"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
MODIFICACIÓN - AMPLIACIÓN
bajo el radicado Nº 68001-1-13-0293
EXPEDIDO EL VIERNES 27 DE DICIEMBRE DE 2013."
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE
Artículo 1o.:
Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de MODIFICACION - AMPLIACION para
uso de Vivienda
a PROURBE
S.A , con Nit Nº. 804.014.996-8, Representada legalmente por JAIME HUMBERTO SOLANO RUIZ identificado
con cedula de ciudadanía N° 91.229.022 en su calidad de propietario(s) del
predio localizado en la CALLE 31 23
22/24/26/38 ANTONIA SANTOS de la nomenclatura de Bucaramanga,
identificado con el número predial 010100230003000/0004000, matrícula
inmobiliaria 300-13091/300-9663, para que de acuerdo con la Norma
Urbanística U100344A, que hace parte
integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los
planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la
ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1:
Las obras autorizadas por la presente resolución son:
Modificacion de Licencia de Demolicion construccion Nº
68001-1-10-0612 del 21 de febrero de 2012 vigente hasta el 21 de febrero de
2014, consistente en modificacion de 131,6337 m2 de areas internas y ampliacion
de 15,97 m2 del cuarto de maquinas del piso 14; la construccion conserva la
volumetria, el numero de unidades, el diseño arquitectonico y estructural de
las unidades privadas quedando la construccion de 14 pisos y 3 sotanos de vivienda multifamiliar distribuidois asi: SOTANO 3, 9 parqueos de residentes, 3 parqueos
de visitantes, bombas, planta energia y tanque; SOTANO 2, 16
parqueos de residentes, 1 parqueo de visitantes y 4 parqueos de motos; SOTANO
1, 14 parqueos de residentes, 2 parqueos de visitantes, uno de ellos para
discapacitados, 2 parqueos de motos, basuras y subestacion; PRIMER PISO (nivel
de acceso), 11 parqueos para residentes, 2 parqueos de visitantes, porteria con
baño, lobby de acceso, administracion, sala ejecutiva, club infantil con dos
baños, area de contadores y area de tableros; DEL SEGUNDO AL PISO DOCE, cada
piso con 5 unidades de vivienda; PISO TRECE, dos unidades de vivienda, una de
ellas duplex, salon social con 2 baños, deposito, aseo, gimnasio, barbq, turco,
baño discapacitados y terraza libre; PISO CATORCE, Cuarto de maquinas. En
proyecto queda en total con 57 apartamentos, 49 cupos de parqueo para
residentes y 8 para visitantes, con un area total construida de 5888,80 m2.
Estas
obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente
providencia.
Parágrafo 2:
Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto
arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y
condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de
acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Ø Se
aprueba modificacion a la licencia dentro de los terminos de vigencia de la
misma que va desde el 21 de febrero de 2012 hasta el 21 de febrero de 2014.
Ø No se
realizaron modificacion que afecten la estructura de la edificacion, de acuerdo
al oficio recibido por parte de la ingeniera Silvia Mantilla, diseñadora
estructural del proyecto.
Ø El proyecto fue aprobado con la norma estructural NSR-98.
Ø Se debe construir extrictamente lo aprobado.
Ø Esta aprobacion no implica ningun tipo de intervención sobre
espacio publico.
Ø Los planos aprobados hacen parte integral de esta licencia.
Ø El proyecto de construcción, debera contemplar las
condiciones que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas
con movilidad reducida, sea esta temporal o permanente, de conformidad con las
normas establecidas en la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las
normas que los modifiquen o sustituyan.
Ø Se
sugiere al constructor realizar el acta de vecindad, documento privado que
permite verificar el estado actual de las construcciones vecinas a la
construcción, para así facilitar la resolución de conflictos que puedan
presentarse con los eventuales daños que
se puedan ocasionar por causa de la ejecución de la obra.
Artículo 2o.:
Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente
resolución, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010 y de lo
contemplado en el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3o.:
Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro
del trámite, en los términos del Artículo
40 del Decreto 1469 de 2010. Si no se pudiere hacer la notificación
personal, se notificará
por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4o.:
La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses
prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por
medio del cual fue otorgada. La
solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días
calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el
constructor responsable
certifique
la iniciación de la obra, de conformidad con lo establecido en el artículo 47
del Decreto 1469 de 2010.
Artículo 5o.:
Ordenar la publicación de la
parte resolutiva del presente acto administrativo que resuelve la solicitud de
licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página
web corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.:
Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el
Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en
su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Decreto 1469 de 2010 y el
Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese
y cúmplase.
Expedida
en Bucaramanga, el 27 de diciembre de 2013.