miércoles, 12 de octubre de 2016

Resolución Nº 134 de 2016 - 68001-1-15-0248

"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE  UNA
DEMOLICIÓN - CONSTRUCCIÓN (OBRA NUEVA)
Bajo el radicado Nº 68001-1-15-0248   
EXPEDIDO EL LUNES 12 DE OCTUBRE DE 2016
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
 ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE

Artículo 1o.: Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de MODIFICACION DE LICENCIA VIGENTE para uso de Comercio y Servicio a FONSECA AMAYA INVERSIONES S.A.S.,  con Nit Nº. 900663864-6,  en su calidad de propietario del predio localizado en la CALLE 50  28 25/CARRERA 28 49 29/43 SOTOMAYOR de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el número predial 010200970019000/18000/14000, matrícula inmobiliaria 300-52101/300-49992/300-48612, para que de acuerdo con la Norma Urbanística NUR0289-13, que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga.

Parágrafo 1: Las obras autorizadas por la presente resolución son:

Descripción del proyecto 

Actuaciones anteriores

El edificio se desarrolla en un lote de forma irregular cuya  cabida suma 1086.00 m², ubicado en la calle 50 No 28-25 y/o Carrera 28 No 49-29/43 del Barrio Sotomayor de la ciudad de Bucaramanga, el cual tiene como vecinos para la presente intervención una edificación de dos pisos al occidente y tres pisos al oriente. Aprobación de licencia de construcción en la modalidad de ampliación – modificación Nº 68001-1-13-0298 del 28 de octubre de 2014, para Aprobación de licencia de ampliación-adecuación, consistente en ampliar en área y altura edificación de tres pisos con cubierta liviana e inclinada para comercio local y parqueadero con licencia de Demolición-Construcción 68001-1-10-0427 ubicado en la Calle 50 Nro. 28-25/31 del barrio Sotomayor, identificado con el número predial 010200970014 y número de matrícula inmobiliaria 300-48612; cambiando el uso inicial aprobado a comercio de oficinas grupo 1 sin uso específico, actividad complementaria del uso principal Residencial Tipo 2 en la cual está ubicado, ampliar su área construida y su altura a 7 pisos, con cubierta liviana e inclinada y placa plana de concreto para el punto fijo frontal; comunicándose con la segunda fase del proyecto a través del punto fijo ubicado en la parte posterior nororiental que comunica a las dos fases en los tres niveles de sótanos para parqueaderos; con un área ampliada para el punto fijo de 54.26 m² en sótano 1, 54.26 m² 2 en sótano y 54.26 m² en sótano 3, 88.50 m² en el primer piso, 69 m² en  segundo piso , 187.86 m²  en tercer piso, 345 m² cuarto, 345 m²  en quinto, 345 m² en sexto piso  y 294 m² séptimo piso, 32 m² cuarto de máquinas, con un área total ampliada de 1.869,14 m².
Aprobación de licencia de modificación y adecuación, consistente en  cambiar el uso y modificar espacialmente secciones en la parte frontal de la primera fase de la edificación a comercio de oficinas grupo 1 en los tres primeros pisos, para adaptar los espacios de la oficinas y sus zonas de servicios; lo modificado es de 275.06 m² en primer piso, 281 m² en segundo piso y  167.14 m² en tercer piso. Total modificación y adecuación 723.20 m².

Aprobación de obra nueva, para edificación de comercio de oficinas grupo 1, actividad complementaria del uso principal Residencial Tipo 2 en la cual se ubica, construyendo la segunda fase del edificio de oficinas, en el lote ubicado en la  Cra 28 Nro. 49-35/43 del barrio Sotomayor con número predial 010200970018/0019 y matriculas inmobiliarias 300-52101/49992, con tres niveles de sótanos para 54 parqueaderos y 11 pisos para las oficinas, sus zonas de servicios de apoyo y administración, con cubierta liviana e inclinada y placa plana de concreto para el punto fijo frontal, comunicándose en los tres niveles de sótanos con la primera fase de la edificación a través del punto fijo ubicado en la parte posterior convergente de los lotes a intervenir, contando con dos salidas protegidas todos los niveles de sótanos; con un área construida de 513.74 m² en sótano 1, 513.74 m² en sótano 2 y 513.74 m² en sótano 3, 342 m² en el primer piso, 332 m² en el segundo piso, 406 m² en el tercer piso, 370 m² en cada uno de los pisos desde el cuarto piso hasta el décimo, 320 m² en el décimo primer piso y 21 m² cuarto de máquinas, con un área total construida de 5.552,22 m².
Área total intervenida: 8.144,56 m².

Descripción del proyecto intervenido

Aprobación de modificación de licencia vigente Nº 68001-1-13-0298 del 28 de octubre de 2014, consistente en modificaciones espaciales de la fase II de la obra licenciada que es la edificación comercial que accede vehicularmente y peatonalmente por la Carrera 28 No 49-29/43 del Barrio Sotomayor, que consiste en modificaciones espaciales en los sótanos de parqueaderos con redistribución dado que se quita el eleva coches y se crea una rampa vehicular que va del sótano 1 al sótano 2 y del sótano 2 al sótano 3, de igual forma se crea un puesto de eleva coches que comunica del sótano 1 a nuevos parqueaderos en los pisos 3, 4, 5 y 6; también hay modificaciones espaciales en primero y segundo piso quitando en cada nivel de comercio de oficina grupo 1 las áreas de servicio, cambios espaciales debido al paso del eleva coches de pisos superiores, reubicando una sección en la zona posterior de primer piso para cafetería y batería de baños y también presenta modificaciones en el punto fijo; otro tipo de modificación es cambiar el uso comercial de oficina por el comercio de cobertura local de DORMITORIOS ESCOLARES, con código de uso N° 5590 conforme al Decreto Municipal N° 0035 de 2013; del piso 7 hasta una sección del piso 11, con cambios totales de distribución espacial para crear las unidades de dormitorio y zonas de circulación que dan acceso en cada piso a estas unidades, incluyendo cambios en el punto fijo; las áreas intervenidas son 46.65 m² en el sótano 3; 71.65 m ² en el sótano 2; 62.37 en el sótano 1; 45.80 m² en primer piso; 108.18 m² en segundo piso; 335.31 m² en cada uno de los pisos 7 y 8; 306.45 m² en cada uno de los pisos 9 y 10 y 187.45 m² en el piso 11; para un total modificado de 1805.62 m². La presente modificación de licencia vigente incluye la adecuación de los pisos tercero al sexto que pasan de comercio de oficinas a área de servicio de parqueaderos de la edificación; las áreas adecuadas son 340.05 m² en cada uno de los pisos 3, 4, 5 y 6; para un total adecuado de 1360.20 m². La presente actuación presenta ampliación con aumento de área y altura de la edificación comercial pasando de 11 pisos a 17 pisos; lo ampliado es para el comercio de cobertura local de DORMITORIOS ESCOLARES, con código de uso N° 5590 conforme al Decreto Municipal N° 0035 de 2013, que se desarrollara en los pisos 11 al 15 y áreas de servicios sociales y recreativos de toda la edificación comercial en los pisos 16 y 17, con cubierta plana de concreto; lo ampliado es de 77.27 m² en el piso 11, 350.12 m² en cada uno de los pisos 12 al 15; 303.82 m² en el piso 16 y 191.69m² en el piso 17; para un total ampliado de 1973.26 m².

Área total intervenida de 5139.08 m².

Resumen de descripción.

Con la presente actuación el Edificio de la Fase II queda con las siguientes unidades privadas y áreas comunes:
·         Unidades de comercio de dormitorios escolares: 51 dormitorios.
·         Unidades de oficinas: 1 oficina grupo 1.
·         Parqueaderos comunes fase I y fase II en pisos 3, 4, 5 y 6: 48 estacionamientos quedando de a 12 por piso.
·         Parqueaderos comunes fase I y fase II, en sótanos 1, 2 y 3: 51 estacionamientos con la siguiente distribución:
o    Sótano 1: 15 estacionamientos.
o    Sótano 2: 17 estacionamientos.
o    Sótano 3: 19 estacionamientos.
·         Ares comunes fase I y fase II con la siguiente distribución:
o    Piso 16: 233.02 m² construidos en salón social, oficina de administración, servicios y presenta área libres de terraza.
o    Piso 17: 117.68 m² construidos en gimnasio, spa y servicios y presenta áreas libres de terrazas – solárium y jacuzzi.      
Estas obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente providencia.

Parágrafo 2: Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:

Clasificación del proyecto

En atención al tipo de edificio de la fase II, este se clasifica de la siguiente manera: 


Análisis de las determinantes urbanas del predio. Norma NUR0289-13 Predio 010200970018/0019000

·         La presente actuación es solo en la Fase II de lo aprobado en la licencia vigente Nº 68001-1-13-0298 del 28 de octubre de 2014.
·         Los usos comerciales de comercio de oficinas grupo 1, sin uso específico definido y el comercio de cobertura local denominado DORMITORIOS ESCOLARES, con código de uso N° 5590 conforme al Decreto Municipal N° 0035 de 2013; son usos complementarios permitidos en área de actividad Residencia Tipo 2.
·         Presenta licencia de construcción en la modalidad de ampliación – modificación68001-1-13-0298 del 28 de octubre de 2014.
·         La presente actuación no modifica áreas construidas en ningún piso de la Fase I, tampoco cambia los usos aprobados para esta sección del proyecto; manteniendo lo aprobado en la licencia de construcción en la modalidad de ampliación – modificación Nº 68001-1-13-0298 del 28 de octubre de 2014.
·         En la presente actuación la Fase II, es la que se interviene y queda con una oficina de comercio de oficinas grupo 1 que ocupa los dos primeros pisos, 51 parqueaderos que se distribuyen en los sótanos 1, 2 y 3; 52 parqueaderos distribuidos en los pisos 3, 4, 5 y 6; comercio de cobertura local de Dormitorios Escolares integrado por 51 unidades, quedando ocho (8) unidades  de dormitorio en cada uno de los pisos 7 y 8 y cinco (5) unidades de dormitorio en cada uno de los pisos 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15; áreas sociales y administrativas “salón social” y oficina de administración en el piso 16; y áreas recreativas “gimnasio, spa, jacuzzi” y de servicios “lavandería” en el piso 17.     
·         El proyecto CUMPLE con el artículo 246 del decreto 078 de 2008, dado que para el área de venta de comercio de oficinas grupo 1 de 1327.16 m² que comprende la Fase I y la Fase II de la edificación, requiere de 33 estacionamientos y para el área de venta de comercio de cobertura local de Dormitorios Escolares de 1616.50 m² que se ubica en la Fase II de la edificación, requiere de 32 estacionamientos; con un total requerido por norma de 65 parqueaderos y en planos arquitectónicos presenta 99 estacionamientos, quedando 51 distribuidos en sótanos y 48 distribuidos en los pisos 3 al 6.
·         El proyecto CUMPLE con el artículo 543 del decreto 078 de 2008, y al artículo 11 del decreto 1538 de 2005, proyectando 69 cupos de parqueo de dimensiones amplias, superando el mínimo exigido que serían 39 estacionamientos; de estos 62 parqueaderos son de un promedio de 2.50 metros X 5.00 metros, y siete (7) estacionamientos apto para uso de minusválidos, con un ancho de 3.81 metros X 5.00 metros de profundidad e identificados con el símbolo de silla de ruedas ubicado en el sótano 4; los otros parqueaderos proyectados son de medidas mínimas de 2.20 metros de ancho X 4.00 metros de fondo.



·         El proyecto en la presente actuación administrativa mantiene el cumplimiento al artículo 447 del decreto 078 de 2008 en las cesiones para los copropietarios, denominadas cesiones tipo B, de forma proporcional a los usos y a las áreas construidas, para zonas verdes y juegos el 4% del área neta de comercio con 180.50 m² que se cumplen con las áreas libres de terrazas delos pisos 16 y 17, antejardín, superando el área mínima exigida de 117.74 m² y el 1% del neta de comercio para la oficina de administración con un área de 32.50 m², superando el área mínima de 29.44 m²; sin embargo el proyecto dispone de otras áreas comunes como lo es el salón social, el SPA, el gimnasio, lavandería, el Jacuzzi y áreas técnicas de planta eléctrica, subestación eléctrica para un área total de 574.12 m². Por tanto CUMPLE.
·         El proyecto en la presente actuación administrativa mantiene el cumplimiento del  perfil vial de la carrera 28 soportado en el oficio en el oficio GDT- 4515 del 1 de octubre de 2013, de la Secretaria de Planeación Municipal, manteniendo el paramento de construcción a 11.00 mts del eje de la vía que es el centro de la actual calzada. Por tanto CUMPLE.
·         El proyecto CUMPLE con lo reglamentado en el artículo 520 del decreto ibídem, dado que el lote es de forma irregular, el aislamiento posterior se aplica por promedio ponderado. Quedando un aislamiento promedio de 192.06 m², superior al promedio ponderado de 59.82 m²; para mayor comprensión de la aplicación de la norma ver cuadro anexo.



·         El jacuzzi del proyecto CUMPLE con lo reglamentado en la ley 1209 de 2008, decreto 2171 de 2009, acuerdo municipal 024 de 2009 y la resolución 1510 de 2011, al proyectar un acceso controlado y andenes de 1.20 mts que bordean el estanque, ajustándose al mínimo reglamentario y también de acuerdo a esta normatividad dota este servicio de baterías sanitarias proyectadas para cada sexo, dotándolas de ducha, adicional a los servicios proyectados de sanitario y lavamanos, en ambos baños y un orinal en el baño de hombres, y señala la profundidad del estanque que 0.50 mts, quedando en el nivel +44.95.
·         El proyecto de la fase II CUMPLE con lo reglamentado en el decreto 1538 de 2005, presentando tres baños para discapacitados, quedando uno en el primer piso en el primer nivel del local de comercio de oficina grupo 1, otro en el segundo piso del local de comercio de oficina y el tercero en el piso 17 en el área común del comercio; de igual forma en cada nivel de parqueadero presenta un estacionamiento apto para discapacitados e identificado con el símbolo de silla de ruedas para un total de siete (7) parqueaderos superior al mínimo exigido de dos estacionamientos con estas características y permite la accesibilidad desde el sótano 3 hasta el piso 17 al contar con dos (2) ascensores.
·         En los pisos noveno al quince hacia las medianías se autorizan ventanas altas, ubicadas a una altura de 2.00 mts, solo para ventilar e iluminar espacios internos de baños, áreas de ropas en las unidades de dormitorio universitario N° 01, 03 y 05 y el área de estudio en la unidad de dormitorio universitario N° 03; quedando a 2.00 mts del lindero por el occidente y a 1.40 mts del lindero oriental; por tanto CUMPLE, así con lo reglamentado en el Código Civil Colombiano, no presentando en ningún momento servidumbre de vista y tampoco presenta servidumbres de luz.   

Espacio público y Normas de accesibilidad

·         El espacio público no se interviene en la presente actuación, todo lo aprobado es al interior del paramento de construcción sin afectarlo. 

Análisis normativo NSR-10


Separación sísmica.

De acuerdo a las alturas de las edificaciones de la colindancia, (Occidente y Oriente) que son de dos pisos (2) al occidente y tres pisos (3) al oriente se aplicara una separación sísmica por el occidente y el oriente del 1% a partir del piso 4. Atendiendo a la tabla A.6.5-1 de la norma NSR-10 se encuentra que el edificio CUMPLE, pues deja una separación por el occidente de 1.00 mts del piso 3 al 8 y de 2.00 mts del piso 9 al 16 y de 5.20 mts en el piso 17, superando el mínimo exigido de 0.48 mts en el nivel superior de la cubierta del piso 17; por el oriente en el piso 3 se separa en una sección 0.87 mts y en otra sección 0.17 mts superior al mínimo exigido de 0.08 mts en el nivel superior del entrepiso que cubre el piso 3; del cuarto al sexto piso, se separa las mismas distancias del tercer piso, siendo muy superior en una sección y en la otra se ajusta a la mínima exigida de 0.17 mts en el nivel superior del entrepiso que cubre el sexto piso; del piso 7 al 17 se separa en una sección 0.87 mts y en otra sección 1.20 mts superior al mínimo exigido de 0.49 mts en el nivel cubierta del cuarto de máquinas. La separación por piso se observa en la tabla denominada Aislamiento Sísmico.


Instrumentos sísmicos

Dado que la edificación proyectada es de un área construida menor a 20000.00 m², no requiere disponer de espacios para la instalación de instrumentos sísmicos. 
            
Capítulos J y K. Norma sismo resistente NSR-10

Propósito y alcance (J.1.1) Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los capítulos J y K  de la norma sismo resistente colombiana NSR-10, frente a la configuración arquitectónica, estructural, hidráulica, eléctrica, necesarios para la protección contra incendios en edificaciones y las especificaciones mínimas que deben cumplir los materiales utilizados con el propósito de proteger contra la propagación del fuego interior y hacia las estructuras aledañas. En consecuencia, el propósito del título J es el de establecer dichos requisitos con base en las siguientes premisas:

a) Reducir en todo lo posible el riesgo de incendios en edificaciones
b) Evitar la propagación del fuego tanto dentro de las edificaciones como hacia estructuras aledañas.
c) Facilitar las tareas de evacuación de los ocupantes de las edificaciones en caso de incendio.
d) Facilitar el proceso de extinción de incendios en las edificaciones.
e) Minimizar el riesgo de colapso de la estructura durante las labores de evacuación y extinción.


Clasificación de la edificación según ocupación y subgrupo de ocupación. (J.1.2; K1; K2). El arquitecto diseñador ha clasificado el edificio en el grupo residencial, subgrupo residencial multifamiliar (R-2), al desarrollar la actividad de dormitorios universitarios en los pisos 7 al 15 y también lo ha clasificado en el grupo de almacenamiento, subgrupo de almacenamiento de riesgo moderado – estacionamientos (A-1) que se desarrolla en los sótanos 1, 2 y 3 y en los pisos 3 al 6; también se clasifica en el grupo de lugares de reunión, subgrupo de lugares de reunión social y recreativo (L-3) que se desarrolla en el piso 1 en la zona posterior descubierta, en el piso 16 y las terrazas descubiertas del piso 17 y subgrupo de lugares de reunión deportivo (L-1) que se desarrolla en el piso 17; grupo comercial, subgrupo comercial servicios – oficinas (C-1) se desarrolla en los pisos 1 y 2 para el local comercial de oficina y la portería del edificio y en el piso 16 para la oficina de administración.



Edificación nueva o existente. (A.10.1.3.7, K.3.3.2.2). El edificio en subgrupos A-1, C-1, L-1, L-3 y R-2, es una estructura nueva que aplica en un 100% la norma de seguridad humana  de los Titulo J y K de la Norma NSR-10, para preservar la vida de los ocupantes y se evaluara por lo dispuesto en el código.  CUMPLE.

Establecer el número o carga de ocupantes (k.3.3.1, K.3.2.2.2, K.3.3.2.2). El arquitecto diseñador CUMPLE con lo reglamentado presentando el cuadro de cargas de ocupación de la edificación que presenta dos subgrupos A-1, R-2, L-3, L-1 y C-1, el cual es así:


Medios de Evacuación (K.3.1, K.3.83).

Normas Generales.  Requisitos, especificaciones y parámetros para el diseño, la construcción, la localización, la  protección, la disposición y el mantenimiento de los elementos requeridos para que las zonas comunes de las edificaciones puedan proporcionar medios de acceso y egreso adecuados y medios de evacuación seguros en las edificaciones. (K.3.1.1).

·         Para efectos de licencias de construcción no se permite modificar el uso y tipo de ocupación de manera que en las zonas comunes se reduzca el número de salidas o su capacidad a valores inferiores a los prescritos en el capítulo K (K.3.1.2)
·         Los planos arquitectónicos presentados cumplen con K.3.2.2.1 Disposición de salidas, presentando una salida protegida en los sótanos y dos salidas protegidas del piso 1 hasta el piso 17 para el segundo nivel del local 01 en el piso 2, para los parqueaderos del piso 3 al 6, para los dormitorios universitarios del piso 7 al 15 y las áreas comunes en pisos 16 y 17.
·         La edificación presenta la última planta habitable en el nivel + 44.80, siendo edificación de gran altura (K.3.1.3)  

Iluminación de salidas. Es responsabilidad del constructor aplicar lo dispuesto en los siguientes numerales:

·         K.3.2.4.1 Toda salida o vía de escape debe ser claramente visible y estar completamente señalizada de tal manera que todos los ocupantes mentalmente capaces de la edificación, puedan encontrar sin problema la dirección de salida y en tal forma que la vía conduzca, de manera inequívoca a sitio seguro.
·         K.3.2.4.2 Cualquier salida o pasadizo que no sea parte de una vía de escape, pero que por su carácter pueda tomarse como tal, debe estar dispuesta y señalizada de tal manera que se minimicen los riesgos de confusión y el peligro resultante para las personas que busquen escapar del fuego o de otra emergencia, así como para evitar que llegue a espacios que no conduzcan a una salida.
·         K.3.2.4.3 Todos los medios de evacuación deben estar provistos de iluminación artificial y de emergencia.
·         K.3.9.Iluminación de los medios de evacuación. Cumplir con los numerales:
o    K.3.9.1 Generales: K.3.9.1.1;  K.3.9.1.2; K.3.9 1.3;  K.3.9.1.5; K.3.9.1.6
o    K.3.9.2 Luces de emergencia: K3.9.2.1; K3.9.2.2; K3.9.2.3; K3.9.2.4; K3.9.2.5; K3.9.2.6; K3.9.2.7.
o    K.3.9.3 Cambios de fuentes.

Señalización de salidas. Es responsabilidad del constructor aplicar lo dispuesto en los siguientes numeral: 3.10 Señalización de salidas y aquellos que lo desarrollan: K.3.10.1; K.3.10.2; K.3.10.3; K.3.10.4.

Normas específicas por usos para medios de evacuación. K.3.11. a K.3.18.

K.3.18.2.1 El proyecto presenta del piso 1 al piso 17 dos salidas protegidas con muros cortafuego y puertas de seguridad. CUMPLE.

K.3.18.2.5 En primer piso la puerta de acceso peatonal a los dormitorios universitarios abre en el sentido de la evacuación como lo hacen las puertas de las salidas protegidas en este nivel. CUMPLE.

K.3.11.1 En los sótanos 3, 2 y 1 de parqueaderos se permite una salida protegida en cada nivel dado que el área construida en cada uno es menor de 900 m², ajustándose a lo mínimo reglamentado y en los pisos 3, 4, 5 y 6, de parqueaderos aunque cada piso es de área menor a 900 m² se presentan dos salidas protegidas dado que son las saldas que vienen bajando desde el piso 17. CUMPLE.

K.3.11.1.2 En los sótanos 3, 2 y 1 de parqueaderos dado que se permiten con una sola salida protegida por razones anteriormente explicadas, pero la distancia de recorrido hasta la única salida en determinados puntos de los parqueaderos es superior a 15.00 mts, se requiere y presenta rociadores automáticos. CUMPLE.

K.3.12.3.1 En el primer piso del local de subgrupo de comercial de servicios C-1 – Oficina, se permite una sola salida dado que entrega directamente en el espacio público, la carga de ocupación es inferior al centenar de personas siendo exactamente 98 personas y la distancia de recorrido es menor o igual a 30.00 mts y en el proyecto presenta 29.00 mts, pero además presenta rociadores automáticos que de acuerdo a la tabla K.3.6-1 por tener estos elementos se permite una distancia de recorrido hasta la salida de 90.00 mts; en segundo piso el segundo nivel de esta unidad comercial de oficina aunque tiene una comunicación interna por ser una sola unidad; en seguridad presenta una ruta de evacuación que descarga en las dos salidas protegidas que tiene la edificación. Por tanto CUMPLE.         

Grupos R, C, A y L. Aplicables a los dormitorios R-2,  Oficina C-1, estacionamientos A-1 y lugares de reunión L-3 y L-1.

K.3.3.4.2 Las vías de acceso o corredores que conducen a las salidas protegidas en cada piso son de anchos variables con un ancho mínimo en determinados puntos de 1.20 mts en los pisos 7 al 15, todos libres de afectación estructural y ajustándose al ancho mínimo reglamentario, que es el exigido para las escaleras. CUMPLE.
K.3.4.1.1 Teniendo en cuenta que el edificio supera el nivel +28.00 quedando el último piso en el nivel +44.80 se considera de gran altura, y requiere que presente dos salidas protegidas y la distancia entre ellas debe ser la mitad de la diagonal del edificio que  en este caso es de 29.80 mts por lo tanto la mitad de esta diagonal es 14.90 mts y en lo mínimo se permite el tercio de esta diagonal que seria 9.93 mts, pero con el manejo de rociadores y en planos presenta 11.25 mts y la proyección de los elementos de rociadores automáticos. CUMPLE.       
K.3.5.2.2 El edificio presenta una salida protegida descargando directamente en el espacio público y la otra salida protegida descarga en el lobby de acceso, siendo una salida fácilmente identificable libre de obstrucciones y protegido este espacio con rociadores automáticos; a lo cual el arquitecto proyectista coloca en planos arquitectónicos Nº 05 la proyección de los rociadores automáticos en el lobby de acceso a los dormitorios universitarios. CUMPLE.
K.3.7.1.1 Las salidas protegidas proporcionan protección contra el fuego y el humo a lo largo del recorrido por medio de separaciones levantadas con materiales no combustibles como los son los muros cortafuego o pantallas de concreto. CUMPLE.
K.3.7.1.2 Las aberturas de las salidas protegidas se protegen con marcos y puertas de materiales de combustión lenta cumpliendo con los requerimientos de resistencia al fuego de mínimo una (1) hora. CUMPLE.
K.3.8.2.1 Las puertas de las salidas protegidas presentan un vano de ancho mínimo de 1.00 mts, con una luz mínima efectiva de 0.90 mts entre borde de marcos y con una altura de 2.05 mts, superior a la altura mínima de 2.05; ver detalle en planta y alzado en el plano arquitectónico Nº 04. CUMPLE.
K.3.8.2.5 Las puertas de las salidas protegidas de los sótanos 3, 2 y 1 y del piso 2 al 17 que reciben carga de ocupación abren en el sentido de la evacuación es decir hacia el interior de las escaleras; las puertas de las salidas protegidas en el primer piso por ser de descarga de ocupantes abren en el sentido de la evacuación es decir hacia fuera de la escalera; todas deben tener en el sitio dispositivos de cierre automático con el fin que estas siempre permanezcan cerradas y en cada acceso presentan una distancia mínima de paso entre la puerta y la escalera de 0.65 mts que supera la mitad del ancho reglamentario de la escalera que es 1.20 mts. CUMPLE.  
K.3.8.3.3 Las escaleras de las salidas protegidas desde el sótano 3 hasta el piso 17 presentan un anchos de 1.20 mts ajustándose al mínimo permitido y siendo todo el recorrido libre de afectación estructural y presentan pasamanos en los ojos de cada escalera sin afectar el ancho de la circulación. CUMPLE
K.3.8.3.4 Dado que cada nivel sube 2.80 mts, las escaleras de la salida protegida que va del piso 1 al 17, presenta huellas de 0.28 mts cumpliendo con la medida mínima y 16 contrahuellas de 0.175 mts inferior al máximo permitido de 0.18 mts y en la otra salida protegida que va del sótano 3 hasta el piso 17, presenta huellas de 0.30 mts superior al mínimo permitido y contrahuellas de 0.16 mts inferior al máximo permitido de 0.18 mts; el ángulo de huella con contrahuella es 90º y las contrahuellas no son caladas, por lo anterior CUMPLE.
K.3.8.3.8 Una salida protegida presenta descansos de 1.20 mts en el sentido de la dirección del recorrido, ajustándose al mínimo exigido de 1.20 mts y la otra salida protegida presenta descansos de 1.78 mts y 1.50 mts. Por tanto CUMPLE   
K.3.8.3.9 Los pasamanos de las escaleras de las salidas protegidas, deben instalarse dentro del rango de alturas permitidas que oscila entre 0.85 mts y .95 mts. CUMPLE.
K.3.8.3.10 Las escaleras presentan una altura libre de 2.50 mts desde el sótano 3 hasta el piso 17, superiores al mínimo exigido de 2.10 mts. CUMPLE.  

Normas generales para la protección contra incendio en las edificaciones. (J.2).

El responsable de la construcción debe allanarse a lo dispuesto en el RETIE

Redes eléctricas, de gas y otros fluidos combustibles, inflamables y comburentes (J.2.2)

·         J.2.2.1 En el interior de la edificación y en lugar de fácil acceso para el Cuerpo de Bomberos deben instalarse dispositivos para interrumpir el suministro de gas, electricidad y otros fluidos combustibles, inflamables o comburentes.

·         J.2.2.2 Para la protección de las instalaciones eléctricas deben cumplirse los requisitos dados en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, RETIE, y en el Código Colombiano NTC 2050.

·         J.2.2.2.1 Lo sistemas eléctricos en zonas donde pueda existir el peligro de incendio o explosión debido a gases o vapores inflamables, líquidos inflamables, polvo combustible, etc., deben cumplir con los requisitos adicionales dado en el Capítulo 5 del Código Eléctrico Colombiano NTC 2050, “Ambientes Especiales” y en Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, RETIE. Al igual dichas zonas deberán dar cumplimiento al Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público RETILAP.

·         El RETIEL entro en vigencia el 1 de agosto de 2014 y debe dar cumplimiento a lo reglamentado, en este reglamento.

Acceso a la edificación (J.2.3.1).

·         J.2.3.1.1 Acceso frontal.  La edificación hasta el piso 11 que es el nivel +28.00 presenta acceso frontal para cuerpo de bomberos, en el cual para un perímetro de 83.10 m que corresponde al nivel de mayor área, el 8% de acceso frontal en vanos sobre las fachadas debe ser mínimo de 6.65 m² y conforme al artículo K.3.18.2.2 cada unidad de dormitorio universitario localizada a una altura menor o igual a 28.00 mts de altura debe tener una ventana libre para su apertura dispuesta para evacuación o rescate; el proyecto presenta un área de vanos de 93.80 m². CUMPLE.

·         J.2.3.1.2 Sobre el nivel del terreno.  La edificación hasta el piso 11 que es el nivel +28.00 dispone de accesibilidad directa desde el exterior de cuerpos de rescate con vanos de dimensiones de alturas y ancho superiores al mínimo exigido, siendo de 1.40 m de alto y anchos variables con un mínimo de 3.35 mts y antepechos de 0.90 mts de alto ajustados al máximo permitido. Los ejes entre los vanos de las plantas están por debajo de 25m; en los niveles superiores al nivel +28.00 los cuerpos de rescate acceden por las salidas protegidas. CUMPLE.

·         J.2.3.1.3 Bajo el nivel del terreno. Se proporciona acceso directo desde el exterior al sótano que está en los niveles -2.80, -5.60 y -8.40 por la  salida protegida y adicionalmente se puede acceder por el portón vehicular que es de 3.50 mts de ancho. CUMPLE.

·         No deben instalarse elementos que impidan o dificulten el acceso al interior del edificio a través de dichos vanos.

Prevención de la propagación del fuego hacia el exterior:

·         J.2.4.3 Construcciones sobre el techo. El techo del edificio corresponde una placa plana de concreto, el cual es un material incombustible. Los planos arquitectónicos no dan cuenta de estructuras sobre la cubierta, tales como antenas. CUMPLE.

·         J.2.4.5 Por lo menos un hidrante debe estar situado a no más de 100m de distancia de un acceso al edificio. Los demás deberán estar razonablemente repartidos por el perímetro de la edificación y ser accesibles para los vehículos del servicio del Cuerpo de Bomberos.

·         J.2.4.6 Los hidrantes de la red pública pueden tenerse en cuenta para efectos del cumplimiento del especificado en J.2.4.4.

·         J.2.5.1.6 Como la cubierta de la edificación es en cubierta plana de concreto, no le obliga a estar bordeada con muros cortafuego que sobresalgan 0.50 mts por encima del nivel de la cubierta; Por lo tanto CUMPLE.

·         J.2.5.8 Las fachadas deben esta construidas con materiales incombustibles. CUMPLE.

Riesgos de los contenidos (J-3)

Clasificación de la edificación en función del riesgo de pérdida de vidas humanas o amenaza de combustión.

·         J.3.3.2 Clasificación de la edificación en una categoría de riesgo. El edificio se ha clasificado de gran altura y ha sido categorizado en cuatro Grupos y seis subgrupos, en función de ello se clasificará el riesgo de pérdidas de vidas humanas o amenazas de combustión:

o    (A-1) La clasificación general de resistencia contra el fuego del área de sótanos en subgrupo de ocupación almacenamiento de riesgo moderado – estacionamiento por ser de un área construida promedio de 568.00 m², presenta un potencial combustible CC. de 5430.08 CC. > a 4000 CC. y < a 8000 CC. de acuerdo a la tabla J.3.3-2 presenta categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas II.
o    (A-1) La clasificación general de resistencia contra el fuego del área del piso tercero al sexto en subgrupo de ocupación almacenamiento de riesgo moderado – estacionamiento por ser de un área construida promedio de 362.12 m², presenta un potencial combustible CC. de 3461.87 CC. < a 4000 CC. de acuerdo a la tabla J.3.3-2 presenta categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas I.
o    (R-2) La clasificación general de resistencia contra el fuego de edificio Multifamiliar que se desarrolla en los pisos 7 al 15 con 51 unidades de dormitorios universitarios con área menor a 140m² de acuerdo a la tabla J.3.3-1 presenta categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas I.
o    (L-1 y L-3) La clasificación general de resistencia contra el fuego de las áreas de reunión deportivas y áreas de reunión sociales y recreativas que se desarrollan en el piso 16 y 17 siendo cada espacio con área < a 1000.00 m² de acuerdo a la tabla J.3.3-1 presenta categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas I.
o    (C-1) La clasificación general de resistencia contra el fuego de las áreas de oficinas de local de oficina en primero y segundo piso y portería en primer piso siendo cada espacio con área < a 1500.00 m² de acuerdo a la tabla J.3.3-1 presenta categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas III.
o    (C-1) La clasificación general de resistencia contra el fuego de las áreas de oficina de administración en el piso 16 y con área < a 1500.00 m² de acuerdo a la tabla J.3.3-1, presenta categoría de riesgo de pérdida de vidas humanas I.
o    La edificación en el primer piso de la edificación y en el piso 16, no presenta sectorización de subgrupos de ocupación, convirtiéndose el edificio en mixto y además la distancia de las salidas protegidas del piso 1 al 17 es inferior a la mitad de la diagonal de la edificación como se explicó en anteriores considerandos, y en los sótanos la distancia a la única salida protegida es superior a 15.00 mts; requiriendo por seguridad a la vida humana la proyección de rociadores automáticos en todos los pisos de la edificación; por estos aspectos de acuerdo al Acta Nº 115 de la COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES, se señala que SI se requiere de un sistema automático de rociadores en todo el edificio. 
o    Las salidas protegidas que se mencionan en los considerandos del título K, del presente análisis en planos se proyecta con muros cortafuego, que de acuerdo a las tablas J.3.4-3 y J.3.4-4 deben tener una resistencia al fuego de dos horas en los sótanos de parqueaderos y del piso 1 al 17 donde están los subgrupos comercial de oficina (C-1) en primero y segundo piso, de lugares de reunión (L-3) en primer piso, de parqueaderos del piso 3 al 6 (A-1), subgrupo residencial multifamiliar – dormitorios universitarios (R-2), subgrupo de lugares de reunión (L-3) y subgrupo comercial de oficina de administración  (C-1) en el piso 16 y lugares de reunión (L-1) y (L-3) no sectorizados en el piso 17; tres horas del piso 1 al 17; y los muros que presentan las salidas protegidas desde el sótano 3 hasta el piso 17, en unos extremos son  de un grosor de 0.10 mts que para cumplir en el sitio con la resistencia al fuego máxima de dos (2) horas que se exige en los sótanos y de tres (3) horas del piso 1 al 17, en planos el arquitecto proyectista señala que se acoge a la tabla J.3.5-2 de mampostería de concreto donde hay materiales que con este grosor dan la resistencia requerida en estos niveles, señalando en planos para los muros cortafuego el material de pómez o escoria expandida; otras secciones de cerramiento de las salidas protegidas son pantallas de concreto o columnas con grosores de 0.40 mts, 0.25 mts o 0.30 mts, que es un material que sobrepasa las resistencias al fuego referenciadas y no está en estas tablas. Por tanto CUMPLE.
o    Los muros divisorios de las unidades privadas, los muros divisorios de áreas comunes, los muros divisorios de circulaciones y unidades privadas y los muros perimetrales de la edificación, que de acuerdo a las tablas J.3.4-3 y J.3.4-4 deben tener una resistencia al fuego de una hora; los muros que presentan son de un grosor de 0.10 mts y que en el sitio deben construirse con materiales que cumplan con esta resistencia de acuerdo a la tabla J.3.5-1 de mampostería de arcilla o a la tabla J.3.5-2 de mampostería de concreto.      
o    Toda estructura está sujeta  a las especificaciones para detección y extinción de incendios dadas en el Capítulo J.4. del título J de la norma NSR-10. 

Detección y extinción de incendios

·         J.4.2.1, J.4.2.5 y J.4.2.8.2 La edificación en los niveles de parqueadero en el subgrupo (A-1), en los lugares de reunión (L-3) en el piso 16 por tener carga de ocupación mayor a 50 personas y en el subgrupo residencial multifamiliar – dormitorios universitarios (R-2) en áreas de circulación de cada piso por presentar más de 24 unidades y ser edificio de gran altura; debe estar protegida por un sistema automático de detección y alarma de incendio, colocando dentro del medio de evacuación al menos un sensor de incendio por cada 30.00 mts de recorrido en la trayectoria de la evacuación; las unidades de vivienda deben estar protegidas mediante un sistema de alarma y detección de incendio conformado por al menos un detector de base sonora.
·         J.4.3.1.2, J.4.3.1.3, J.4.3.2.2, J.4.3.2.3, J.4.3.5.2, J.4.3.5.3, J.4.3.8.2 y J.4.3.8.3 La edificación debe dotarse en todos los pisos de tomas fijas para bomberos y mangueras de extinción de incendios y también de extintores portátiles de fuego. CUMPLE.
·         Por razones expuestas anteriormente la edificación presenta un sistema automático de rociadores en todo el edificio, presentando en las plantas la proyección de rociadores automáticos. CUMPLE.   

Espacio público y Normas de accesibilidad

·         El proyecto CUMPLE  manteniendo la continuidad del andén de la carrera 28; ajustando los niveles internos de la edificación a la franja de circulación peatonal de cada vía de acuerdo a la ubicación de los accesos, para evitar gradas en el espacio público; la franja de circulación peatonal debe construirse en materiales antideslizantes en seco y en mojado y con una guía para invidentes.


Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro del trámite, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015. Si no se pudiere hacer la notificación personal, se notificará por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 4o.: La licencia de construcción tendrá la misma vigencia de la Licencia de Ampliación - Modificación No 68001-1-13-0298, con prorroga hasta 28 de Octubre de 2017.

Artículo 5o.: Ordenar la publicación de la parte resolutiva del presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.

Artículo 6º.: Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque, de acuerdo a lo establecido en el artículo  del Decreto 1469 de 2010 y el Código Contencioso Administrativo.

Artículo 7º.: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, publíquese  y cúmplase.

Expedida en Bucaramanga, el 12 de Octubre de 2016