"EN VIRTUD
DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
EXPEDIDO EL LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2016
Artículo 1o.:
Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de MODIFICACION DE LICENCIA VIGENTE para uso de Vivienda
a CONSTRUCTORA
CINCO ESTRELLAS S.A.S, con
Cédula de Ciudadanía Nº. 800.219.186-5, en su calidad de propietario del predio
localizado en la CARRERA 27 Nº 37 40 MEJORAS
PUBLICAS de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el
número predial 010200270004000, matrícula inmobiliaria 300-216021, para que de
acuerdo con la Norma Urbanística 05-427 NU.,
que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en
concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y
ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1:
Las obras autorizadas por la presente resolución son:
Actuaciones anteriores
El edificio se
desarrolla en un lote de forma irregular cuya
cabida suma 5000.00 m², ubicado en la carrera 27 No 37-40 del Barrio
Mejoras Publica de la ciudad de Bucaramanga, el cual tiene un solo vecino que
es por el oriente el parque de Mejoras Publicas sin edificación en la
colindancia. Aprobación de licencia de construcción en la modalidad de obra
nueva Nº 68001-1-10-0294 del 19 de diciembre de 2011, con Prorroga de licencia
Nº R-0017 del 19 de diciembre de 2013, que da vigencia por un año más hasta el
19 de diciembre de 2014, para plataforma de cuatro
sótanos y dos pisos para 632 parqueaderos, y áreas de servicios en los sótanos,
primero y segundo piso, 5 locales de comercio zonal grupo 1, sin uso específico
definido, que acceden por la Avenida La Rosita y área sociales y de servicios
en primer piso, y segundo nivel de los locales antes referenciados y áreas de
servicios en segundo piso; Dos torres diferenciadas entre sí por la modulación
estructural, siendo una torre de 15 pisos para comercio en una sección del piso
1 al 15, para 8 locales y 119 oficinas de comercio de oficinas grupo 1, sin uso
específico definido, y otra sección para vivienda multifamiliar del piso 8 al
14, para 35 apartaestudios, quedando de a 5 por piso, y la otra torre de 36
pisos para vivienda multifamiliar que se desarrolla a partir de tercer piso
sobre la plataforma, para 286 apartamentos y áreas sociales y recreativas.
Aprobación de licencia de modificación N°
68001-1-14-0241 del 16 de enero de 2015, que consiste en
modificaciones espaciales de la siguiente manera: en el sector GREEN de la
edificación donde el uso predominante es la vivienda lo modificado es así:
10.80 m² en el sótano 4, consistente en cambios de distribución espacial
reubicando el cuarto de bombas; 1.57 m² en cada uno de los sótanos 3 y 2 en
redistribución espacial cerca del punto fijo del acceso principal a la zona de
vivienda; 33.22 m² en el sótano 1 para redistribución espacial cerca del punto
fijo del acceso principal a la zona de vivienda y en cambios de la modulación
de las bodegas B-112 a la B-117, quedando agrupadas en un solo espacio las
bodegas B-112 y B-113, B-114 y B-115, B-116 y B-117; 77.88 m² en el primer piso
con cambios arquitectónicos en el local 5 de este sector para crear el local 6,
reubicación del baño del lobby, ajustes del cuarto de aseo del lobby y
reubicación del parqueadero Nº 406 destinado a visitantes; 88.88 m² en el segundo
piso, modificando el segundo nivel del local 5 por motivo de la creación del
local 6, hacer un módulo de medidores eléctricos donde estaba el parqueadero Nº
406 y hacer otro módulo de medidores eléctricos donde se habían proyectado
inicialmente dos bodegas de los residentes; 22.50 m² en el primer piso para
rediseñar la zona de baños de la piscina de niños; 32.4 m² en el piso 32 para
la modificación de la rampa y escalera que accede a área común de jardín
cubierto incluyendo unos controles; 934.56 m² en el piso 33, para incluir como
área construida el área de vivienda de este nivel; 44.40 m² en el piso 36,
consistente en cambios de distribución espacial en los dos apartamentos 01 y 02
que se ubican al costado norte; 14.03 m² en el piso 37, consistente en
reubicación de escalera interna del apartamento 03 y en zona de alcoba de
servicio y baño de servicio en los cuatro apartamentos de este nivel; 14.03 m²
en el piso 38, consistente en
reubicación de escalera interna del apartamento 03 en el segundo nivel y en
zona de baño de la alcoba principal de los cuatro apartamentos dúplex que
integran el piso 37 y 38; 149.2 m² en el piso 39, consistente en modificación
espacial de los cuartos de máquinas, para un subtotal modificado de 1424.15
m². Lo modificado en este sector son 1300.15 m² para vivienda y 124.00 m²
para comercio.
En el sector GOLD de la
edificación donde el uso predominante es el comercio, lo modificado es así:
1656.80 m² en el sótano 5, como nivel nuevo de estacionamientos con 39
parqueaderos; 146.40 m² en el sótano 4 consistente en pasar un foso nuevo de
ascensor, trabajar este nivel como una sola unidad de estacionamientos quitando
un muro divisorio y anular una rampa vehicular para reubicar cuatro (4)
parqueaderos; 26.7 m² en cada uno de los sótanos 3 y 2 consistente en reducir
en dos estacionamientos cada nivel para incluir un nuevo foso de ascensor y su
circulación de acceso; 39.80 m² en el sótano 1, consistente en reducir en dos
estacionamientos cada nivel para incluir un nuevo foso de ascensor y su
circulación de acceso y crear la caseta de control de acceso a esta unidad
comercial de parqueo que comprende los sótanos 3, 2 y 1 que acceden por la
Avenida la Rosita; 5.40 m² en primer piso para incluir un nuevo foso de
ascensor que viene desde el sótano 4 y termina en este nivel; 42.90 m² en el
segundo piso, consistente en modificación espacial incluyendo dentro del área
del local 2 de este piso la terraza cubierta que era de esta misma unidad
comercial; 1097.50 m² en el tercer piso, para redistribución total de dos
grandes oficinas abiertas que habían en este piso quedando 20 locales de
comercio de oficinas grupo1 sin uso específico definido y creación de dos
baterías de baños comunes de acceso inmediato al punto fijo; 7.55 m² en el
cuarto piso, con ajustes de distribución espacial en área de servicios del
local 402 y en áreas comunes de servicios de acceso inmediato al punto fijo;
60.64 m² en cada uno de los pisos 5, 6 y 7, con redistribución espacial de
áreas de baños de las oficinas Nº 4, 5, 6, 7, 8, 9, 1, 12, 13 y de baterías
sanitarias comunales de cada nivel; 34.85 m² en cada uno de los pisos 8, 9, 10,
11 y 12, consistente en redistribución de áreas de baterías sanitarias
comunales; 13.57 m² en el piso 13, para redistribución de batería sanitaria
común en el sector de oficinas de este nivel; 483.29 m² en el piso 14,
consistente en cambio de uso reubicando el restaurante para en este nivel crear
dos nuevos locales de comercio de oficinas grupo 1 sin usos especifico definido
y redistribución espacial apartaestudio Nº 3 quedando de un solo nivel; 643.95
m² en el piso 15 con redistribución y adición de área para reubicar el
restaurante y 190.94 m² en el altillo para adición de área del local del
restaurante con una parte fija y otra móvil que es una plataforma giratoria con
cubierta liviana e inclinada; para un subtotal modificado de 4737.13 m².
Lo modificado en este sector son 4690.53 m² para comercio y 46.60 m² para
vivienda.
Área total intervenida 6161.28 m².
3.2.2 Actual intervención
Aprobación
de modificación de licencia vigente Nº 68001-1-14-0241 del
16 de enero de 2015, con vigencia hasta el 16 de enero de 2017; lo aprobado en la presente actuación consiste en
modificaciones espaciales del sector GOLD, del proyecto que se identifica GREEN
GOLD, las cuales son la siguiente
manera: 14.90 m² en el sótano 5, para reubicar en este nivel de parqueadero
comunal, el estacionamiento N° 81 destinado a discapacitados, libre de
afectaciones estructurales y dejando un paso de circulación vehicular de 4.61
m; 107.58 m² en el sótano 4, reubicando en este nivel medidores eléctricos, sub
estación eléctrica y planta eléctrica y además dividir un espacio de bodega
para crear una nueva bodega quedando con los números de bodega 9 y 10; 9.08 m²
en el sótano 3 dividiendo un espacio de bodega, para crear una nueva bodega
quedando con los números de bodegas 7 y 8; 26.70 m² en el sótano 1, en el cual
se rediseña el espacio interno dentro del local de parqueadero público,
quitando los baños porque están por debajo del nivel de descarga de las aguas
negras, ampliando así el área del estacionamiento N° 52; 554.70 m² en el piso
1, reubicación de cuarto técnico de vigilancia y baño común de nivel de acceso
apto para discapacitados, para crear dos estacionamientos más en el área común
de parqueaderos de comercio y oficinas identificados con los números N° 167 y
168 y división del local 101 para crear un nuevo local denominado local 102;
306.03 m² en el piso 2, redistribuyendo el mezzanine del local 101, para pasar
una parte al local 102 de primer piso; 1093.21 m² en el piso 3, presenta una
redistribución total de este nivel para pasar de 20 oficinas a dos (2) locales
– oficina llamadas 301 y 302; además se redistribuye las áreas comunes de
servicios sanitarios para integrar una parte a la oficina 302, con uso de
bodega y baños y en la zona común queda un baño para discapacitados y un cuarto
de aseo; 530.24 m² en el piso 4, rediseño del área del local – oficina 402,
para crear ocho (8) oficinas independientes y además presenta redistribución de
área común, de servicios sanitarios quedando dos baterías sanitarias para
mujeres y hombres y un módulo sanitario para discapacitados; 18.93 m² en cada
uno de los pisos 5, 6 y 7, redistribución de área común del baño de hombres de
cada piso, para dar más espacio al baño de minusválidos; 1.93 m² en el piso 8,
presenta una redistribución del apartaestudio 803 y del área común, quitando
una bodega para integrar este espacio a la unidad de vivienda para uso de baño;
9.19 m² en el piso 13, donde en el área común de equipamiento del área
comercial y de oficinas se pasa un área de depósito a baños; 237.00 m² en el
piso 15, redistribución de este nivel, donde una parte del local de restaurante
pasa a comercio de oficinas identificando este espacio como oficina 1501,
reducción del área construida que se ubicaba por detrás del punto fijo,
quedando ahora como terraza que conlleva a la reubicación de la cocina del
restaurante y otras áreas de servicio, cambios en el punto fijo y rediseño de
la comunicación interna del nivel 1 del local de restaurante con el altillo de
esta unidad; 66.95 m² en el altillo, que es una redistribución de la zona fija
del segundo nivel del restaurante por motivo del cambio de punto fijo interno
de acceso a este nivel, sin intervenir la plataforma giratoria; para un total
modificado de 3014.30 m². Del total intervenido 3012.37 m² es área
modificada en comercio y oficinas y 1.93 m² es de vivienda y el cuadro de áreas
modificadas es así:
El
sector GOLD del edificio GREEN GOLD, en la presente actuación queda 166
parqueaderos que se distribuyen del sótano 5 al primer piso accediendo vehicularmente por la calle 37 en el primer
piso, de los cuales 154 cupos de parqueo son los que cubren la exigencia de
área de venta y 12 estacionamientos son adicionales a los requeridos por norma
y se aprobaron en actuaciones anteriores como bonificación al exceso de área
construida del índice de construcción; presenta un local de parqueadero público
que accede por la avenida La Rosita por el primer piso y presenta 66
parqueaderos, que se distribuyen en los sótanos 1, 2 y 3 y son parte de los
parqueaderos con los cuales en las anteriores actuaciones administrativas se
tomaron como bonificación para compensar el área excedida de índice de
construcción, por esa razón se identifican como VENTA A TERCEROS. Los otros 18
parqueaderos identificados con este término de venta a terceros se ubican en el
sector GREEN en el parqueadero de segundo piso que en esta actuación no se
interviene, para un total de 96 cupos de parqueo de la categoría de venta a
terceros. En esta misma etapa GOLD presenta en sótanos diez (10) espacios
denominados bodegas, que luego el constructor determinara su destino como bien
común de uso exclusivo o unidad privada y presenta en esta etapa ibídem dos (2)
locales – oficina en primer piso, que integran un mezzanine de una sección de
segundo piso; un (1) local - oficina en segundo piso; dos (2) grandes locales -
oficinas en tercer piso; un (1) gran local – oficina y ocho (8) oficinas independientes
en cuarto piso; veinte (20) oficinas en cada uno de los pisos tipo quinto sexto
y séptimo; diez (10) oficinas en cada uno de los pisos tipo octavo, noveno,
decimo, once y doce; cinco (5) oficinas en el piso trece y en otra sección de
este mismo nivel está el área de equipamiento comunitario del área comercial;
cuatro (4) oficinas en el piso catorce; un (1) local - oficina y un (1) local
de restaurante en el piso quince, este último integrando el altillo. Este mismo
sector GOLD del proyecto presenta una zona residencial que se desarrolla del
piso octavo al catorce con cinco (5) apartaestudios en cada piso para un total
de 35 unidades de vivienda, a las cuales se accede por el sector GREEN del
proyecto.
Las
áreas construidas definitivas del sector GOLD del proyecto se dan en el
siguiente cuadro de áreas construidas:
Resumen de descripción.
·
Unidades privadas: 171
unidades que presentan la siguiente distribución:
o Parqueadero privado: Un (1) local de parqueadero público con 66
estacionamientos (VENTA A TERCEROS).
o Locales: Ocho (8) locales – oficina; incluye el local de restaurante.
o Oficinas: 127 unidades privadas para comercio de oficinas del piso 3 al
15
o Vivienda: 35 apartaestudios que se distribuyen del piso octavo al
catorce.
·
Otros usos: Diez (10) espacios
denominados bodegas.
·
Parqueaderos proyectados:
Presenta un total de 166 cupos de parqueo que se distribuyen de la siguiente
manera:
o Parqueaderos de vehículos: 154 que cubren la exigencia de área de venta
de los usos comerciales.
o Parqueaderos de vehículo adicional: doce (12) estacionamientos
adicionales aprobados en anteriores actuaciones como bonificación al exceso de
área construida del índice de construcción.
Estas
obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente
providencia.
Parágrafo 2:
Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto
arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y
condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de
acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Clasificación del proyecto
En atención al tipo de edificio este se
clasifica de la siguiente manera:
Análisis de las determinantes urbanas del predio.
Norma 05-427 UN Predio 010200270004000
·
El uso residencial
multifamiliar, el uso comercial de comercio zonal grupo1 sin uso específico
definido y el uso comercial de comercio de oficinas grupo 1 sin uso específico
definido, son usos complementarios permitidos en área de actividad Dotacional
Tipo 1 y el uso comercial de comercio de cobertura zonal de restaurante, es un
uso complementario permitido en esta área de actividad ibídem.
·
En la presente actuación
administrativa lo que se aprueba son modificaciones que no interfieren con
ningún aspecto normativo aplicado en las anteriores actuaciones administrativas
porque no incluye nuevos usos o actividades solo hace redistribución de lo
aprobado como puede verse en la descripción, es más el área total construida de
la etapa GOLD del proyecto, queda de 24858.64 m².
·
El proyecto CUMPLE con
el artículo 246 del decreto 078 de 2008, dejando al interior del paramento de
construcción, para el área de venta de 9080.25 m², 155 cupos de parqueo
superando en tres unidades de parqueo el mínimo exigido, estos estacionamientos
son los Nº 378 en el primer piso de la etapa GREEN y 154 parqueaderos de los
166 estacionamientos que proyecta en los sótanos 5, 4, 3, 2, 1 y primer piso
que acceden por la calle 37.
Separación sísmica
·
El proyecto de la presente actuación no aplica
la separación sísmica dado que la licencia de construcción N° 68001-1-10-0294
del 19 de diciembre de 2011 y con prorroga R-0017 del 19 de diciembre de 2013 y
la licencia de modificación N° 6800-1-14-0241 del 16 de enero de 2015, fueron
analizadas y aprobadas bajo la vigencia de la norma sismo resistente NSR-98,
dado que la solicitud de la primera licencia se radico dentro de su periodo de
vigencia. Por tanto CUMPLE.
Norma sismo resistente títulos J y K
·
Teniendo en cuenta lo aclarado por LA COMISION
ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES en el
acta 108 del 19 de noviembre de 2012, en la cual ante consulta sobre criterios
de aplicación de los títulos J y K de la norma original con la que se aprobó
una edificación o de la vigente en el momento de la modificación; la comisión
en dicha acta contesto que según A.10.1.3.7 en cuanto a edificaciones que se
adecuen, amplíen o modifiquen según A.10.1.3.2 y A.10.1.3.4 el cumplimiento de
los títulos J y K debe hacerse teniendo en cuenta la norma original, el derecho
adquirido en la licencia inicial y dentro de los criterios de K.3.1.2 y
K.3.3.2.2 y los planes de ordenamiento territorial, sin que esto signifique
ajustar el proyecto totalmente a las nuevas exigencias. Por lo anterior el proyecto
de la presente actuación no aplica las normas de los títulos J y K de la norma
NSR-10, dado que la licencia de construcción N° 68001-1-10-0294 del 19 de diciembre de 2011 y con prorroga R-0017 del
19 de diciembre de 2013, fue analizada y aprobada bajo la vigencia de la
norma sismo resistente NSR-98, en la cual no se exigían normas de protección a
la vida humana y el POT de Bucaramanga aplicable a este edificio con licencia
vigente es del decreto 078 de 2008, donde no incluye normas en este aspecto. Por
tanto CUMPLE.
Artículo 2o.:
Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente
resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015
y de lo contemplado en el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 3o.:
Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro
del trámite, en los términos del Artículo
2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015. Si no se pudiere hacer la notificación
personal, se notificará
por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo
4o.:
La licencia de construcción tendrá la misma vigencia de la Licencia de
Modificación No 68001-1-14-0241, Vigente hasta 16 de Enero de 2017.
Artículo 5o.:
Ordenar la publicación de la parte resolutiva del
presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un
periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web
corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.:
Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el
Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en
su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque,
de acuerdo a lo establecido en el artículo del Decreto 1469 de 2010 y el Código
Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.:
La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese,
publíquese y cúmplase.
Expedida
en Bucaramanga, el 10 de Octubre de 2016.