artículo 233 del
decreto 078 de 2008, Dotacional Local, son unos de los usos principales
permitidos.
·
En la presente actuación
administrativa el área intervenida dotacional es de 608.61 m² que comprende las
salones pedagógicos y los parqueaderos.
·
El
área del globo de terreno es de 198.60 m2.De acuerdo al índice de ocupación que
es de 0,7; el área máxima a ocupar en el predio es de 139.02m2; y teniendo en
cuenta lo reglamentado en el artículo 518 del decreto 078 de 2008, que el punto
fijo no se contabiliza dentro de la volumetría permitida y por ende no se
aplica para el cálculo de índices y de acuerdo a lo anterior el área ocupada
por el proyecto en el piso 1(N+/-0,00) es de 41.41 m², inferior al máximo
permitido, dando así un índice de ocupación de 0.20. Por tanto CUMPLE.
·
El
índice de construcción es de 3.5 veces el área del lote, esto significa que
puede construir hasta 695.10 m2. El proyecto, del primer piso al piso 29
presenta un área total construida de 608.61 m²; sin embargo para el cálculo del
área construida y Conforme a lo reglamentado en el artículo 518 del Decreto 078 ibídem, el
punto fijo no se contabiliza dentro de la volumetría permitida, por lo tanto
tampoco se aplica para el cálculo del índice de construcción e igualmente,
conforme a lo reglamentado en el literal b-6 del artículo 6 del Acuerdo 065 del
27 de diciembre de 2006, en las plantas de los pisos segundo, tercero, cuarto y
quinto, las zonas de parqueaderos y circulaciones vehiculares no se
contabilizan para el cálculo del índice de construcción; considerándose
así el área neta construida en la suma es 207.05 m², cifra inferior a la máxima
permitida, dando un índice de construcción aplicado de 1.19. Por tanto CUMPLE.
·
El
perfil vial determino que la composición del espacio público de la calle 12 es:
ancho de vía 19.50m, calzada 9.00m, zona verde 3.00m, anden 2.00m,
antejardin3.00m. Para cumplir con este perfil el paramento debe estar a 12.50m.
Revisada la planta de
acceso al edificio se encontró que el proyecto cumple con dicha disposición y
en la misma se encuentra diseñado el espacio público cumpliendo con ello lo
dispuesto en el artículo 570 del Decreto municipal 078 de 2008, y en el
artículo 7 de Decreto 1538 de 2005, es
decir mantener la continuidad en los andenes de cada vía, empalmando los
andenes de las vías en las esquinas dado que el proyecto ocupa toda una manzana
y ajusta los niveles internos de la edificación al nivel del espacio público
evitando el uso de gradas, diseñando pompeyanos para el acceso vehicular a los
parqueaderos. CUMPLE.
Análisis de las normas de la
edificación.
Cumplimiento
de los artículos 503 a 506 del Decreto Municipal 078 de 2008:
·
El
proyecto EDIFICIO PEDAGOGICO presenta UN ascensor para personas con
movilidad reducida, CUMPLE con
lo establecido en el artículo 503 del decreto 078 de 2008.
·
El espacio dedicado a la planta eléctrica se
encuentra ubicado en el sótano 1 (nivel -2.70m) para toda la edificación, el cual
es uno de los niveles más bajos de la edificación como demanda la norma
municipal en su artículo 505; este espacio en el sitio debe dotarse de
silenciador de escape del tipo residencial de alto poder, como demanda la norma
municipal en su artículo 505. CUMPLE
·
El espacio de la subestación eléctrica se
encuentra dibujada en los planos arquitectónicos, en el sótano 1 (nivel -2.70m)
para toda la edificación y CUMPLE con lo
reglamentado en el artículo 544 del decreto 078 de 2008. Se evidencia que es un
lugar son lugares con ventilación natural.
Cumplimiento
de las norma para el espacio privado artículos 507 a 536 del Decreto Municipal
078 de 2008.
Normas
internas artículos 508 a 526 del Decreto Municipal 078 de 2008.
·
El aislamiento anterior del edificio
denominado EDIFICIO PEDAGOGICO CUMPLE con
lo establecido en el artículo 511.
·
El
edificio presenta dos accesos de los parqueos, así:
o Acceso al ascensor de parqueaderos del primer nivel
conducente a los sótanos por la calle 12, con ancho de 3.50m, CUMPLE con el artículo 516 del POT.
·
Aislamiento
posterior. El proyecto se desarrolla en un predio irregular medianero, razón
por la cual se evaluó el aislamiento posterior al tenor del artículo 520 del
Acuerdo 078 de 2008 que reza: Todos los predios deberán cumplir con los
aislamientos exigidos según el tratamiento correspondiente. Cuando los lados
del proyecto no sean paralelos a los bordes del predio, o cuando sean
paralelos, pero con diferentes distancias, se podrán permitir los aislamientos
por promedio ponderado, siempre y cuando: 1. El punto mínimo de aislamientos
sea de dos metros con cincuenta (2,50m), sin servidumbre de vista para el lateral
y cuatro metros (4,00m) para el posterior. El proyecto cumple con el área
ponderada del aislamiento pues se requiere para los 5 pisos que se contabilizan
en la altura y en los índices como se explicó en los anteriores considerandos
con un promedio de14.00 m² y presenta
50.05 m² y con lado mínimo de 4.29 mts; para mayor claridad de la información
ver el siguiente cuadro de aislamiento posterior.
·
El proyecto CUMPLE con lo establecido en el artículo 521, en relación a
las limitaciones para cubrir el espacio público pues revisada la planta de
acceso, no existen elementos arquitectónicos ni de mobiliario urbano que
impidan el tráfico peatonal.
·
El
proyecto no hace uso del artículo 524, del decreto ibídem dado que no se excede
el índice de construcción como se explica en los anteriores considerandos por
lo tanto no se aplican bonificaciones.
Normas
internas para el espacio privado artículos 527 a 549 del Decreto Municipal 078
de 2008.
·
El
proyecto desarrolla 8 salones pedagógicos en estrato 3, que se desarrollan
entre los pisos 2 al 5 .CUMPLE.
·
Los
predios 010605340007000 que pertenecen al barrio San Francisco y que
están en área de Actividad Residencial Tipo 3,
en su planteamiento arquitectónico presenta salones pedagógicos, para
una proporción de parqueaderos de uno por cada 250m2 para dotacionales de tipo
local normatividad del POT de Bucaramanga vigente en el momento de la
radicación de la presente solicitud de licencia.
·
El
proyecto CUMPLE ampliamente con los artículos 245 del Decreto
Municipal 078 de 2008. La norma exige que por cada 250m2 para dotacionales de tipo local con área de actividad residencial tipo 3, se provea
1 unidad de parqueo. El proyecto provee de tres (3) cupos de parqueadero. CUMPLE.
·
El
proyecto CUMPLE con el artículo 543 del decreto 078 de 2008,
disponiendo de 3 parqueaderos que equivale al 100%, dado que supera las
cantidades mínimas exigidas de cupos de parqueo que es 1 parqueadero; siendo 1
de 2.50 mts de ancho X 5.00 mts de profundidad y dos (2) estacionamientos de
dimensiones reducidas de 2.20 mts de ancho X 4.00 mts de profundidad
·
Los
sótanos deben estar equipados de extractores de material gaseoso, incluyendo
los espacios por donde se conducen hacia el exterior de los recintos, las
líneas de eliminación de los contaminantes; lo anterior verificará la autoridad
ambiental. Es decir, realizar ventilaciones para los sótanos por los gases que
los carros emiten.
- El proyecto CUMPLE con el artículo 9 del decreto
1538 de 2005, dando accesibilidad a minusválidos, con señalización de
acceso peatonal de discapacitados en primer piso a un costado de la
circulación de acceso vehicular de los parqueaderos de primer piso,
dotando la edificación de dos ascensores que entregan en todos los pisos
desde el sótano 1 hasta el piso 5,
la superficie del piso internas debe ser antideslizante en seco y
en condiciones de humedad, definiendo claramente la franja de circulación,
con bordes que mediante el color y textura guíen a los usuarios.
Análisis normativo
NSR-10
Separación sísmica.
Dado
que el lote del proyecto está conformado por tres predios que a su vez
conforman toda una manzana, no tiene vecinos colindantes por lo tanto no le
aplica la exigencia de la norma sismo resistente NSR-10 de separación sísmica.
De acuerdo a las alturas de las edificaciones de la colindancia, que son
entre 1 y 3 piso, se aplicara una separación sísmica de 1% a partir del piso 4
por el oriente y del 1% a partir del piso 4 por el occidente, el edificio CUMPLE,
pues se separa 0.30 mts desde el Nivel -0,00 por el lado oriental .
Instrumentos
sísmicos
Capítulos J y K. Norma sismo resistente NSR-10
Propósito y alcance (J.1.1) Evaluar
el cumplimiento de los requisitos establecidos en los capítulos J y K de la norma sismo resistente colombiana
NSR-10, frente a la configuración arquitectónica, estructural, hidráulica,
eléctrica, necesarios para la protección contra incendios en edificaciones y
las especificaciones mínimas que deben cumplir los materiales utilizados con el
propósito de proteger contra la propagación del fuego interior y hacia las
estructuras aledañas. En consecuencia, el propósito del título J es el de
establecer dichos requisitos con base en las siguientes premisas:
a) Reducir en todo lo
posible el riesgo de incendios en edificaciones
b) Evitar la propagación
del fuego tanto dentro de las edificaciones como hacia estructuras aledañas.
c) Facilitar las tareas
de evacuación de los ocupantes de las edificaciones en caso de incendio.
d) Facilitar el proceso
de extinción de incendios en las edificaciones.
e) Minimizar el riesgo de
colapso de la estructura durante las labores de evacuación y extinción.
Clasificación de la edificación según ocupación y subgrupo
de ocupación. (J.1.2;
K1; K2). El arquitecto diseñador ha clasificado el edificio en el
grupo Dotacional, subgrupo en el grupo
de almacenamiento, subgrupo de almacenamiento de riesgo moderado –
estacionamientos (A-1) que se desarrolla en los sótanos 1, subgrupo de lugares
lobby (L-1) que se desarrolla en primer piso, subgrupo de lugares oficina de
administración y portería (C-1) que se desarrolla en primer piso, subgrupo
educación (I-3) que se desarrolla del segundo al quinto piso.
Edificación nueva o existente. (A.10.1.3.7,
K.3.3.2.2). El
edificio en subgrupos A-1, L-3, C-1 y
I-3, es una estructura nueva que aplica en un 100% la norma de seguridad
humana de los Titulo J y K de la Norma
NSR-10, para preservar la vida de los ocupantes y se evaluara por lo dispuesto
en el código. CUMPLE.
Establecer el número o carga de ocupantes (k.3.3.1,
K.3.2.2.2, K.3.3.2.2). El arquitecto diseñador cumple con lo reglamentado presentando el cuadro de
cargas de ocupación de la edificación que presenta dos subgrupos A-1, L-3, C-1 y I-3, el cual es así:
Medios de Evacuación (K.3.1, K.3.83).
Normas Generales.
Requisitos,
especificaciones y parámetros para el diseño, la construcción, la localización,
la protección, la disposición y el
mantenimiento de los elementos requeridos para que las zonas comunes de las
edificaciones puedan proporcionar medios de acceso y egreso adecuados y medios
de evacuación seguros en las edificaciones. (K.3.1.1).
·
Para efectos de licencias de construcción no se
permite modificar el uso y tipo de ocupación de manera que en las zonas comunes
se reduzca el número de salidas o su capacidad a valores inferiores a los
prescritos en el capítulo K (K.3.1.2)
·
Los planos arquitectónicos presentados cumplen
con K.3.2.2.1 Disposición de salidas, presentando dos salidas protegidas en
cada sección de la edificación desde el piso sótano 3 hasta el piso26 para la
vivienda y sus usos complementarios o áreas de servicio y del primer piso hasta
el piso 20 para las oficinas y sus áreas de servicio.
·
La edificación presenta la última planta
habitable en el nivel + 82.50, siendo edificación de gran altura (K.3.1.3)
Iluminación de salidas. Es responsabilidad del
constructor aplicar lo dispuesto en los siguientes numerales:
·
K.3.2.4.1 Toda salida o vía de escape debe ser
claramente visible y estar completamente señalizada de tal manera que todos los
ocupantes mentalmente capaces de la edificación, puedan encontrar sin problema
la dirección de salida y en tal forma que la vía conduzca, de manera inequívoca
a sitio seguro.
·
K.3.2.4.2 Cualquier salida o pasadizo que no sea
parte de una vía de escape, pero que por su carácter pueda tomarse como tal,
debe estar dispuesta y señalizada de tal manera que se minimicen los riesgos de
confusión y el peligro resultante para las personas que busquen escapar del
fuego o de otra emergencia, así como para evitar que llegue a espacios que no
conduzcan a una salida.
·
K.3.2.4.3 Todos los medios de evacuación deben
estar provistos de iluminación artificial y de emergencia.
·
K.3.9.Iluminación de los medios de evacuación.
Cumplir con los numerales:
o K.3.9.1
Generales: K.3.9.1.1; K.3.9.1.2; K.3.9
1.3; K.3.9.1.5; K.3.9.1.6
o K.3.9.2 Luces de
emergencia: K3.9.2.1; K3.9.2.2; K3.9.2.3; K3.9.2.4; K3.9.2.5; K3.9.2.6;
K3.9.2.7.
o K.3.9.3 Cambios
de fuentes.
Señalización de salidas. Es responsabilidad del
constructor aplicar lo dispuesto en los siguientes numeral: 3.10 Señalización
de salidas y aquellos que lo desarrollan: K.3.10.1; K.3.10.2; K.3.10.3;
K.3.10.4.
3.6.2.5.4 Normas específicas por usos para medios
de evacuación. K.3.11. a K.3.18.
K.3.18.2.1 El proyecto presenta
para la sección de uso residencial multifamiliar del sótano 3 al piso 28 dos
salidas protegidas con muros cortafuego y puertas de seguridad y para la
sección de uso comercial del piso 1 al 21 dos salidas protegidas con muros
cortafuego y puertas de seguridad. CUMPLE.
K.3.18.2.5 En el sótano 1 la puerta de acceso peatonal a la vivienda multifamiliar
y en primer piso la puerta de acceso peatonal a las oficinas de los pisos
superiores y las puertas de las oficinas de primer piso abren en el sentido de
la evacuación como lo hacen las puertas de las salidas protegidas en este nivel. CUMPLE.
K.3.11.1 En los sótanos 3, 2 y 1 de parqueaderos y en
los pisos 2, 3, 4 y 5 de parqueaderos por tener cada nivel más de 900 m² se
requiere mínimo dos salidas protegidas en cada nivel, en el proyecto se ajusta
a lo mínimo reglamentado presentando dos salidas protegidas para cada tipo de
parqueadero. CUMPLE.
Grupos R, A y L. Aplicables a la vivienda R-2,
estacionamientos A-1 y lugares de reunión L-3 y L-1.
K.3.3.4.2 Las vías de acceso o corredores que conducen a las salidas protegidas en
cada piso son de anchos variables con un ancho mínimo en determinados puntos de
1.30 mts en los puntos de afectación estructural que es superior al ancho
mínimo requerido de 1.20 mts que es el exigido para las escaleras. CUMPLE.
K.3.4.1.1 Teniendo en cuenta que cada
sección de la edificación es para subgrupos independiente de los otros siendo
sectorizado y cada uno se desarrolla en secciones del edificio que superan el
nivel mínimo para considerarlo de gran altura, se requiere que tano para la
zona del subgrupo residencial multifamiliar
(R-2) como para la zona del subgrupo comercial – oficinas (C-1) presente
dos salidas protegidas y la distancia entre ellas debe ser la mitad de la
diagonal de la sección respectiva del edificio que en este caso para la sección residencial es
de 57.20 mts por lo tanto la mitad de esta diagonal es 28.60 mts y en planos
presenta 49.25 mts y para la sección comercial la diagonal es 35.00 mts por lo
tanto la mitad de la diagonal es 17.50 mts y en planos presenta 39.10 mts. CUMPLE.
K.3.5.2.2 En este caso que la
edificación requiere dos salidas protegidas cumpliendo con las exigidas por ser
edificio con uso dotacional, se permite que el 50% es decir una salida
descargue sobre la Calle 12 y la otra escalera evacua en el nivel de descarga
de los lobbies de acceso de la edificación; a lo cual el arquitecto proyectista
coloca en planos arquitectónicos ARQ-01 y ARQ-02 la nota técnica que dice así:
“Este piso contiene rociadores automáticos según norma contraincendios”. CUMPLE.
K.3.7.1.1 Las salidas
protegidas proporcionan protección contra el fuego y el humo a lo largo del
recorrido por medio de separaciones levantadas con materiales no combustibles
como los son los muros cortafuego o pantallas de concreto. CUMPLE.
K.3.7.1.2 Las aberturas de las
salidas protegidas se protegen con marcos y puertas de materiales de combustión
lenta cumpliendo con los requerimientos de resistencia al fuego de mínimo una
(1) hora. CUMPLE.
K.3.8.2.1 Las
puertas de las salidas protegidas presentan un vano de ancho mínimo de 1.00
mts, con una luz mínima efectiva de 0.90 mts entre borde de marcos y con una
altura de 2.40 mts, superior a la altura mínima de 2.05; ver plano ARQ-19. CUMPLE.
K.3.8.2.5 Las puertas de las salidas protegidas del piso 1 al 5, en el sector
dotacional que reciben carga de ocupación abren en el sentido de la evacuación
es decir hacia el interior de las escaleras, las puertas de las salidas
protegidas en el sótano 1 en el nivel -2.70; todas deben tener en el sitio
dispositivos de cierre automático con el fin que estas siempre permanezcan
cerradas y en cada acceso presentan una distancia mínima de paso entre la
puerta y la escalera de 1.20 mts de ancho. CUMPLE.
K.3.8.3.3 Las escaleras de las salidas
protegidas desde el sótano 1 hasta el piso 5 presentan un ancho de 1.20 mts en
todo su recorrido libre de afectación estructural ajustándose al mínimo
permitido y presentan pasamanos en los ojos de cada escalera sin afectar el ancho
de la circulación. CUMPLE.
K.3.8.3.4 Las escaleras de las salidas
protegidas presentan huellas de 0.30 mts y contrahuellas de 0.18 mts del sótano
1 a primer piso al 5 piso, con un ángulo de 90º entre las huellas y las
contrahuellas; las contrahuellas no son caladas, por lo anterior CUMPLE.
K.3.8.3.8 Las salidas protegidas
presentas descansos de 1.20 mts en el sentido de la dirección del recorrido,
ajustándose al mínimo exigido de 1.20 mts. CUMPLE.
K.3.8.3.9 El pasamanos presenta una
altura de 0.95 mts, quedando en el rango máximo de altura; ver plano ARQ-02. CUMPLE.
K.3.8.3.10 Las escaleras presentan una
altura libre de 2.70 mts en los sótanos y del piso segundo al quinto y de 2.70
mts, superiores al mínimo exigido de 2.10 mts. CUMPLE.
Normas generales para la protección contra incendio
en las edificaciones. (J.2).
El responsable de la
construcción debe allanarse a lo dispuesto en el RETIE
Redes eléctricas, de gas y otros fluidos
combustibles, inflamables y comburentes (J.2.2)
·
J.2.2.1 En el interior de la edificación y en lugar
de fácil acceso para el Cuerpo de Bomberos deben instalarse dispositivos para
interrumpir el suministro de gas, electricidad y otros fluidos combustibles,
inflamables o comburentes.
·
J.2.2.2 Para la protección de las instalaciones eléctricas
deben cumplirse los requisitos dados en el Reglamento Técnico de Instalaciones
Eléctricas, RETIE, y en el Código Colombiano NTC 2050.
·
J.2.2.2.1 Lo sistemas eléctricos en zonas donde pueda existir
el peligro de incendio o explosión debido a gases o vapores inflamables,
líquidos inflamables, polvo combustible, etc., deben cumplir con los requisitos
adicionales dado en el Capítulo 5 del Código Eléctrico Colombiano NTC 2050,
“Ambientes Especiales” y en Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas,
RETIE. Al igual dichas zonas deberán dar cumplimiento al Reglamento Técnico de
Iluminación y Alumbrado Público RETILAP.
·
El RETIEL entro en vigencia el 1 de agosto de
2014 y debe dar cumplimiento a lo reglamentado, en este reglamento.
Acceso a la edificación (J.2.3.1).
·
J.2.3.1.1
Acceso frontal. La edificación hasta el piso
9 que es el nivel +26.10 le presenta acceso frontal para cuerpo de bomberos, en
el cual para un perímetro de 173.08 m que corresponde al nivel de mayor área,
el 8% de acceso frontal en vanos sobre las fachadas debe ser mínimo de 13.85 m²
y el proyecto presenta un área de vanos de 335.34 m². CUMPLE.
·
J.2.3.1.2
Sobre el nivel del terreno. La edificación hasta el piso
9 que es el nivel +26.10 dispone de accesibilidad directa desde el exterior de
cuerpos de rescate con vanos de dimensiones de alturas y ancho superiores al
mínimo exigido, siendo de 1.50 m de alto y anchos variables con un mínimo de
1.50 mts y antepechos de 0.90 mts de alto ajustados al máximo permitido. Los
ejes entre los vanos de las plantas están por debajo de 25m; en los niveles
superiores los cuerpos de rescate acceden por las salidas protegidas. CUMPLE.
·
J.2.3.1.3 Bajo el nivel del terreno. Se proporciona
acceso directo desde el exterior al sótano 1 que está en el nivel -2.10 dado
que en este nivel es el acceso vehicular a los parqueaderos de la zona
residencial, accediendo por puerta de 1.90 mts de ancho y altura de 2.80 mts y
adicionalmente se puede acceder por el portón vehicular que es de 4.90 mts de
ancho. CUMPLE.
·
No deben instalarse elementos que impidan o
dificulten el acceso al interior del edificio a través de dichos vanos.
Prevención de la propagación del fuego hacia el
exterior:
·
J.2.4.3 Construcciones sobre el techo. El techo del
edificio corresponde una placa plana de concreto, el cual es un material
incombustible. Los planos arquitectónicos no dan cuenta de estructuras sobre la
cubierta, tales como antenas. CUMPLE.
·
J.2.4.5 Por lo menos un hidrante debe estar situado a no
más de 100m de distancia de un acceso al edificio. Los demás deberán estar
razonablemente repartidos por el perímetro de la edificación y ser accesibles
para los vehículos del servicio del Cuerpo de Bomberos.
·
J.2.4.6 Los hidrantes de la red pública pueden tenerse en
cuenta para efectos del cumplimiento del especificado en J.2.4.4.
·
J.2.5.1.6 Como la cubierta de la edificación es en cubierta
plana de concreto, no le obliga a estar bordeada con muros cortafuego que
sobresalgan 0.50 mts por encima del nivel de la cubierta; Por lo tanto CUMPLE.
·
J.2.5.8 Las fachadas deben esta construidas con materiales
incombustibles. CUMPLE.
Riesgos de los contenidos (J-3)
Clasificación de la edificación en función del riesgo
de pérdida de vidas humanas o amenaza de combustión.
·
J.3.3.2 Clasificación de la edificación en una categoría de riesgo. El edificio se
ha sido categorizado en cuatro Grupos, en función de ello se clasificará el
riesgo de pérdidas de vidas humanas o amenazas de combustión:
o (A-1) La
clasificación general de resistencia contra el fuego del área de sótanos en
subgrupo de ocupación almacenamiento de riesgo moderado – estacionamiento por
ser de un área construida promedio de 165.31 m², presenta un potencial
combustible Cc de 11676.67 Cc > 8000 de acuerdo a la tabla J.3.3-2 presenta
categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas I.
o (L-3) La
clasificación general de resistencia contra el fuego de las áreas de reunión
deportivas y áreas de reunión sociales y recreativas que se desarrollan en el
piso 21, 27 y 28 siendo cada espacio con área < a 1000.00 m² de acuerdo a la
tabla J.3.3-1 presenta categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas I.
o (C-1) La
clasificación general de resistencia contra el fuego de las áreas de oficinas
de primer piso siendo cada espacio con área < a 1500.00 m² de acuerdo a la
tabla J.3.3-1 presenta categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas III.
o Las salidas
protegidas que se mencionan en los considerandos del título K, del presente
análisis en planos se proyecta con muros cortafuego, que de acuerdo a las
tablas J.3.4-3 y J.3.4-4 deben tener una resistencia al fuego de tres horas en
los sótanos de parqueaderos y del piso segundo al sexto de parqueaderos; una
hora en primer piso y del piso 1 al 5 en la sección dotacional y los muros que
presentan las salidas protegidas desde el sótano 1 hasta el piso 5 son de un
grosor de 0.10 mts que para cumplir en el sitio con la resistencia al fuego
máxima de tres (3) horas que se exige en los niveles de parqueaderos debe
acogerse a la tabla J.3.5-2 de mampostería de concreto donde hay materiales que
con este grosor dan la resistencia requerida en la sección de aulas y
estacionamientos y en la sección de vivienda multifamiliar donde la resistencia
mínima permitida es de una (1) hora estos muros con este grosor señalado
anteriormente supera la resistencia requerida y puede en el sitio construirlos
acogiéndose a la tabla J.3.5-1 de mampostería de arcilla o a la tabla J.3.5-2
de mampostería de concreto; otras secciones de cerramiento de las salidas
protegidas son pantallas de concreto de un grosor de 0.20 mts o 0.40 mts, que
es un material que sobrepasa las resistencias al fuego referenciadas y no esta
en estas tablas.
o Los muros
divisorios de las unidades privadas, los muros divisorios de áreas comunes, los
muros divisorios de circulaciones y unidades privadas y los muros perimetrales
de la edificación, que de acuerdo a las tablas J.3.4-3 y J.3.4-4 deben tener
una resistencia al fuego de una hora; los muros que presentan son de un grosor
de 0.10 mts y que en el sitio deben construirse con materiales que cumplan con
esta resistencia de acuerdo a la tabla J.3.5-1 de mampostería de arcilla o a la
tabla J.3.5-2 de mampostería de concreto.
o Toda estructura
está sujeta a las especificaciones para
detección y extinción de incendios dadas en el Capítulo J.4. del título J de la
norma NSR-10.
Detección y extinción de incendios
- J.4.2.1,
J.4.2.5 y J.4.2.8.2 La edificación en los
niveles de parqueadero en el subgrupo (A-1), en los lugares de reunión
(L-3) en el piso 21 y 27 piso por tener carga de ocupación mayor a 50
personas y en el subgrupo residencial multifamiliar (R-2) en áreas de
circulación de cada piso por presentar más de 24 unidades de vivienda y
ser edificio de gran altura; debe estar protegida por un sistema
automático de detección y alarma de incendio, colocando dentro del medio
de evacuación al menos un sensor de incendio por cada 30.00 mts de
recorrido en la trayectoria de la evacuación; las unidades de vivienda
deben estar protegidas mediante un sistema de alarma y detección de
incendio conformado por al menos un detector de base sonora.
·
J.4.3.1.2,
J.4.3.1.3, J.4.3.2.1, J.4.3.2.2, J.4.3.2.3, J.4.3.5.2, J.4.3.5.3, J.4.3.8.2 y
J.4.3.8.3 La edificación debe dotarse en todos
los pisos de tomas fijas para bomberos y mangueras de extinción de incendios y
también de extintores portátiles de fuego y en la sección de subgrupo comercial
oficinas (C-1) del piso 7 al 20 y en la sección del subgrupo de almacenamiento
moderado – estacionamientos (A-1) de la sección de Dotacional del piso 1 al 5
debe dotarse de rociadores automáticos, a lo
cual el arquitecto proyectista coloca en planos arquitectónicos ARQ- 1 a ARQ- 2
la nota técnica que dice así: “Este piso contiene rociadores automáticos según
norma contraincendios”. CUMPLE.
Espacio público y Normas de accesibilidad
·
El proyecto CUMPLE manteniendo la continuidad del andén de la
calle 12; ajustando los
niveles internos de la edificación a la franja de circulación peatonal de cada
vía de acuerdo a la ubicación de los accesos, para evitar gradas en el espacio
público; la franja de circulación peatonal debe construirse en materiales
antideslizantes en seco y en mojado y con una guía para invidentes.
OBSERVACIONES ESTRUCTURALES:
A continuación se lista
la documentación que sirve de base para la revisión del proyecto en función de
la actuación urbanística radicada y sobre la cual se pronunciará el evaluador
estructural en los aspectos de calidad y pertinencia de los documentos frente
al cumplimiento la NSR-10. Esta revisión se hace a partir de los documentos
presentados a la Curaduría Urbana No 1 de Bucaramanga.
Revisión Documentos requeridos para la actuación urbanística solicitada
para proyectos sujetos al reglamento NSR-10.
A.1.5.1 —
DISEÑADOR RESPONSABLE — La responsabilidad de los diseños de los diferentes elementos que
componen la edificación recae en los profesionales bajo cuya dirección se
elaboran los diferentes diseños particulares. Se presume, que cuando un elemento
figure en un plano o memoria de diseño, es porque se han tomado todas las
medidas necesarias para cumplir el
propósito del Reglamento y por lo tanto el profesional que firma o
rotula el plano es el responsable del diseño correspondiente.
*El
proyecto estructural, se revisa frente al diseño arquitectónico con fecha: 02
Agosto 2015
Descripción del proyecto
estructural
El proyecto de estudio corresponde a la
solicitud de licencia de construcción de una estructura en concreto reforzado
de uso institucional de 6 pisos. La edificacion servirá para el funcionamiento
de un colegio preescolar por lo cual hace parte del grupo de uso III,
Edificaciones de atención a la comunidad.
Está ubicado en la ciudad de Bucaramanga, por
lo cual debe cumplir con los requisitos de Disipación Especial de Energía
(DES), de acuerdo a su ubicación en una zona de amenaza sísmica ALTA.
Revisión estructural
Se realiza la revisión del diseño estructural
frente al procedimiento indicado en la Norma NSR-10, A.1.3.
Paso 1: Pre dimensionamiento y coordinación con otros profesionales.
El diseño estructural CUMPLE con la ley 400 de 1997 y la NSR-10,
el mismo fue realizado por el Ingeniero Civil JAIRO PORTILLA RODRIGUEZ, quien CUMPLE con suficiencia las
calidades exigidas en experiencia e idoneidad profesional (más de cinco años) y
por tanto está facultado para tal fin.
El proyecto estructural es coherente con el diseño arquitectónico
presentado.
El estudio geotécnico NO CUMPLE con la ley 400 de 1997 y la NSR-10,
el mismo fue realizado por el Ingeniero Civil EDWIN FERNANDO VALENCIA PINZON, quien CUMPLE con suficiencia las
calidades exigidas en experiencia e idoneidad profesional (más de cinco años) y
por tanto está facultado para tal fin.
El estudio geotécnico se presenta para una estructura de categoría
MEDIA, se presentan 4 sondeos mediante ensayo SPT que llegan a terreno
competente.
Paso 2: Evaluación de las solicitudes definitivas: Se revisan las cargas
presentadas en la edificacion debido a los pesos propios de la estructura y los
tipos de uso de la misma, con los requisitos del Título B del reglamento.
Las cargas muertas de la estructura son obtenidas del peso propio de la
estructura, para las cargas vivas se utilizó la carga de uso institucional de
acuerdo al Título B de la Norma NSR-10.
Paso 3: Obtención del nivel de amenaza sísmica y valores de Aa y Av. Consiste en ubicar el lugar de la edificación
dentro de los mapas de zonificación sísmica, (Cap. A-2), y determinar los
valores de Aa y Av para determinar la amenaza sísmica, según sea (Alta,
intermedia y baja). Para el caso es Alta
y el valor para Aa es de 0,25 el valor para Av es de 0,25.
Paso 4: Movimiento sísmicos de diseño. Debe tomarse en cuenta, la amenaza
sísmica para el lugar determinado, parámetros Aa y Av, las características de
la estratificación del suelo coeficientes Fa y Fv., la importancia del edificio
para la recuperación por la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un
sismo, Coeficiente de importancia.
Los parámetros presentados por el estudio
geotécnico son: Perfil de Suelo D, Fa=1.40, Fv=1.90, Grupo de Uso III y
Coeficiente de importancia 1.25.
Paso 5: Características de la estructuración y del material estructural
empleado.
El sistema de la edificación se clasifico como PORTICOS dentro de los sistemas estructurales prescritos en el (Cap.
A.3). El material estructural empleado en los pórticos es CONCRETO REFORZADO y la capacidad de disipar energía es especial (DES) (A.3.1.3).
Paso 6, Grado de irregularidad de la estructura y procedimiento de análisis.
Se realiza la revisión de los factores de irregularidad para determinar el
método de análisis sísmico. Se determina
utilizar el método de análisis dinámico
Paso 7, Determinación de las fuerzas sísmicas. El valor de las fuerzas
sísmicas, en base a los parámetros sísmicos del paso 4.
Paso 8, Análisis sísmico de la estructura. Aplicación de los movimientos
sísmicos de diseño (Cap. A.3) este análisis se realiza sin ser dividido por el
coeficiente de capacidad de disipación de energía, R, según los resultados del
paso 6, se determinan los desplazamientos máximos de diseño y las fuerzas
internas que se derivan de ellos. Desplazamiento máximo corresponde al 1% de la
altura de entrepisos.
Paso 9, Desplazamientos horizontales. Se evalúan los desplazamientos
horizontales, incluyendo los efectos torsionales dela estructura, las derivas
(desplazamiento entre niveles continuos), por medio de los procedimientos del
(Cap. A.6), y con base en los desplazamientos obtenidos en el paso 8.
Paso10: Verificación de las derivas. Comprobar que las derivas no excedan los
límites del (Cap. A.6), si la estructura excede dichos límites, es obligatorio rigidizarla y llevar a cabo
los pasos 8, 9 y 10, hasta que cumpla.
La verificación realizada en el estudio
demuestra que la deriva CUMPLE con la
máxima permitida por la Norma NSR-10
Paso 11, Combinación de las diferentes solicitudes. De la combinación de las
diferentes solicitudes sale la obtención de las fuerzas internas de diseño de
la estructura, (Cap. B.2), por el método de diseño propio de cada material
estructural, cada una de las
combinaciones de carga se multiplica por un coeficiente de carga prescrito para
esta combinación, en los efectos del
sismo de diseño, se tiene en cuenta la capacidad de disipación de energía lo
cual se logra empleando unos efectos sísmicos reducidos de diseño, E,
determinadas en el paso 7, por el coeficiente de capacidad de disipar
energía, R(E = Fs/R).
Paso 12, Diseño de los elementos estructurales. Se lleva a cabo de acuerdo con
los requisitos del sistema de resistencia sísmica y del material estructural
utilizado, los materiales deben diseñarse de acuerdo con el grado de disipación
de energía, prescrito en el Cap. A según
corresponda, lo cual permitirá a la estructura responder ante la ocurrencia de
un sismo, en el rango inelástico de respuesta, y cumplir con los objetivos de
la norma sismo resistente, este diseño debe efectuarse con los elementos más
desfavorables, entre las combinaciones obtenidas en el paso 11, tal como lo
prescribe el título B del reglamento.
CONSIDERACIONES TECNICAS
a)
Los profesionales que presentan los estudios
técnicos CUMPLEN con los requisitos de la Ley 400 de 1997.
b)
El proyecto estructural ES COHERENTE con el
diseño arquitectónico.
c)
El proyecto CUMPLE con los parámetros de
análisis y diseño del reglamento NSR-10.
·
El
sistema estructural utilizado es PORTICOS,
el material estructural empleado es CONCRETO
REFORZADO
·
El
proyecto se encuentra localizado en zona de amenaza sísmica ALTA por lo cual la capacidad de disipar energía es ESPECIAL (DES)
·
El
sistema de cimentación utilizado es cimientos aislados unidos por vigas de
amarre.
d)
De acuerdo al Capitulo A.11, y debido al número de
pisos totales, el proyecto NO REQUIERE Instrumentación Sísmica.
e)
De acuerdo al Artículo 18 del Título V de la Ley 400
de 1997, el proyecto REQUIERE Supervisión Técnica.
f)
El proyecto REQUIERE supervisión geotécnica
para la etapa de construcción
g)
El proyecto contempla la construcción de sótanos,
por lo cual debe cumplir con las disposiciones de la Resolución 1294 de 2009 de
la CDMB con el fin de garantizar la estabilidad de las excavaciones.
Artículo 2o.:
Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente
resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015
y de lo contemplado en el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3o.:
Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro
del trámite, en los términos del Artículo
2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015. Si no se pudiere hacer la notificación
personal, se notificará
por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo
4o.:
La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses
prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por
medio del cual fue otorgada. La
solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días
calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el
constructor responsable certifique la iniciación de la obra, de conformidad con
lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.4.1 del Decreto 1077 de 2015.
Artículo 5o.:
Ordenar la publicación de la parte resolutiva del
presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un
periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web
corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.:
Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el
Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en
su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto 1077 de
2015 y el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese,
Publíquese y cúmplase.
Expedida
en Bucaramanga, el 16 de Marzo de 2016