"EN VIRTUD
DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
DEMOLICIÓN - CONSTRUCCIÓN (OBRA NUEVA)
bajo el radicado
Nº 68001-1-13-0481
EXPEDIDO EL MIERCOLES 30 DICIEMBRE DE 2015
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE
BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA
SALAZAR
En virtud de lo ordenado por el Decreto Nacional 1469 de 2.010, se publica
la parte Resolutiva de la Licencia de CONSTRUCCION (OBRA NUEVA) No 68001-1-13-0481,
expedido el día 30 de DICIEMBRE de 2.015. El Curador Urbano N°1 de Bucaramanga ARQUITECTO LUIS CARLOS PARRA SALAZAR,
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la ley 9 de
1989, ley 388 de 1997, el Decreto Nacional 1469 de 2.010 y La Resolución No
0521, del 2 de Octubre de 2.012. Resuelve: Artículo 1o.: Conceder
la Licencia de Construcción en la modalidad de CONSTRUCCION (OBRA NUEVA)
para uso de Vivienda a INGENIEROS CIVILES CONTRATISTAS SOCIEDAD ANONIMA SIMPLIFICADA
SIGLA I.C.C. S.A.S., ALVARO PAIPILLA
MARTINEZ identificado con cedula de ciudadania No 91.217.914, y
el señor JOSE EDGAR CONTRERAS OSORNO
identificado con Cédula de Ciudadanía Nº. 91.220.454, en su calidad de propietario del predio localizado en
la CALLE
43 34-11 BARRIO CABECERA de la nomenclatura de Bucaramanga,
identificado con el número predial 010202680010000, matrícula inmobiliaria 300-19514,
para que de acuerdo con la Norma
Urbanística NUR 0436-13, que hace
parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia
con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales
vigentes en la ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1:
Las obras autorizadas por la presente resolución son:
Licencia de construcción en la modalidad de demolición y obra nueva para
un edificio de uso mixto comercial y residencial, de cuatro pisos, culminado en
una cubierta plana en concreto. Se localiza en un predio regular esquinero
identificado con el número predial 01010202680010000 y localizado en la calle
43 No 34-11 del municipio de Bucaramanga. El área total construida es de
1237,07m2 distribuida por piso y usos así: PRIMER
PISO con área construida de 325,45m2 en el cual se encuentra un local
comercial, el acceso a los pisos superiores y un parqueaderos con capacidad
para 9 cupos vehiculares y dos cupos de motocicletas. SEGUNDO PISO con área construida de 257,04m2 el cual hace parte
integral del local de oficina del primer piso; en este nivel se encuentra un
área de oficina y otra área dedicada a bodega y equipos técnicos propios del
local (aire acondicionado, rack, etc) TERCER
PISO con área construida de 360,58m2 dedicado al uso de oficinas y bodega y
CUARTO PISO con área construida de
294,0 m2 dedicado al uso residencial con tres aparta estudios. CUBIERTA plana en concreto y sin uso
específico.
Estas
obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente
providencia.
Parágrafo 2:
Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto
arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y
condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de
acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Análisis de las determinantes urbanas del predio.
Norma NUR0436-13 POT Decreto 078 de 2008.
·
El uso principal del
predio es residencial y de manera complementaria comercio local. Presenta
Vivienda y Comercio de oficinas grupo 1.
CUMPLE.
·
El área del lote es de
504.6m². De acuerdo al índice de ocupación el área máxima a ocupar en el predio
es de 327.99m²;
el proyecto ocupa 350,90m²,
cifra a la cual se descuenta los puntos fijos quedando 254,25m2; quedando
dentro del rango permitido. CUMPLE.
·
El índice de construcción
es de 7,0 veces el área del lote, esto significa que puede construir hasta
3532.2m². El área total construida es de 1237,07m² cifra inferior. CUMPLE.
·
El proyecto CUMPLE con
la distribución de los elementos del perfil vial establecido en el GDT 0700 de
06/02/2014, pero si esta en paramento, esto se comprueba a partir de los datos
de la planta de primer piso identificada como 01/04, éste debe quedar a 11,00m
medidos del eje central de las actuales vías.
Análisis de las normas de la edificación.
Cumplimiento de los
artículos 503 a 506 del Decreto Municipal 078 de 2008:
·
El proyecto presenta un
ascensor CUMPLE con
lo establecido en el artículo 503 del decreto 078 de 2008 en referencia a
ofrecerlo.
·
Los espacio dedicado a la
subestación eléctrica y planta de emergencia NO se encuentran diseñados, estos
deben estar en el nivel que corresponde al punto más bajo de la edificación
como demanda la norma municipal en su artículo 504. Debe señalar en los planos arquitectónicos los puntos de conducción para
el escape de los gases producidos por estas máquinas y que permitan que
alcancen la atmosfera. Así mismo se debe plantear que los espacios ofrecidos
por el proyecto estén debidamente protegidos con muros corta fuego y cumplan lo
estipulado en los capítulos J y K de la NRS-10 en materia de protección de
incendios para los grupos clasificados como P.
Cumplimiento de las norma
para el espacio privado artículos 507 a 536 del Decreto Municipal 078 de 2008.
Normas internas artículos
508 a 526 del Decreto Municipal 078 de 2008.
·
El aislamiento anterior
del edificio está cumpliendo con el artículo 511 del POT, en atención a lo
dispuesto por el oficio GDT 0700 de 06/02/2014.
·
El edificio presenta un
para los parqueos, así:
o
Acceso por la carrera 34
conducente a los parqueos a nivel del primer piso con ancho de 5,00; CUMPLE
con
el artículo 516 del POT.
o
El proyecto no usa rampa,
el acceso es a nivel de la calle, e inicia dentro de paramento del predio. CUMPLE con
el artículo 516 del POT
Cumplimiento de las norma
para el espacio privado artículos 507 a 536 del Decreto Municipal 078 de 2008.
Normas internas artículos
508 a 526 del Decreto Municipal 078 de 2008.
·
Aislamiento posterior. El proyecto se desarrolla
en un predio esquinero de forma regular, por tanto el proyecto. Revisado el
proyecto se encuentra que CUMPLE con los
aislamientos requeridos según la altura
de los pisos y del edificio en general
·
El proyecto CUMPLE con
lo establecido en el artículo 521, en relación a las limitaciones para cubrir
el espacio público pues revisada la planta de acceso, no existen elementos
arquitectónicos ni de mobiliario urbano que impidan el tráfico peatonal.
·
El edificio se encuentra
en una esquina, las culatas están cerradas y aisladas por tanto no tiene
servidumbre de vista. CUMPLE con
el contenido del artículo 522 del Decreto 078 de 2008.
·
Atendiendo al contenido
del artículo 523 relacionado con el empate de las construcciones colindantes,
el proyecto cumple con estipulado a nivel de paramentos voladizos, retrocesos y
aislamientos.
- El uso que genera cupos
de parqueo en este proyecto es el comercial y el residencial. Los cupos ce
parqueo se estiman así: 4 cupos de parqueo para cubrir el uso residencial;
distribuidos de la siguiente forma: 3 cupos de parqueo uno por cada unidad
de vivienda y 1 cupo para residentes. El uso comercial tiene un área
generadora de 200m2 la cual demanda 5 cupos de parqueo. El proyecto demanda un total de 9 cupos
de parqueo. CUMPLE. Pero debe señalar los
parquearos que le corresponden a cada uso. Los cupos de parqueo del área
comercial se calcularon sobre un área generadora de 200m2 correspondientes
al área donde efectivamente se presta el servicio, producto de descontar
los espacios técnicos, baños, áreas de almacenamiento y zonas de espera.
·
Los cupos de parqueadero se localizan al
interior del paramento de la construcción dando
CUMPLIMIENTO al artículo 541 del Decreto 078 de 2008. Ha dejado uno
habilitado para los discapacitados de 3,45m*5,00m y los ocho restantes de 2,50
m * 5,00 m.
En primer piso en el espacio público cumple con las dimensiones y los
elementos constitutivos del mismo, el andén sigue la pendiente natural del
terreno y el acceso está habilitado para las personas con condición de
discapacidad.
Cumplimiento NSR-10
Junta sísmica
De acuerdo a las alturas de las edificaciones de
la colindancia, que son de 8 y 2 pisos al Norte y Oriente respectivamente, a la
topografía plana del predio y placas colindantes, se aplicara una separación
sísmica así:
- Por el
Norte se permite que las placas de los pisos aéreos 1 y 2 del nuevo
edificio no la dejen el aislamiento, del piso aéreo 3 a 8 del nuevo
edificio del cual coincide con las placas con las del edificio vecino se
requiere una separación sísmica del 2% de la altura del edificio proyectado;
es decir 0.22m, la separación propuesta es de 0,10m desde el primer al
tercer nivel, y de 5,00m del cuarto nivel. Cumple la norma.
- Por el Oriental por ser
una edificación no permanente de2 pisos, se permite no dejar una
separación sísmica del 1 al 3 piso y del 1% de la altura de la edificación
nueva aplicable al piso 4. Cumple la norma.
capítulos J y K. Norma sismo resistente NSR-10
·
El proyecto presenta dos salidas protegidas las
cuales presenta las dimensiones requeridas, una de ellas descarga directamente
sobre el espacio público, cumpliendo la norma. Las salidas
protegidas están separadas 1/3 de la distancia de la diagonal de la planta, por
tanto debe ser asistido con rociadores.
·
Debe instalar rociadores por ser una edificación
comercial del grupo de ocupación C-1 que corresponde a edificaciones o espacios
donde se realizan transacciones y se ofrecen servicios profesionales o
comerciales, que incidentalmente involucren el almacenamiento de pequeñas
cantidades de bienes para el funcionamiento y oferta de dichos servicios.
(Bancos, consultorios, salas de belleza, aseguradoras, oficinas, edificaciones
administrativas). Nota: Esto solo aplica para la NSR-10, puede ser distintos
los usos en la norma urbana. La edificación además de los usos de ocupación C-1
en los piso 1,2 y 3, también se clasifica en el grupo R-2.
·
La carga de ocupación es de 214 personas, en la
tabla se relaciona la distribución por cada uno de los pisos.
Requisitos generales para la protección contra
incendios de las edificaciones (Capitulo J-2). En los planos arquitectónicos Se señala lo atinente al numeral (J-2), por tanto se
transcribirá en la resolución la obligatoriedad de cumplir con tales requisito:
Redes eléctricas, de gas y otros fluidos
combustibles, inflamables y comburentes (J.2.2)
·
J.2.2.1 En el interior de la edificación y en ligar
de fácil acceso para el Cuerpo de Bomberos deben instalarse dispositivos para
interrumpir el suministro de gas, electricidad y otros fluidos combustibles,
inflamables o comburentes.
·
J.2.2.2 Para la protección de las instalaciones eléctricas
deben cumplirse los requisitos dados en el Reglamento Técnico de Instalaciones
Eléctricas, RETIE, y en el Código Colombiano NTC 2050.
·
J.2.2.2.1 Lo sistemas eléctricos en zonas donde pueda existir
el peligro de incendio o explosión debido a gases o vapores inflamables,
líquidos inflamables, polvo combustible, etc., deben cumplir con los requisitos
adicionales dado en el Capítulo 5 del Código Eléctrico Colombiano NTC 2050,
“Ambientes Especiales” y en Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas,
RETIE. Al igual dichas zonas deberán dar cumplimiento al Reglamento Técnico de
Iluminación y Alumbrado Público RETILAP.
Requisitos de acceso a la edificación (J.2.3.1).
Toda edificación debe proveerse de áreas de acceso adecuadas para el Cuerpo de Bomberos, de
acuerdo con las normas siguientes:
·
J.2.3.1.1 Acceso frontal. El perímetro de
primer piso que corresponde al nivel de acceso es de 75m el cual cuenta con una
longitud de vanos de 21m que superan el 8% normativo, sobre este perímetro se
encuentra vanos por 46.2m2 que corresponden a los accesos y ventanas a nivel del primer piso del
edificio. Cumple con la norma.
·
J.2.3.1.2 Sobre el nivel del terreno. El edificio no
está clasificado como de gran altura, proporciona dos medio protegido de
evacuación que sirve a los pisos de la edificación. Además el acceso a la
edificación según los usos se distribuye así:
a)
Acceso a comercio local que presenta vanos para
puertas en vidrio, material que se encuentra instalado de piso a techo en el
primer piso de la edificación, sin obstrucción y sin antepecho.
b)
En los pisos 2,3 y se encuentran vanos con
capacidad de admitir adecuadamente a los bomberos, son fachadas den vidrio y
sin obstáculos para su acceso. Cumple con la norma.
·
J.2.3.1.3 Bajo el nivel de terreno. No aplica, no
hay desarrollos arquitectónicos bajo sótanos.
Prevención de la propagación del fuego hacia el
exterior.
·
J.2.4.1 Separación vertical entre aberturas de muros de fachada. Cumple.
·
J.2.4.2 Parapetos sobre muros de fachada. Se requiere
deben ser de 1m de altura, en esta dimensión se incluye la dimensión de la
placa de cubierta.
·
J.2.4.3 Construcciones sobre el techo. El techo del
edificio corresponde a una placa plana en concreto, el cuales un material
incombustible. Los planos arquitectónicos no dan cuenta de estructuras sobre la
cubierta, tales como antenas. Cumple con la norma.
·
J.2.4.4 Hidrantes. Si bien el área construida del primer piso no
demanda hidrantes se seguiré
proveer un hidrante al nivel de acceso con un caudal de 63 L/s (Tabla J.2.4-1).
Los planos arquitectónicos en primer piso deben referencian estos elementos.
Cumple con la norma.
·
J.2.4.5 Por lo menos un hidrante debe estar situado a no
más de 100m de distancia de un acceso al edificio. Los demás deberán estar
razonablemente repartidos por el perímetro de la edificación y ser accesibles
para los vehículos del servicio del Cuerpo de Bomberos.
·
J.2.4.6 Los hidrantes de la red pública pueden tenerse en
cuenta para efectos del cumplimiento del especificado en J.2.4.4.
·
J.2.4.7 Todo edificio de más de cinco (5) pisos deberá
contar con la instalación de una red contra incendio, con válvula de retención,
de uso exclusivo del Cuerpo de Bomberos, con por lo menos una salida por piso,
de fácil acceso a la boca de entrada, para conexión de los carros de bombas y
en cada piso para la conexión de mangueras. Las características técnicas de
esta red serán las especificadas por la Normas Técnicas NTC-1669 y como
referencia la norma NFPA 14.
·
J.2.4.8 Para las redes contra incendios, en todas la
edificaciones que lo requieran, podrán utilizarse solamente materiales listados para el servicio contra
incendio en el Capítulo 2, Componentes y Accesorios del Sistema, bajo el
numeral sobre tubería y accesorios, de Norma técnica NFPA 13.
Prevención
de la propagación del fuego hacia el interior.
·
J.2.5.1.1 y J.2.5.1.2 No Aplica el área por piso es
< a 1000m2.
·
J.2.5.1.3 No Aplica por el uso.
·
J.2.5.1.4 Los muros cortafuego no podrán atravesarse con
conducciones u otro elemento que permita el paso del fuego y del humo, ni con
materiales que disminuyan su resistencia al fuego. Los muros de las escaleras
protegidas no son atravesadas por conductos ni buitrones. Señalar en planos los muros divisorios entre
las unidades de vivienda y de las zonas comunes como muros cortafuegos. Cumple con la
norma.
·
J.2.5.1.5. Los muros cortafuegos de las escaleras
protegidas están asistidas por una puerta que cierra hemáticamente el paso del
humo y asegura como mínimo una resistencia al fuego como mínimo de una hora.
·
J.2.5.1.6 Los muros corta
fuego para el último piso deben sobresalir por lo menos 0,5m por encima de la
cubierta de techo más alta, a menos que el recinto almacene materiales no
inflamables o que la cubierta de la edificación este hecha y soportada con
materiales incombustibles. El proyecto no presenta muros cortafuego en el
último piso, pero su cubierta-terraza y los materiales que la sostienen cumple
con la condición de material incombustible. CUMPLE.
·
J.2.5.1.7.
El edificio tiene 4 pisos y dos núcleos de escaleras para evacuación vertical
continuo hasta el nivel de evacuación a la calle, tiene una anchura mínima de
1.2 m y construidas con materiales que tengan resistencia al fuego menores de
una hora. Los muros que conforman los medios de evacuación cumplen con las
especificaciones para muros cortafuegos contenidas en J.2.5.1.1.
·
J.2.5.1.8
— Las puertas de acceso o egreso principales y las que dan a la salida,
conformada por el núcleo de evacuación o la escalera en todos los pisos,
deberán ser de apertura manual fácil, de cierre automático y tener una
resistencia a la acción del fuego no inferior a una hora. Las puertas pueden
diseñarse de acuerdo con la Norma NFPA 80, Norma para puertas y ventanas a
prueba de incendios.
·
J.2.5.1.9 Dar cumplimiento.
·
J.2.5.1.10 dar cumplimiento
Acabados interiores.
·
J.2.5.2.1 Para los acabados interiores no deben emplearse
materiales que al ser expuestos al fuego produzcan, por descomposición o
combustión, sustancias tóxicas en concentraciones superiores a las provenientes
del papel o la madera, bajo las mismas condiciones.
·
J.2.5.2.2. De acuerdo a las especificaciones técnicas
consignadas en los planos, el arquitecto ha señalado que sus acabados
interiores son en pañetes de cemento, ladrillo, baldosas en cerámica y vidrio
por lo cual según la tabla J.2.5-3 corresponde a la clase 1, siendo el índice
de propagación de la llama de 0 a 25. . Cumple con la norma.
·
J.2.5.2.4. De acuerdo con el grupo de ocupación,
los materiales a aplicar por piso son:
·
J.2.5.2.7 Los muros de cerramiento de escaleras y ascensores,
buitrones, ductos para basuras y corredores de evacuación protegidos, están
diseñados sin interrupciones entre las placas. Cumple con la norma.
·
J.2.5.8 Las fachadas deben esta construidas con materiales incombustibles.
Cumple con
la norma.
·
J.2.5.3 Cielo rasos.
3.6.2.1.3.6 Requisitos para salas de máquinas y
calderas.
·
J.2.5.4.1 Se debe señalar que los muros de la
planta eléctrica así como de todas las salas de máquinas están protegidas con
muros corta fuego. CUMPLE.
·
J.2.5.4.2 Las superficies combustibles adyacentes
de salas de máquinas y calderas deben recubrirse adecuadamente con materiales
resistentes al fuego, de tal manera que la temperatura sobre la superficie
combustible y adyacente no exceda los 75ºC.
·
J.2.5.4.3 Los equipos de calentamiento y
combustión no obstruyen salidas, ni recintos para ascensores. Cumple con la
norma.
·
J.2.5.4.4 Todos los equipos de calentamiento o
combustión que se instalen deben montarse sobre bases incombustibles.
3.6.2.1.3.7 Riesgos de los contenidos (J-3)
3.6.2.1.3.7.1 Clasificación de la edificación en
función del riesgo de pérdida de vidas humanas o amenaza de combustión.
·
J.3.3.2 Clasificación de la edificación en una categoría de riesgo. El edificio ha
sido categorizado en tres Grupos y subgrupos, en función del riesgo de pérdidas
de vidas humanas o amenazas de combustión:
Determinación de la resistencia requerida contra
fuego. (J-4)
J.3.4.3 Los elementos
estructurales y demás elementos de construcción deberán tener como mínimo las
resistencias al fuego normalizado exigidas en las tablas J.3.4-3 y J.3.4-4,
esta última aplicable a los edificios clasificados en el grupo de ocupación
R-2. Para el caso del edificio Los muros cortafuegos que delimitan el punto fijo y la
estructura portante de la edificación de los sótanos y los pisos destinados al
uso de parquedaero deben tener una resistencia al fuego mínimo de 2,5 horas; y
de acuerdo a la tabla J.3.4-4 del piso 2 al 11 los muros cortafuegos que
delimitan el punto fijo y la estructura portante, incluida la cubierta de la edificación deben tener una resistencia
al fuego mínimo de 2,5 hora; esta misma resistencia le corresponde a los muros
divisorios entre unidades de vivienda y de áreas comunes. Para el uso C-1 que
corresponde a los piso 1 los muros cortafuegos que delimitan el punto fijo y la
estructura portante de la edificación deben tener una resistencia al fuego
mínimo de 3 horas.
Evaluación de la provisión de resistencia contra
fuego en elementos de edificaciones. Planos arquitectónicos.
·
J.3.5.2.1 Columnas de concreto estructural. El lado menor de las columnas es de 0,40m*0,40m. con lo cual tienen una resistencia al fuego de 4 horas.
Cumple con la norma
·
J.3.5.2.2 Muros estructurales. No aplica
·
J.3.5.2.3 Losas macizas y viguetas de control estructural: Es de 4000mm.
CUMPLE (Tomado desde el corte), pues la
resistencia solicitada pues con esa dimensión la resistencia la fuego es de 3
horas. Cumple con la norma
·
J.3.5.2.4 Vigas de concreto estructural: El lado menor de la sección de las vigas es de 0.00mm. CUMPLE.
Resistencia al fuego 3 horas.
Detección y extinción de incendios.
Sistemas Y Equipos Para Detección Y Alarma De Incendios J.4.1
·
J.4.2.1
— Aire Acondicionado — No aplica, no se presenta aire acondicionado central.
·
J.4.2.2
— Dispositivos Para La Detección Temprana De Incendios — Deberán instalarse
equipos para la detección y la alarma temprana contra incendios en las
edificaciones clasificadas en los grupos y sub.-grupos de ocupación que se
listan en la tabla J.4.2-1. Esto debe señalarse como una nota técnica en los
planos, para el caso del edificio en función de su altura y subgrupo. J.4.2.2.1
C-1 Servicios, siempre deben estar protegidas por un sistema de iniciación
manual por estar incurso en el numeral b del artículo ibídem. Se tienen cargas
de ocupación mayores a q00 personas por encima o por debajo del nivel de
descarga de la salida.
Grupo de ocupación
Sistemas y equipos para la extinción de incendios.
Capitulo K. Requisitos complementarios
Normas Generales.
Requisitos,
especificaciones y parámetros para el diseño, la construcción, la localización,
la protección, la disposición y el
mantenimiento de los elementos requeridos para que las zonas comunes de las
edificaciones puedan proporcionar medios de acceso y egreso adecuados y medios
de evacuación seguros en las edificaciones. (K.3.1.1).
Propósito y alcance (K.1.1) El
propósito del Título K es el de definir parámetros y especificaciones
arquitectónicas y constructivas tendientes a la seguridad y a la preservación
de la vida de los ocupantes y usuarios de las distintas edificaciones cubiertas
por el alcance del presente Reglamento.
General. (K.2.1.2) Toda edificación o
espacio que construya o altere debe clasificase, en uno delos Grupos de
Ocupación dados en la tabla K.2.1-1.
Esto se realizó ve el numeral 3.6.2.1.2 de este informe.
Requisitos para zonas comunes.
3.6.2.2.3.1 Alcance
(K.3.1.1)…requisitos, especificaciones y parámetros para el diseño, la
construcción, la localización, la protección, la disposición y el mantenimiento
de los elementos requeridos para que las zonas comunes de las edificaciones
puedan proporcionar medios de acceso y egreso adecuados y medios de evacuación
seguro en las edificaciones.
3.6.2.2.3.2 Planos y
especificaciones (K.3.2.2)
·
K.3.2.2.1 Disposición
de salidas. Los planos arquitectónicos que se presente para la solitud de
licencia de construcción deben mostrar, en cumplimiento del presente
Capitulo del Reglamento, con suficiente detalle, la localización, construcción,
tamaño y tipo de todas las salidas, además de la disposición de pasillos,
corredores y pasadizos relacionados con las mismas. Cumple.
·
K.3.2.2.2 número de
ocupantes. Los planos arquitectónicos que se presente para la solitud de
licencia de construcción de todas las edificaciones clasificadas dentro delos
Grupos Comercial (C),Lugares de reunión (L), Institucional (I), Fabril e
industrial (F) Alta peligrosidad (P), debe indicar el número de personas
previstos para la ocupación de casa piso, habitación o espacio. Aunque no
requiere el R-2 se ha presentado esta carga de ocupación. Cumple.
3.6.2.2.3.3
Localización y mantenimiento.
3.6.2.2.3.4
Señalización e iluminación. En los planos arquitectónicos no se señala lo
atinente al numeral K.3.2.4 Señalización e iluminación, por tanto se
transcribirá en la resolución y luego en la licencia el contenido de los
siguientes numerales:
·
K.3.2.4.1 Toda salida o vía de escape debe ser
claramente visible y estar completamente señalizada de tal manera que todos los
ocupantes mentalmente capaces de la edificación, puedan encontrar sin problema
la dirección de salida y en tal forma que la vía conduzca, de manera inequívoca
a sitio seguro.
·
K.3.2.4.2 Cualquier salida o pasadizo que no sea
parte de una vía de escape, pero que por su carácter pueda tomarse como tal,
debe estar dispuesta y señalizada de tal manera que se minimicen los riesgos de
confusión y el peligro resultante para las personas que busquen escapar del
fuego o de otra emergencia, así como para evitar que llegue a espacios que no
conduzcan a una salida.
·
K.3.2.4.3 Todos los medios de evacuación deben
estar provistos de iluminación artificial y de emergencia.
·
K.3.9.Iluminación de los medios de evacuación.
Cumplir con los numerales:
o K.3.9.1
Generales: K.3.9.1.1; K.3.9.1.2; K.3.9
1.3; K.3.9.1.5; K.3.9.1.6
o K.3.9.2 Luces de
emergencia: K3.9.2.1; K3.9.2.2; K3.9.2.3; K3.9.2.4; K3.9.2.5; K3.9.2.6;
K3.9.2.7.
o K.3.9.3 Cambios
de fuentes.
Edificaciones con aíre
acondicionado. No aplica la edificaciones en planos no registra aire
acondicionado central.
Sistemas de ingreso y
egreso para discapacitados. Ver notas en 3.7.
Señalización de salidas
para discapacitados. Ver notas en 3.7.
Capacidad de los medios de evacuación
Carga de ocupación. K.3.3.2 Establecer el número o carga de
ocupantes. Se encuentra en 3.6.2 capítulos J y K. Norma sismo resistente NSR-10
General K.3.4.1
Número de salidas K.3.4.2
El
edifico no se ha catalogado de gran altura este hecho significa que debe tener
una salida protegida. Revisada la carga de ocupación por cada uno de los pisos
se encuentra que ninguno de ellos tiene más de 100 personas, razón por la cual
con la diseñada cumple con lo señalado en la tabla K.3.4-1
Accesos a las salidas K.3.5
·
K.3.5.1.1 La salida
está compuesta por un corredor que conducen a la escalera protegida. Cumple
·
K.3.5.1.2 El ancho de
los corredores es de 1,20m. Cumple
·
K.3.5.1.3 Ningún
acceso a una salida se hace a través de cocinas, cuartos de almacenamiento,
dormitorios, salones u otros espacios que puedan estar bajo llave. Cumple.
Descarga de la salida. K.3.5.2
·
K.3.5.2.1 y K.3.5.2.2 El edificio proyecta dos
salidas protegidas, que descarga sobre el lobby con dimensiones adecuadas para
proveer un acceso seguro hasta la vía pública y la otra directamente sobre el
espacio público. Cumple.
Distancia de recorrido hasta una salida K.3.6.
·
K.3.6.1 Medido el recorrido a lo largo de la
línea central en sentido natural de recorrido se encuentra que entre las
salidas protegidas es de 8m; Requiere rociadores. Cumple.
Protección de los medios
de evacuación.
·
K.3.7.1 Salidas, se requiere seguir las
recomendaciones técnicas de K.3.7.1.1. en materia de protección contra el fuego
y K.3.7.2.1.2 para marcos y puertas.
Medios de salida
Escaleras interiores.
K.3.8.3
Las escaleras propuestas
como medio de evacuación son construcciones permanentes, se encuentran cerradas
y protegidas contra el fuego tiene un ancho de 1,20m. Cumple con: a) El ancho
mínimo de la huella es de 0,28m; b) la altura de la contrahuella es de 0,18m;
c) la altura de dos contrahuellas y el ancho de la huella suman 0,64m. Debe dar
cumplimiento a los literales d, e, f, g
de K.3.8.3.4.
Señalización de salidas. En los planos
arquitectónicos no se señala lo atinente al numeral K.3.10 Señalización de
salidas, por tanto se transcribirá en la resolución y luego en la licencia el
contenido de los siguientes numerales: K.3.10.1; K.3.10.2; K.3.10.3; K.3.10.4.
Espacio público y Normas de accesibilidad
El proyecto da cumplimiento en
su totalidad con el artículo 9 del decreto 1538 de 2005, brindando
accesibilidad a minusválidos con señalización de acceso peatonal de
discapacitados en todos los pisos:
a)
La torre cuenta con un ascensor que entregan en
todos los pisos desde los sótanos hasta el último piso, garantizando el acceso de los discapacitados,
cumple con la norma técnica NTC 4349 según señala K.3.2.7.1;
b)
La edificación proyecta baños aptos para este
tipo de personas ubicados en las zonas sociales.
c)
De
acuerdo con el numeral 2.5 de pisos en la accesibilidad a edificaciones, del
Manual de Referencia de Accesibilidad al Medio Físico y al Transporte de la
Presidencia de la Republica, Ministerio de Desarrollo, Ministerio de Transporte
y el Fondo de la Prevención Vial, La superficie del piso internas debe
ser antideslizante en seco y en condiciones de humedad, definiendo claramente
la franja de circulación, con bordes que mediante el color y textura guíen a
los usuarios; los pasillos y corredores cumplen con las dimensiones mínimas y
características funcionales y constructivas señaladas en la NTC 4140.
d) Cuando el diseño de
un sistema de salida haya sido ejecutado expresamente para permitir la salida
de discapacitados, deberá proveerse de señalización adecuada que exprese esta
condición.K.3.2.8
e)
Dentro del conjunto de
parqueaderos se ha dispuesto 1 cupo para el uso de discapacitados con medidas
de 3,50 m por 5,00 m. CUMPLE Los cortes del proyecto permiten establecer las
distancias de recorrido de evacuación.
OBSERVACIONES ESTRUCTURALES:
A continuación se lista
la documentación que sirve de base para la revisión del proyecto en función de
la actuación urbanística radicada y sobre la cual se pronunciará el evaluador
estructural en los aspectos de calidad y pertinencia de los documentos frente
al cumplimiento la NSR-10. Esta revisión se hace a partir de los documentos
presentados a la Curaduría Urbana No 1 de Bucaramanga.
Revisión Documentos requeridos
para la actuación urbanística solicitada en cumplimiento de la NSR-10
Descripción del proyecto estructural
El proyecto de estudio corresponde a la
solicitud de licencia de modificación y ampliación de una terraza en un
edificio de uso residencial de 5 pisos.
Está ubicado en la ciudad de Bucaramanga, por
lo cual debe cumplir con los requisitos de Disipación Especial de Energía
(DES), de acuerdo a su ubicación en zona de amenaza sísmica ALTA.
Revisión estructural
Se realiza la revisión del diseño estructural
frente al procedimiento indicado en la Norma NSR-10, A.1.3.
Paso 1: Pre dimensionamiento y coordinación con otros profesionales.
El diseño estructural CUMPLE con la ley 400 de 1997 y la NSR-10, el mismo fue
realizado por el Ingeniero Civil MARIO HUMBERTO TORRES MACIAS, quien CUMPLE con suficiencia las
calidades exigidas en experiencia e idoneidad profesional (más de cinco años) y
por tanto está facultado para tal fin.
El proyecto estructural es coherente con el diseño arquitectónico
presentado.
El sistema estructural propuesto se enmarca en los tipos admitidos por
la NSR-10, se presenta el análisis del sistema y cumple las condiciones para
ser calificado como PORTICO.
El estudio geotécnico CUMPLE con la ley 400 de 1997 y la NSR-10, el mismo fue
realizado por el Ingeniero Civil JAVIER ANTONIO SERRANO ARENAS, quien CUMPLE con suficiencia las
calidades exigidas en experiencia e idoneidad profesional (más de cinco años) y
por tanto está facultado para tal fin.
El estudio geotécnico se presenta para una estructura de categoría
MEDIA, se presentan 7 sondeos mediante ensayo SPT que llegan a terreno
competente.
Paso 2: Evaluación de las solicitudes definitivas: Se revisan las cargas
presentadas en la edificacion debido a los pesos propios de la estructura y los
tipos de uso de la misma, con los requisitos del Título B del reglamento.
Las cargas muertas de la estructura son obtenidas del peso propio de la
estructura, para las cargas vivas se utilizó la carga de uso residencial de
acuerdo al Título B de la Norma NSR-10.
Paso 3: Obtención del nivel de amenaza sísmica y valores de Aa y Av. Consiste en ubicar el lugar de la edificación
dentro de los mapas de zonificación sísmica, (Cap. A-2), y determinar los
valores de Aa y Av para determinar la amenaza sísmica, según sea (Alta,
intermedia y baja). Para el caso es Alta
y el valor para Aa es de 0,25 el valor para Av es de 0,25.
Paso 4: Movimiento sísmicos de diseño. Debe tomarse en cuenta, la amenaza
sísmica para el lugar determinado, parámetros Aa y Av, las características de
la estratificación del suelo coeficientes Fa y Fv., la importancia del edificio
para la recuperación por la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un
sismo, Coeficiente de importancia.
Los parámetros presentados por el estudio
geotécnico son: Perfil de Suelo C, Fa=1.20, Fv=1.60, Grupo de Uso I y
Coeficiente de importancia 1.0.
Paso 5: Características de la estructuración y del material estructural
empleado.
El sistema de la edificación se clasifico como PORTICOS dentro de los sistemas estructurales prescritos en el
(Cap. A.3). El material estructural empleado en los pórticos es CONCRETO REFORZADO y la capacidad de
disipar energía es especial (DES)
(A.3.1.3).
Paso 6, Grado de irregularidad de la estructura y procedimiento de análisis.
Se realiza la revisión de los factores de irregularidad para determinar el
método de análisis sísmico. Se determina
utilizar el método de análisis dinámico
Paso 7, Determinación de las fuerzas sísmicas. El valor de las fuerzas
sísmicas, en base a los parámetros sísmicos del paso 4.
Paso 8, Análisis sísmico de la estructura. Aplicación de los movimientos
sísmicos de diseño (Cap. A.3) este análisis se realiza sin ser dividido por el
coeficiente de capacidad de disipación de energía, R, según los resultados del
paso 6, se determinan los desplazamientos máximos de diseño y las fuerzas
internas que se derivan de ellos. Desplazamiento máximo corresponde al 1% de la
altura de entrepisos.
Paso 9, Desplazamientos horizontales. Se evalúan los desplazamientos
horizontales, incluyendo los efectos torsionales dela estructura, las derivas
(desplazamiento entre niveles continuos), por medio de los procedimientos del
(Cap. A.6), y con base en los desplazamientos obtenidos en el paso 8.
Paso10: Verificación de las derivas. Comprobar que las derivas no excedan los
límites del (Cap. A.6), si la estructura excede dichos límites, es obligatorio rigidizarla y llevar a cabo
los pasos 8, 9 y 10, hasta que cumpla.
La verificación realizada en el estudio
demuestra que la deriva CUMPLE con la
máxima permitida por la Norma NSR-10
Paso 11, Combinación de las diferentes solicitudes. De la combinación de las
diferentes solicitudes sale la obtención de las fuerzas internas de diseño de
la estructura, (Cap. B.2), por el método de diseño propio de cada material
estructural, cada una de las
combinaciones de carga se multiplica por un coeficiente de carga prescrito para
esta combinación, en los efectos del
sismo de diseño, se tiene en cuenta la capacidad de disipación de energía lo
cual se logra empleando unos efectos sísmicos reducidos de diseño, E,
determinadas en el paso 7, por el coeficiente de capacidad de disipar
energía, R(E = Fs/R).
Paso 12, Diseño de los elementos estructurales. Se lleva a cabo de acuerdo con
los requisitos del sistema de resistencia sísmica y del material estructural
utilizado, los materiales deben diseñarse de acuerdo con el grado de disipación
de energía, prescrito en el Cap. A según
corresponda, lo cual permitirá a la estructura responder ante la ocurrencia de
un sismo, en el rango inelástico de respuesta, y cumplir con los objetivos de
la norma sismo resistente, este diseño debe efectuarse con los elementos más
desfavorables, entre las combinaciones obtenidas en el paso 11, tal como lo
prescribe el título B del reglamento.
Observaciones Generales
·
Debe cumplir con el
manejo del espacio público determinado en el decreto 067/2008, relacionado con
el manual para el diseño y construcción del espacio público.
·
De acuerdo a lo establecido en el artículo 34 del decreto
948 de 1995 por tratarse de una edificación mayor a tres pisos debe instalar
mallas protectoras.
·
Estructuralmente
cumple con la Norma NSR-10.
·
Se debe
construir extrictamente lo aprobado.
·
Esta
aprobacion no implica ningun tipo de intervención sobre espacio publico.
·
Los planos
aprobados hacen parte integral de esta licencia.
·
El
proyecto de construcción, debera contemplar las condiciones que garanticen la
accesibilidad y desplazamiento de las personas con movilidad reducida, sea esta
temporal o permanente, de conformidad con las normas establecidas en la Ley 361
de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las normas que los modifiquen o sustituyan.
·
Se sugiere al
constructor realizar el acta de vecindad, documento privado que permite
verificar el estado actual de las construcciones vecinas a la construcción,
para así facilitar la resolución de conflictos que puedan presentarse con los eventuales daños que se puedan ocasionar
por causa de la ejecución de la obra.
·
Deberá
solicitar el permiso de ocupación que se encuentra vigente de acuerdo al
artículo 53º del Decreto Nacional 1469 de 2.010.
Artículo 2o.:
Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente
resolución, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010 y de lo
contemplado en el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3o.:
Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro
del trámite, en los términos del Artículo
40 del Decreto 1469 de 2010. Si no se pudiere hacer la notificación
personal, se notificará por
aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo
4o.:
La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses
prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por
medio del cual fue otorgada. La
solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días
calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el
constructor responsable certifique la iniciación de la obra, de conformidad con
lo establecido en el artículo 47 del Decreto 1469 de 2010.
Artículo 5o.:
Ordenar la publicación de la parte resolutiva del
presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un
periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web
corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.:
Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el
Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en
su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Decreto 1469 de 2010 y el
Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese,
Publíquese y cúmplase.
Expedida
en Bucaramanga, el 30 de Diciembre de 2015.