"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE AMPLIACIÓN
bajo el radicado Nº 68001-1-13-0215
EXPEDIDO EL JUEVES 01 DE AGOSTO DE 2013."
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE
Artículo 1o.:
Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de AMPLIACION para uso de Vivienda
a INSTITUTO
DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y REFORMA URBANA DEL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA,
INVISBU, representado legalmente por SILVIA JOHANNA CAMARGO GUTIERREZ, con
Cédula de Ciudadanía Nº. 37.754.281, en
su calidad de propietarios del predio localizado en la CARRERA 1 OCC CALLE 28
LOTE 4 - BARRIO LA FERIA
de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el número predial 0107015300040005,
matrícula inmobiliaria 300-292993, para que de acuerdo con la
Norma Urbanística U010320, que hace parte
integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los
hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en
concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y
ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1:
Las obras autorizadas por la presente resolución son:
Aprobación de licencia de ampliación de urbanización,
consistente en ampliación de urbanismo de unidad inmobiliaria cerrada Conjunto
de interés social “Paseo La Feria”, urbanizando la franja de terreno del globo
matriz que integra la IV etapa para culminar las obras de urbanismo aprobado en
la licencia de Urbanización – Construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril
de 2009, para ubicar cuatro manzanas con 29 módulos de vivienda, cada uno con
cuatro viviendas unifamiliares. Total ampliación de urbanización 37073 m².
Aprobación de licencia de ampliación, consistente en culminar
la construcción de la IV etapa de unidad inmobiliaria cerrada Conjunto de
interés social “Paseo La Feria”, aprobada en la licencia de Urbanización –
Construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril de 2009, para 29 módulos de
vivienda, siendo 3 módulos del tipo 1, con un área de lote de cada módulo de
126.60 m², en cada módulo se construyen 4 viviendas unifamiliares de dos pisos
con cubierta de concreto inclinada de 46.45 m² cada vivienda, y 26 módulos del
tipo 2 con un área de lote cada módulo de 125.60 m², en cada módulo se
construyen 4 viviendas unifamiliares de dos pisos con cubierta de concreto inclinada,
siendo 52 viviendas de 46.45 m² cada una y 52 viviendas de 45.49 m² cada una
para un subtotal ampliado de la IV etapa de 5338.28 m². Ampliación para
culminar la construcción de las áreas comunes de cesión tipo “B” aprobadas en
el mismo acto administrativo referenciado anteriormente, consistente en
construir edificación de dos pisos con cubierta liviana e inclinada, que agrupa
el salón social, la administración y la guardería en el primer piso y la zona
de juegos cubiertos en el segundo piso
con un área de 421.07 m² en el primer piso y 237.32 m² en el segundo piso, para
un subtotal ampliado de 658.39 m². Total ampliado de 5996.67 m².
Área total intervenida 13186.04 m².
Estas
obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente
providencia.
Parágrafo 2:
Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto
arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y
condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de
acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Ø
Tiene
licencia de construcción urbanismo – construcción S020145 del 11 de septiembre
de 2002, para urbanismo de conjunto de vivienda multifamiliar de interés
social, sometido al régimen de propiedad horizontal, construcción de 19 bloques
de cinco pisos, con 4 apartamentos por piso, para vivienda multifamiliar;
construcción de 54 módulos cada uno con 4 embriones de un piso con cubierta
plana de concreto, para vivienda unifamiliar; construcción de 18 locales de un
piso; construcción de edificación de dos pisos para servicios comunales.
Ø
Tiene
licencia de modificación de urbanismo – construcción S020297 del 16 de
septiembre de 2002, para modificación urbanística del conjunto de vivienda
multifamiliar de interés social, sometido al régimen de propiedad horizontal,
consistente en redistribución de manzanas, parqueaderos y cambio de 19 bloques
de vivienda de cinco pisos por manzanas con módulos de vivienda unifamiliar,
quedando el proyecto con 120 módulos de 114.84 m² cada uno, cada módulo con 4
embriones de un piso con un área de 21.81 m² cada uno, para un total de 480
viviendas.
Ø
Tiene
licencia de modificación de urbanismo – ampliación S040131 del 18 de junio de
2004, para modificación urbanística del conjunto de vivienda multifamiliar de interés social, sometido al régimen de
propiedad horizontal, consistente en
modificación del área de 56 unidades
de vivienda, pasando de 28.71 m² a 31.64 m²; modificación del área de 424
unidades de vivienda, pasando de 28.71 m² a 31.16 m²; ampliación arquitectónica
de 480 unidades de vivienda consistente en construir el segundo piso en obra negra sin la
escalera, para 56 casa y 424 casas con un área de ampliación de 21.06 m² cada
una.
Ø
Tiene VoBo
para propiedad horizontal S040175 del 18 de junio de 2004.
Ø
Tiene
licencia de urbanización – construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril de
2009 2009, para obras de urbanismo y construcción de la IV y V etapa, y
construcción de edificación de áreas comunes cesión tipo “B”, con 29 módulos de
vivienda en la IV etapa y 23 módulos de vivienda en la V etapa, quedando en
cada módulo 4 viviendas unifamiliares, quedando 116 viviendas en la IV etapa y
92viviendas en la V etapa.
Ø
En el
presente acto administrativo es solo para culminar la obras de urbanismo y
construcción de la IV etapa y de áreas comunes denominadas cesión tipo “B” que
se aprobaron en la licencia de urbanización – construcción Nº 68001-1-08-0272
del 21 de abril de 2009, con vigencia hasta el 21 de abril de 2013, por lo
tanto no tiene ningún condicionamiento técnico adicional.
Ø Presenta certificación de avance de obras del 4 de junio de
2013, de la ingeniera Silvia Johanna Camargo Gutiérrez, como responsable de
obras en la que informa que el avance de obras de lo aprobado en la licencia de
urbanización – construcción Nº 68001-1-08-0272 del 21 de abril de 2009, por el
Curador Urbano Nº1, Arquitecto Farid Numa Hernández, para la IV etapa y
edificación de áreas comunes cesión tipo “B” en cada una es de 0%.
Ø Se debe construir extrictamente lo aprobado.
Ø Esta aprobacion no implica ningun tipo de intervención sobre
espacio publico.
Ø Los planos aprobados hacen parte integral de esta licencia.
Ø El proyecto de construcción, debera contemplar las condiciones
que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas con movilidad
reducida, sea esta temporal o permanente, de conformidad con las normas
establecidas en la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las normas que
los modifiquen o sustituyan.
Artículo 2o.:
Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente
resolución, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010 y de lo
contemplado en el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3o.:
Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro
del trámite, en los términos del Artículo
40 del Decreto 1469 de 2010. Si no se pudiere hacer la notificación
personal, se notificará
por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4o.:
La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses
prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por medio
del cual fue otorgada. La solicitud de
prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días calendario anteriores
al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el constructor
responsable certifique la iniciación de la obra, de conformidad con lo
establecido en el artículo 47 del Decreto 1469 de 2010.
Artículo 5o.:
Ordenar la publicación de la
parte resolutiva del presente acto administrativo que resuelve la solicitud de
licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página
web corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.:
Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el
Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en
su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Decreto 1469 de 2010 y el
Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese
y cúmplase.
Expedida
en Bucaramanga, el 1 de agosto de 2013.