viernes, 2 de agosto de 2013

Resolución Nº 099 de 2013 - 68001-1-13-0215

"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE  UNA
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE AMPLIACIÓN
bajo el radicado Nº 68001-1-13-0215
EXPEDIDO EL JUEVES  01 DE AGOSTO DE 2013."

EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
 ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE

Artículo 1o.: Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de AMPLIACION para uso de Vivienda a INSTITUTO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y REFORMA URBANA DEL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA, INVISBU, representado legalmente por  SILVIA JOHANNA CAMARGO GUTIERREZ, con Cédula de Ciudadanía Nº. 37.754.281, en su calidad de propietarios del predio localizado en la CARRERA 1 OCC  CALLE 28  LOTE 4   - BARRIO LA FERIA de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el número predial 0107015300040005, matrícula inmobiliaria 300-292993, para que de acuerdo con la Norma Urbanística U010320, que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga.

Parágrafo 1: Las obras autorizadas por la presente resolución son:

Aprobación de licencia de ampliación de urbanización, consistente en ampliación de urbanismo de unidad inmobiliaria cerrada Conjunto de interés social “Paseo La Feria”, urbanizando la franja de terreno del globo matriz que integra la IV etapa para culminar las obras de urbanismo aprobado en la licencia de Urbanización – Construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril de 2009, para ubicar cuatro manzanas con 29 módulos de vivienda, cada uno con cuatro viviendas unifamiliares. Total ampliación de urbanización 37073 m².
Aprobación de licencia de ampliación, consistente en culminar la construcción de la IV etapa de unidad inmobiliaria cerrada Conjunto de interés social “Paseo La Feria”, aprobada en la licencia de Urbanización – Construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril de 2009, para 29 módulos de vivienda, siendo 3 módulos del tipo 1, con un área de lote de cada módulo de 126.60 m², en cada módulo se construyen 4 viviendas unifamiliares de dos pisos con cubierta de concreto inclinada de 46.45 m² cada vivienda, y 26 módulos del tipo 2 con un área de lote cada módulo de 125.60 m², en cada módulo se construyen 4 viviendas unifamiliares de dos pisos con cubierta de concreto inclinada, siendo 52 viviendas de 46.45 m² cada una y 52 viviendas de 45.49 m² cada una para un subtotal ampliado de la IV etapa de 5338.28 m². Ampliación para culminar la construcción de las áreas comunes de cesión tipo “B” aprobadas en el mismo acto administrativo referenciado anteriormente, consistente en construir edificación de dos pisos con cubierta liviana e inclinada, que agrupa el salón social, la administración y la guardería en el primer piso y la zona de juegos cubiertos  en el segundo piso con un área de 421.07 m² en el primer piso y 237.32 m² en el segundo piso, para un subtotal ampliado de 658.39 m². Total ampliado de 5996.67 m².
Área total intervenida 13186.04 m².

Estas obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente providencia.

Parágrafo 2: Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:

Ø  Tiene licencia de construcción urbanismo – construcción S020145 del 11 de septiembre de 2002, para urbanismo de conjunto de vivienda multifamiliar de interés social, sometido al régimen de propiedad horizontal, construcción de 19 bloques de cinco pisos, con 4 apartamentos por piso, para vivienda multifamiliar; construcción de 54 módulos cada uno con 4 embriones de un piso con cubierta plana de concreto, para vivienda unifamiliar; construcción de 18 locales de un piso; construcción de edificación de dos pisos para servicios comunales.
Ø  Tiene licencia de modificación de urbanismo – construcción S020297 del 16 de septiembre de 2002, para modificación urbanística del conjunto de vivienda multifamiliar de interés social, sometido al régimen de propiedad horizontal, consistente en redistribución de manzanas, parqueaderos y cambio de 19 bloques de vivienda de cinco pisos por manzanas con módulos de vivienda unifamiliar, quedando el proyecto con 120 módulos de 114.84 m² cada uno, cada módulo con 4 embriones de un piso con un área de 21.81 m² cada uno, para un total de 480 viviendas.
Ø  Tiene licencia de modificación de urbanismo – ampliación S040131 del 18 de junio de 2004, para modificación urbanística del conjunto de vivienda multifamiliar  de interés social, sometido al régimen de propiedad horizontal, consistente en  modificación  del área de 56 unidades de vivienda, pasando de 28.71 m² a 31.64 m²; modificación del área de 424 unidades de vivienda, pasando de 28.71 m² a 31.16 m²; ampliación arquitectónica de 480 unidades de vivienda consistente en construir  el segundo piso en obra negra sin la escalera, para 56 casa y 424 casas con un área de ampliación de 21.06 m² cada una.
Ø  Tiene VoBo para propiedad horizontal S040175 del 18 de junio de 2004.
Ø  Tiene licencia de urbanización – construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril de 2009 2009, para obras de urbanismo y construcción de la IV y V etapa, y construcción de edificación de áreas comunes cesión tipo “B”, con 29 módulos de vivienda en la IV etapa y 23 módulos de vivienda en la V etapa, quedando en cada módulo 4 viviendas unifamiliares, quedando 116 viviendas en la IV etapa y 92viviendas en la V etapa.
Ø  En el presente acto administrativo es solo para culminar la obras de urbanismo y construcción de la IV etapa y de áreas comunes denominadas cesión tipo “B” que se aprobaron en la licencia de urbanización – construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril de 2009, con vigencia hasta el 21 de abril de 2013, por lo tanto no tiene ningún condicionamiento técnico adicional.
Ø  Presenta certificación de avance de obras del 4 de junio de 2013, de la ingeniera Silvia Johanna Camargo Gutiérrez, como responsable de obras en la que informa que el avance de obras de lo aprobado en la licencia de urbanización – construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril de 2009, por el Curador Urbano Nº1, Arquitecto Farid Numa Hernández, para la IV etapa y edificación de áreas comunes cesión tipo “B” en cada una es de 0%.
Ø  Se debe construir extrictamente lo aprobado.
Ø  Esta aprobacion no implica ningun tipo de intervención sobre espacio publico.
Ø  Los planos aprobados hacen parte integral de esta licencia.
Ø  El proyecto de construcción, debera contemplar las condiciones que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas con movilidad reducida, sea esta temporal o permanente, de conformidad con las normas establecidas en la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las normas que los modifiquen o sustituyan.

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010 y de lo contemplado en el Código Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro del trámite, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010. Si no se pudiere hacer la notificación personal, se notificará por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 4o.: La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por medio del cual fue otorgada.  La solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el constructor responsable certifique la iniciación de la obra, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Decreto 1469 de 2010.

Artículo 5o.: Ordenar la publicación de la parte resolutiva del presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.

Artículo 6º.: Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Decreto 1469 de 2010 y el Código Contencioso Administrativo.


Artículo 7º.: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese y cúmplase.

Expedida en Bucaramanga, el 1 de agosto de 2013.