"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
MODIFICACIÓN - AMPLIACIÓN
bajo el radicado Nº 68001-1-11-0460
EXPEDIDO EL LUNES 9 DE DICIEMBRE DE 2013."
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE
Artículo 1o.:
Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de MODIFICACION-AMPLIACION para
uso de Vivienda
a RONAL
MARTIN ROJAS RIVERA, RUTH VERONICA ROJAS RIVERA, , MARIANA JUDITH ROJAS RIVERA, ROMAN FERNANDO ROJAS RIVERA,
GREICY ROJAS RIVERA con Cédula(s) de Ciudadanía
o Nit Nº. 91.512.732, 37.546.572, , 37.752.166, 91.298.935, 37.861.238
en su calidad de propietario(s) del predio localizado en la CALLE
90 21 56 Barrio Diamante II
de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el número predial 010400980007000,
matrícula inmobiliaria 300-32646, para que de acuerdo con la Norma
Urbanística NºU110340, que hace parte
integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los
planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la
ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1:
Las obras autorizadas por la presente resolución son:
Aprobación de licencia de ampliación y modificación de un
edificio multifamiliar, cuenta con
un piso, consistente en ampliar y
modificar en altura construyendo la
edificación de dos pisos, en los cuales
va a funcionar lo siguiente en cada uno de ellos: piso 1 : dos parqueaderos y
apartamento 101, segundo Piso:
apartamento 201, quedando establecido un edificio multifamiliar con dos
apartamentos, con una área de modificación en el primer piso de: 62.72 m2 y
ampliación de: 71.72 M2 , ampliación Piso 2: 136.81 M2.
Total de área ampliada y modificada de: 271.25 M2
Estas
obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente
providencia.
Parágrafo 2:
Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto
arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y
condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de
acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Ø
Tiene
Planos aprobados por el Municipio de Bucaramanga, oficina del plano regulador
aprobado el 10 de julio de 1967, para construcción de una vivienda.
Ø
En la
presenta actuación administrativa la edificación queda en su totalidad para uso
residencial, de dos pisos, con un área construida en el primer piso de 134.44
m2 y en el segundo piso 136.81 m2, para un total construido de 271.25 m².
Ø
El
proyecto da cumplimiento sobre planos, al artículo 9 del decreto 1538 de 2005,
adaptando el acceso peatonal de la edificación y circulación vertical para el
uso de discapacitados, con rampa en el antejardín adyacente al paramento de
construcción como lo permite el manual de manejo del espacio público, con
pendiente del 3% y ascensor de primer piso hasta la terraza.
Ø
El
proyecto está en paramento de construcción de acuerdo al perfil vial de la
calle 90, sustentado en el oficio GDT-8225 del 10 de mayo de 2007, de la
Secretaria de Planeación.
Ø El proyecto queda conformado por dos apartamentos, para lo
cual requiere al interior del predio un parqueo por cada 2 viviendas y un
parqueo por cada 8 viviendas por lo
tanto se aprueban 2 cupos de parqueo, uno de los cuales es destinado a
visitantes.
Ø Se debe construir extrictamente lo aprobado.
Ø Esta aprobacion no implica ningun tipo de intervención sobre
espacio publico.
Ø Los planos aprobados hacen parte integral de esta licencia.
Ø El proyecto de construcción, debera contemplar las
condiciones que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas
con movilidad reducida, sea esta temporal o permanente, de conformidad con las
normas establecidas en la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las
normas que los modifiquen o sustituyan.
Ø Se
sugiere al constructor realizar el acta de vecindad, documento privado que
permite verificar el estado actual de las construcciones vecinas a la
construcción, para así facilitar la resolución de conflictos que puedan
presentarse con los eventuales daños que
se puedan ocasionar por causa de la ejecución de la obra.
Artículo 2o.:
Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente
resolución, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010 y de lo
contemplado en el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3o.:
Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro
del trámite, en los términos del Artículo
40 del Decreto 1469 de 2010. Si no se pudiere hacer la notificación
personal, se notificará
por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4o.:
La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses
prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por
medio del cual fue otorgada. La
solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días
calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el
constructor responsable
certifique
la iniciación de la obra, de conformidad con lo establecido en el artículo 47
del Decreto 1469 de 2010.
Artículo 5o.:
Ordenar la publicación de la
parte resolutiva del presente acto administrativo que resuelve la solicitud de
licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página
web corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.:
Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el
Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en
su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Decreto 1469 de 2010 y el
Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese
y cúmplase.
Expedida en Bucaramanga, el 9 de diciembre de 2013