jueves, 17 de marzo de 2016

Resolución Nº 050de 2016 - 68001-1-15-0299

"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE  UNA
DEMOLICIÓN - CONSTRUCCIÓN (OBRA NUEVA)
Bajo el radicado Nº 68001-1-15-0299          
EXPEDIDO EL JUEVES 17 DE MARZO DE 2016
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
 ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR

RESUELVE

Artículo 1o.: Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de DEMOLICION-CONSTRUCCION (OBRA NUEVA) para uso de Comercio y Servicio a FANNY ARDILA RODRIGUEZ,  con Cédula de Ciudadanía Nº. 37.889.577,  en su calidad de propietario del predio localizado en la CALLE 60 Nº 17A-17/29 BARRIO RICAUTE de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el número predial 68001010503560054000/0053000, matrícula inmobiliaria 300-49797/300-38443, para que de acuerdo con la Norma Urbanística 0102-15, que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga.

Parágrafo 1: Las obras autorizadas por la presente resolución son:

Aprobación de licencia de Construcción en la modalidad de demolición y Obra nueva para los predios identificados con los números prediales 010503560053000 y 010503560054000, localizado en la Calle 60 Nº 17ª-29 Y Calle 60 Nº 17ª-17  del Barrio Ricaute  del Municipio de Bucaramanga, son terreno con topografía plana, que colinda por el norte con una edificación de 2 pisos y por el sur con una edificación de 1 piso, el acceso a los predios se da por la calle 60 que es vía vehicular;  predios medianero de forma irregular con área de  188 m2 y 187m2, para un total de 375 m2 de área según los certificados de áreas y linderos del I.G.A.C. Nº  1470-152225-77588-17059274 Y 4634-995037-15080-17059282 del 27 de Noviembre del 2015.
Aprobación de licencia de construcción en la modalidad de demolición para demoler construcción antigua de un (1) piso en los predios 010503560053000 y 010503560054000, con un total de demolición de 370 m2, actual área construida registrada en los certificados de áreas y linderos que en el punto anterior se mencionaron.
Aprobación de licencia de construcción en la modalidad de Construcción para construcción de un edificio destinada a comercio y servicios, con un sótano y  altura de 3 pisos,  culminado con una cubierta plana en concreto, con área total construida de  1281,86 m2 distribuidas en los 3 pisos y el sótano, total de 1 unidades comerciales y 6 unidades de parqueaderos PP-V (uno de ellos para personas con movilidad reducida), un parqueadero de motos, un parqueadero de bicicletas y un parqueo para cargue y descargue.  El área construida y los usos por piso es como sigue: SÓTANO con un área construida de 362,78 m2 dedicados a cuartos técnicos como la subestación,  depósitos y tanque. PRIMER PISO con área construida de 301,63 m2 dedicados  a zona de parqueo con capacidad de 6 cupos vehiculares (uno de ellos para personas discapacitadas), un parque o de motos,  un parqueo de bicicletas  y un parqueo de cargue y descargue y  acceso al punto fijo; SEGUNDO PISO con área construida de 322,56 m2 dedicada exclusivamente para el análisis de muestras. TERCERO PISO con área construida de 294,89 m2 dedicada al análisis de muestras. CUBIERTA. Del edificio es plana en concreto y un domo acrílico.
Estas obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente providencia.

Parágrafo 2: Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:

Conforme a lo consignado en el Artículo 2.2.6.1.2.1.11   y 2.2.6.1.2.1.12 del Decreto 1077 de 2015 para los elementos arquitectónicos y la NSR-10.

Clasificación del proyecto

Análisis de las determinantes urbanas del predio. Norma NUR0164-15  POT Acuerdo 011 de 2015.
·         Área de Actividad Zona comercial y servicios pesados (C-3) Permite como uso principal de servicios  la unidad de uso 43 oficinas individuales de consultorías y profesiones liberales, actividades profesionales, científicas y técnicas,  servicios técnicos, consultorio individual a escala local: CUMPLE.
·         El área del lote es de 375,00 m². De acuerdo al índice de ocupación el área máxima a ocupar en el predio es de 262,5 m²; el proyecto ocupa 0,00 m², cifra que ES Inferior al  incide, debe reducir el área ocupada. CUMPLE.
·         El índice de construcción es de 2,10 veces el área del lote, esto significa que puede construir hasta 787,5 M². El área total construida es de 1267,67 M² y el área para índices de construcción es del proyecto es de 509,79 M2 cifra inferior en 277,71 M2. Por tanto CUMPLE.
·         El proyecto CUMPLE con el perfil vial establecido en el NUR0102-15 Expedida por la curaduría 1 de Bucaramanga, este perfil esta medido de los datos de la planta de primer piso identificada como A -1 / A-4, de allí se corrobora que el paramento del edificio está 6,00  m del centro de la actual vía. Sin embargo debe dibujar la calzada en la planta del 1º piso y se recomienda atender la siguiente nota técnica: Antes de iniciar obra se requiere verificar con la Secretaria de Planeación Municipal el centro de la vía, desde el cual ubicar el paramento; esto con el fin de asegurar su correcta localización. La Curaduría Urbana ha tomado el paramento desde los documentos presentados.
·         Pendiente Transversal máximo 5% hacia la calzada, Art 111 numeral 3: CUMPLE
·         Pendiente Longitudinal  será la misma que la de la calzada, mantener una diferencia constante entre niveles de acabado de la calzada y andén de 20 cm, Art 111 numeral 3: CUMPLE




·         Conforme a los artículos 192 y 193 del acuerdo 011 del 28 de mayo de 2014 y teniendo en cuenta que el predio se ubica en tratamiento de renovación Reactivación 1 (TRA-1), que el tipo de actuación es licencia de construcción en la modalidad de obra nueva, con usos diferentes a vivida unifamiliar, que el inmueble se ubica en estrato 3, 4 , 5 o 6, debe cancelar al Municipio de Bucaramanga deberes urbanísticos para provisión de espacio público; APLICAN  los deberes urbanísticos para provisión de espacio público  señalados en el Art. 192 del presente plan de ordenamiento.


Análisis de las normas de la edificación.
  • Voladizos según el perfil vial establecido para la calle 60 es de 12,00 C, el predio no cuanta con un antejardín, pero el andén es mayor a 2,60 por lo cual puede tener un voladizo Max de 0,60 m, Art 261; voladizo del proyecto es de 0,6 m: CUMPLE
  • Altura máxima de la edificación según Sector y subsector normativo 1-A (Ficha 8) para predios con un frente _< 40 M  es de 3 Pisos; número de pisos del proyecto 3: CUMPLE
  • Altura máxima de pisos entre niveles de acabado, para construcciones con cubierta inclinada la altura máxima se mide entre el nivel de acabado del último piso y la cumbrera, para usos diferentes a la vivienda la altura máxima de piso es de 4,50 m y altura libre mínima  es de 2,40 m, art 275 y276;  La altura máxima del Sótano 1 de 4,00  m, del piso 1 de 4,50  m y 2 es de 3,50  m, 3 piso es de 4,30 m;  y la altura libre es del sótano es de 3,50m, de  los pisos 1 y 3 es de 4,00 m y del 2 pisos 3,00 m;  CUMPLE
  • Tipología edificatoria según Sector y subsector normativo 1-A (Ficha 8) para predios con un frente _< 40 M es continua: CUMPLE
  • Aislamientos Frontal: N/A
  • Aislamientos Lateral: N/A
  • Aislamientos Posterior Mínimo 3,50 para 3 pisos según Sector y subsector normativo 1-A (Ficha 8); CUMPLE

  • Cuotas mínima de parqueadero asociadas al uso art 358, el área generadora de parqueaderos del proyecto es de 509,79 m2
Parqueaderos P.P-V: Debe proveer  5 parqueaderos, mínimo 4 de dimensiones de 2,50 m x 5,00 m y 1 de estos debe ser para personas con movilidad reducida 3,30 m x 5,00 m; el proyecto cuanta con 4 cupos de parqueo de 2,50  m x 5,00 o de superiores dimensiones, un cupo para personas con movilidad reducida  3,30 m x 5,00 m  y un cupo de parqueo con dimensiones  de 2,20 m x 5,00 m. para un total de 6 cupos PP-V;  CUMPLE
Parqueaderos Moto: Debe proveer 1 parqueaderos de dimisiones 1,50 m x 2,50 m  CUMPLE
Parqueaderos Bicicletas: Debe proveer 1 parqueaderos de dimisiones 0,50 m x 2,50 m CUMPLE,
Parqueaderos para Cargue y descargue: Debe proveer 1 parqueaderos de dimisiones 3,50m x 7,00m  CUMPLE
Las vías de circulación en parqueaderos y/o frente a cupos de parqueo debe tener un ancho libre mínimo de cinco metros (5.00 m). Las rampas vehiculares en parqueaderos deben tener un ancho libre mínimo de cinco metros (5.00 m) y una pendiente máxima de dieciocho por ciento (18%).  CUMPLE.

  • El proyecto CUMPLE con el artículo 365 del acuerdo 011 del 28 de mayo de 2014 ya que  presenta plano de localización georreferenciado, el cual  muestra el posicionamiento de un  punto, localizado en X 1106027,75  Y 1277583,04  dentro de la definición de su sistema de coordenadas PLANAS en MAGNA SIRGAS; El plano contiene la identificación del predio en relación con todos y cada uno de los elementos de espacio público colindantes al predio y dentro del predio y su ubicación identificando la zona normativa (8 Centro), el sector y el subsector al cual pertenece (1-A). Escala 1:500, indicando la nomenclatura del predio y de las vías colindantes; Se incluyó un cuadro de áreas que contiene: el área total del predio o área bruta (375,00 m2), cuantificación de las áreas de afectación (12,22 m2), área neta urbanizable (362,78 m2),  todas estas expresadas en metros cuadrados, claramente identificadas en el plano. CUMPLE.
  • presenta el plano en físico y en medio magnético.
·         Normas de piscinas. No  Aplica.
Norma de discapacidad. los andenes siguen la pendiente natural del terreno, están libres de obstáculos y señalizados, ha dejado el parqueo apto para discapacitados y provee un ascensor, los corredores interiores deben  cumplir con  la medida mínima de 1,20 m. Baños, corredores y puertas debe estar habilitada para este tipo de personas (Baños, corredores y puertas).
Análisis normativo NSR-10
Separación sísmica.
De acuerdo a las alturas de las edificaciones de la colindancia, que son de 1 pisos al oriente y al occidente respectivamente, a la topografía plana del predio no requiere separación sísmica:

CUMPLE CON LA SEPARACIÓN SISMICA.
Capítulos J y K.
El literal J.1.1.3 señala que la responsabilidad del cumplimiento del Título J- Requisitos de protección contra el fuego en edificaciones y el Titulo K-Otros requisitos complementarios, recae en el profesional que figura como constructor del proyecto para la solicitud de la licencia de construcción.
Capitulo J. Requisitos de protección contra el fuego en edificaciones
Propósito y alcance (J.1.1) Evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los capítulos J y K de la norma sismo resistente colombiana NSR-10, frente a la configuración arquitectónica, estructural, hidráulica, eléctrica, necesarios para la protección contra incendios en edificaciones y las especificaciones mínimas que deben cumplir los materiales utilizados con el propósito de proteger contra la propagación del fuego interior y hacia las estructuras aledañas. En consecuencia, el propósito del título J es el de establecer dichos requisitos con base en las siguientes premisas:
a) Reducir en todo lo posible el riesgo de incendios en edificaciones
b) Evitar la propagación del fuego tanto dentro de las edificaciones como hacia estructuras aledañas.
c) Facilitar las tareas de evacuación de los ocupantes de las edificaciones en caso de incendio.
d) Facilitar el proceso de extinción de incendios en las edificaciones.
e) Minimizar el riesgo de colapso de la estructura durante las labores de evacuación y extinción.
Clasificación de la edificación según ocupación y subgrupo de ocupación. (J.1.2; K1; K2). El arquitecto diseñador ha clasificado el EDIFICIO. CUMPLE.

Requisitos generales para la protección contra incendios de las edificaciones (Capitulo J-2).  En los planos arquitectónicos se señala lo atinente al numeral (J-2), por tanto se transcribirá en la resolución la obligatoriedad de cumplir con tales requisitos. (Se sugiere que el arquitecto los coloque como recomendación técnica en los planos):
Redes eléctricas, de gas y otros fluidos combustibles, inflamables y comburentes (J.2.2)
·         J.2.2.1 En el interior de la edificación y en ligar de fácil acceso para el Cuerpo de Bomberos deben instalarse dispositivos para interrumpir el suministro de gas, electricidad y otros fluidos combustibles, inflamables o comburentes.

·         J.2.2.2 Para la protección de las instalaciones eléctricas deben cumplirse los requisitos dados en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, RETIE, y en el Código Colombiano NTC 2050.

·         J.2.2.2.1 Lo sistemas eléctricos en zonas donde pueda existir el peligro de incendio o explosión debido a gases o vapores inflamables, líquidos inflamables, polvo combustible, etc., deben cumplir con los requisitos adicionales dado en el Capítulo 5 del Código Eléctrico Colombiano NTC 2050, “Ambientes Especiales” y en Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas, RETIE. Al igual dichas zonas deberán dar cumplimiento al Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público RETILAP.

Requisitos de acceso a la edificación (J.2.3.1). Toda edificación debe proveerse de áreas de acceso adecuadas para el Cuerpo de Bomberos, de acuerdo con las normas siguientes:
·         J.2.3.1.1 Acceso frontal.  El perímetro de primer piso que corresponde al nivel del sótano  es de 76,68  m,  el primer piso cuenta con una longitud de vanos de 13,5  m que superan el 8% normativo, sobre este perímetro se encuentra vanos por 7,25 m y 5,35 m que corresponden a los accesos   vehiculares y peatonales  a nivel del primer piso del edificio. Cumple con la norma.

·         J.2.3.1.2 Sobre el nivel del terreno. El edificio no está clasificado como de gran altura, proporciona 1 medio protegido de evacuación que sirva a los pisos; El acceso a la edificación según los usos se distribuye así:

a)    Acceso a almacenamiento (zona de bodegas y  zona de parqueadero, escaleras de acceso al 2 y 3 piso) se realiza a través puertas  con 4 M de alto y  7,25 M  y 5,35M de ancho, acceso al  salida protegida  4  M de alto  de 0,90  m de ancho. Las fachadas de los pisos 2 a 3 piso de uso de comercio A-1, se presenta vanos de variadas longitudes, siendo el menor de 5,35 m de alto por 2,40m de ancho y  con antepechos de 0.60 m. CUMPLE.

·         J.2.3.1.3 Bajo el nivel de terreno. El edificio  no presenta  niveles por debajo del Nivel 0,00 o primer piso. CUMPLE.

·         J.2.4.1 Separación vertical entre aberturas de muros de fachada. No aplica para (A) si la edificación no es mayor de 3 pisos. CUMPLE

·         J.2.4.2 Parapetos sobre muros de fachada. NO  APLICA

·         J.2.4.3 Construcciones sobre el techo. El techo del edificio corresponde a una cubierta plana  y debe hacerse en material incombustible. Los planos arquitectónicos no dan cuenta de estructuras sobre la cubierta, tales como antenas. Cumple.

·         J.2.4.4 Hidrantes. No requiere Hidrantes pues el área construida es inferior a las especificadas en la tabla  J.2.4-1 y en J.2.4.4 Cumple.

·         J.2.4.5 Hidrante ha situado a no más de 100 m de distancia del acceso a la edificación.

·         J.2.4.6 Los hidrantes de la red pública pueden tenerse en cuenta para efectos del cumplimiento del especificado en J.2.4.4.

·         J.2.4.7 Todo edificio de Gran Altura deberá contar con la instalación de una red contra incendio, con válvula de retención, de uso exclusivo del Cuerpo de Bomberos, con por lo menos una salida por piso, de fácil acceso a la boca de entrada, para conexión de los carros de bombas y en cada piso para la conexión de mangueras. Las características técnicas de esta red serán las especificadas por la Normas Técnicas NTC-1669 y como referencia la norma NFPA 14. No Aplica

·         J.2.4.8 Para las redes contra incendios, en todas la edificaciones que lo requieran, podrán utilizarse solamente  materiales listados para el servicio contra incendio en el Capítulo 2, Componentes y Accesorios del Sistema, bajo el numeral sobre tubería y accesorios, de Norma técnica NFPA 13.

Prevención de la propagación del fuego hacia el interior.
·         J.2.5.1.1 y J.2.5.1.2 No Aplica el área por piso es < a 1000m2.

·         J.2.5.1.3 No Aplica por el uso.

·         J.2.5.1.4 Los muros cortafuego no podrán atravesarse con conducciones u otro elemento que permita el paso del fuego y del humo, ni con materiales que disminuyan su resistencia al fuego. Los muros de las escaleras protegidas no son atravesadas por conductos ni buitrones. 
·         J.2.5.1.5. Los planos no muestran escaleras protegidas,  Los muros cortafuegos de las escaleras protegidas deben estar asistidas por una puerta que cierra hemáticamente el paso del humo y asegura como mínimo una resistencia al fuego como mínimo de una hora. (Colocar especificación técnica)

·         J.2.5.1.6 Los muros corta fuego para el último piso deben sobresalir por lo menos 0,5m por encima de la cubierta de techo más alta, a menos que el recinto almacene materiales no inflamables o que la cubierta de la edificación este hecha y soportada con materiales incombustibles.  CUMPLE.

·         J.2.5.1.7. El edificio tiene 3 pisos y 1  núcleo de escaleras para evacuación vertical continuo desde el 3 piso hasta el nivel de evacuación a la calle, y desde el sótano hasta el nivel de evacuación de la calle, el núcleo que tiene debe estar construido con materiales que tengan resistencia al fuego  de mínimo 1 hora. Hacer notas técnicas de materiales según tabla J.3.5-2

·         Los muros que conforman los medios de evacuación deben cumplir  con las especificaciones para muros cortafuegos contenidas en J.2.5.1.1.
                     
·         J.2.5.1.8 — Las puertas de acceso o egreso principales y las que dan a la salida, conformada por el núcleo de evacuación o la escalera en todos los pisos, deberán ser de apertura manual fácil, de cierre automático y tener una resistencia a la acción del fuego no inferior a una hora. Las puertas pueden diseñarse de acuerdo con la Norma NFPA 80, Norma para puertas y ventanas a prueba de incendios. Cumple

·         J.2.5.1.9 CUMPLE

·         J.2.5.1.10 CUMPLE

Acabados interiores. Esto una vez defina la salida protegida.
·         J.2.5.2.1 Para los acabados interiores no deben emplearse materiales que al ser expuestos al fuego produzcan, por descomposición o combustión, sustancias tóxicas en concentraciones superiores a las provenientes del papel o la madera, bajo las mismas condiciones.

·         J.2.5.2.2. De acuerdo a las especificaciones técnicas consignadas en los planos, el arquitecto ha señalado que sus acabados interiores son en pañetes de cemento, ladrillo, baldosas en cerámica y vidrio por lo cual según la tabla J.2.5-3 corresponde a la clase 1, siendo el índice de propagación de la llama de 0 a 25.
                                                                                                                               
·         J.2.5.2.4. De acuerdo con el grupo de ocupación, los materiales a aplicar por piso son:

·         J.2.5.2.7 Los muros de cerramiento de escaleras y ascensores, buitrones, ductos para basuras y corredores de evacuación protegidos, están diseñados sin interrupciones entre las placas. Cumple con la norma.

·         J.2.5.8 Las fachadas deben esta construidas con materiales incombustibles (Describir los materiales en el plano arquitectónico). Cumple con la norma.

·         J.2.5.3 Cielo rasos. Sin información en planos arquitectónicos.

Requisitos para salas de máquinas y calderas.
·         J.2.5.4.1 Se debe señalar que los muros de la planta eléctrica así como de todas las salas de máquinas están protegidas con muros corta fuego. CUMPLE.

·         J.2.5.4.2 Las superficies combustibles adyacentes de salas de máquinas y calderas deben recubrirse adecuadamente con materiales resistentes al fuego, de tal manera que la temperatura sobre la superficie combustible y adyacente no exceda los 75ºC. NO APLICA.

·         J.2.5.4.3 Los equipos de calentamiento y combustión no obstruyen salidas, ni recintos para ascensores. NO APLICA.

·         J.2.5.4.4 Todos los equipos de calentamiento o combustión que se instalen deben montarse sobre bases incombustibles. NO APLICA.

Riesgos de los contenidos (J-3)
Clasificación de la edificación en función del riesgo de pérdida de vidas humanas o amenaza de combustión.
·         J.3.3.2 Clasificación de la edificación en una categoría de riesgo. El edificio ha sido categorizado III baja capacidad de combustión, en función del riesgo de pérdidas de vidas humanas o amenazas de combustión. Ver tabla en J.2.5.2.4.

Determinación de la resistencia requerida contra fuego. (J-4)
·         J.3.4.3 Los elementos estructurales y demás elementos de construcción deberán tener como mínimo las resistencias al fuego normalizado exigido en las tablas J.3.4-3 aplicable a los edificios clasificados en todos los grupos excepto a  R-1 y R-2. Para el caso del edificio Los muros cortafuegos que delimitan el punto fijo y la estructura portante de todos los pisos incluida la cubierta  de la edificación,  deben tener una resistencia al fuego mínimo de 1,0 hora;. Se debe señalar en las plantas arquitectónicas el material constructivo del muro de acuerdo con las tablas J.3.5-1 de la mamposteria de arcilla o J.3.5-2 de la mamposteria de concreto.
Evaluación de la provisión de resistencia contra fuego en elementos de edificaciones. Planos arquitectónicos.
·         J.3.5.2.1 Columnas de concreto estructural. Las columnas proyectadas tiene 500 mm por  500 mm, por lo cual su resistencia es de 3 horas. Cumple.

·          J.3.5.2.2 Muros estructurales. Aplica para ascensor y escaleras. El lado menor del muro estructural es de 300 mm con largos 1,00 m. con lo cual tienen una resistencia al fuego de 3  horas. Cumple con la norma

·         J.3.5.2.3 Losas macizas y viguetas de control estructural: Sujeto a revisión estructural

·         J.3.5.2.4 Vigas de concreto estructural: Sujeto a revisión estructural

Detección y extinción de incendios.
Sistemas Y Equipos Para Detección Y Alarma De Incendios J.4.1
·         J.4.2.1 — Aire Acondicionado — No aplica, no se presenta aire acondicionado central.

·         J.4.2.2 — Dispositivos Para La Detección Temprana De Incendios — Deberán instalarse equipos para la detección y la alarma temprana contra incendios en las edificaciones clasificadas en los grupos y sub.-grupos de ocupación que se listan en la tabla J.4.2-1. Esto debe señalarse como una nota técnica en los planos, para el caso del edificio en función de su altura y subgrupo se requiere: 

Grupo de ocupación
·         J.4.2.1  Grupo A Las edificaciones clasificados en el grupo de ocupación Almacenamiento (A deben estar protegidas por un sistema de alarmas de incendio tomando como referencia la norma NFPA72 y cumpliendo los siguientes requisitos:


Sistemas y equipos para la extinción de incendios.
Capitulo K. Requisitos complementarios
Normas Generales.  Requisitos, especificaciones y parámetros para el diseño, la construcción, la localización, la  protección, la disposición y el mantenimiento de los elementos requeridos para que las zonas comunes de las edificaciones puedan proporcionar medios de acceso y egreso adecuados y medios de evacuación seguros en las edificaciones. (K.3.1.1).
Propósito y alcance (K.1.1) El propósito del Título K es el de definir parámetros y especificaciones arquitectónicas y constructivas tendientes a la seguridad y a la preservación de la vida de los ocupantes y usuarios de las distintas edificaciones cubiertas por el alcance del presente Reglamento.
General. (K.2.1.2) Toda edificación o espacio que construya o altere debe clasificase, en uno delos Grupos de Ocupación dados en la tabla K.2.1-1.  Esto se realizó ve el numeral 3.6.2.1.2 de este informe.
Requisitos para zonas comunes.
Alcance (K.3.1.1)…requisitos, especificaciones y parámetros para el diseño, la construcción, la localización, la protección, la disposición y el mantenimiento de los elementos requeridos para que las zonas comunes de las edificaciones puedan proporcionar medios de acceso y egreso adecuados y medios de evacuación seguro en las edificaciones.
Planos y especificaciones (K.3.2.2)
·         K.3.2.2.1 Disposición de salidas. Los planos arquitectónicos que se presente para la solitud de licencia de construcción deben mostrar, en cumplimiento del presente Capitulo del Reglamento, con suficiente detalle, la localización, construcción, tamaño y tipo de todas las salidas, además de la disposición de pasillos, corredores y pasadizos relacionados con las mismas. Falta, no cumple,

·         K.3.2.2.2 número de ocupantes. Los planos arquitectónicos que se presente para la solitud de licencia de construcción de todas las edificaciones clasificadas dentro delos Grupos Comercial (C),Lugares de reunión (L), Institucional (I), Fabril e industrial (F) Alta peligrosidad (P), debe indicar el número de personas previstos para la ocupación de casa piso, habitación o espacio.

Localización y mantenimiento.
Señalización e iluminación. En los planos arquitectónicos no se señala lo atinente al numeral K.3.2.4 Señalización e iluminación, por tanto se transcribirá en la resolución y luego en la licencia el contenido de los siguientes numerales (se sugiere que el arquitecto los coloque como recomendación técnica en los planos):
·         K.3.2.4.1 Toda salida o vía de escape debe ser claramente visible y estar completamente señalizada de tal manera que todos los ocupantes mentalmente capaces de la edificación, puedan encontrar sin problema la dirección de salida y en tal forma que la vía conduzca, de manera inequívoca a sitio seguro.
·         K.3.2.4.2 Cualquier salida o pasadizo que no sea parte de una vía de escape, pero que por su carácter pueda tomarse como tal, debe estar dispuesta y señalizada de tal manera que se minimicen los riesgos de confusión y el peligro resultante para las personas que busquen escapar del fuego o de otra emergencia, así como para evitar que llegue a espacios que no conduzcan a una salida.
·         K.3.2.4.3 Todos los medios de evacuación deben estar provistos de iluminación artificial y de emergencia.
·         K.3.9.Iluminación de los medios de evacuación. Cumplir con los numerales:
o   K.3.9.1 Generales: K.3.9.1.1;  K.3.9.1.2; K.3.9 1.3;  K.3.9.1.5; K.3.9.1.6
o   K.3.9.2 Luces de emergencia: K3.9.2.1; K3.9.2.2; K3.9.2.3; K3.9.2.4; K3.9.2.5; K3.9.2.6; K3.9.2.7.
o   K.3.9.3 Cambios de fuentes.

Edificaciones con aíre acondicionado. No aplica la edificaciones en planos no registra aire acondicionado central.
Sistemas de ingreso y egreso para discapacitados. Ver notas en 3.7.
Señalización de salidas para discapacitados. Ver notas en 3.7.
Capacidad de los medios de evacuación
Carga de ocupación. K.3.3.2 Establecer el número o carga de ocupantes. El diseñador ha determinado la carga para cada piso del proyecto a partir de la aplicación de los factores indicados para cada subgrupo arrojando una carga total en el edificio de ocupantes de 62  personas; carga de ocupación tomada por el mayor valor (K.3.3.1.2) entre el número de ocupantes para el cual está diseñado el espacio (K.3.3.1.2 literal a) y el numero resultante de dividir el área del espacio, piso o edificación por el índice de ocupación previsto en el numeral K.3.3.2 (.3.3.1.2 literal b). CUMPLE
General K.3.4.1
Número de salidas K.3.4.2
El edifico no se ha catalogado de gran altura y revisada la carga de ocupación por cada uno de los pisos se encuentra que ninguno de ellos tiene más de 100 personas. Número de salidas protegidas requeridas es 1, cumple con lo señalado en K.3.11.1
Accesos a las salidas K.3.5
·         K.3.5.1.1 La salida está compuesta por un corredor que conducen a la escalera protegida.  CUMPLE
·         K.3.5.1.2 El ancho de los corredores no cumple es inferior a 1,20m. Cumple
·         K.3.5.1.3 Ningún acceso a una salida se hace a través de cocinas, cuartos de almacenamiento, dormitorios, salones u otros espacios que puedan estar bajo llave. Cumple.
Descarga de la salida. K.3.5.2
·         K.3.5.2.1 y K.3.5.2.2 El edificio proyecta  una salidas protegidas, que descarga sobre el lobby y  hasta la vía pública. Cumple.

·         K.3.8.2.5 Giro de las puertas de medios de salida.
(a)      Las puertas de  salida deben ser de apertura hacia el exterior, o en la misma dirección de evacuación, el proyecto cumple. CUMPLE 

Distancia de recorrido hasta una salida  K.3.6.
·         K.3.6.1 Medido el recorrido a lo largo de la línea central en sentido natural de recorrido se encuentra que entre el punto más distante y la salida protegida es de  25,55  m en el piso 3º  lo cual no supera los 30 m de recorrido máximo con rociadores. Cumple
Protección de los medios de evacuación.
·         K.3.7.1 Salidas, se requiere seguir las recomendaciones técnicas de K.3.7.1.1. en materia de protección contra el fuego y K.3.7.2.1.2 para marcos y puertas. Debe hacer parte de las observaciones técnicas del arquitecto.
Medios de salida
Escaleras interiores. K.3.8.3
La escalera propuesta como medio de evacuación son construcciones permanentes, se encuentran cerradas y protegidas contra el fuego,  tiene un ancho de 1,20 m. Cumple con: a) El ancho mínimo de la huella es de 0,28m, pues tiene una huella de 0,29 m;  b) la altura de la contrahuella es de 0,166 m del sótano al 1º piso, de 0,166 m del 1º piso al 2º piso y de 0,175 M cumple con la altura máxima permitida (0,180m);  c) la altura de dos contrahuellas y el ancho de la huella suman 0,62m,  0,62m  y 0,64 m respectivamente. CUMPLE.
Señalización de salidas. En los planos arquitectónicos no se señala lo atinente al numeral K.3.10 Señalización de salidas, por tanto se transcribirá en la resolución y luego en la licencia el contenido de los siguientes numerales (se sugiere que el arquitecto los coloque como recomendación técnica en los planos): K.3.10.1; K.3.10.2; K.3.10.3; K.3.10.4.
Espacio público y Normas de accesibilidad
El proyecto da cumplimiento en su totalidad con el artículo 9 del decreto 1538 de 2005, brindando accesibilidad a minusválidos con señalización de acceso peatonal de discapacitados en todos los pisos:
a)    La edificación cuenta con ascensor que entregan en todos los pisos, garantiza el acceso de los discapacitados, cumple con la norma técnica NTC 4349 según señala K.3.2.7.1
b)   La edificación proyecta baños aptos para este tipo de personas, sin embargo debe revisar las dimensiones.
c)    Debe cumplir con las dimensiones mínimas y características funcionales y constructivas señaladas en la NTC 4140.
d)   Cuando el diseño de un sistema de salida haya sido ejecutado expresamente para permitir la salida de discapacitados, deberá proveerse de señalización adecuada que exprese esta condición.K.3.2.8
e)   Dentro del conjunto de parqueaderos se  ha dispuesto 1 cupo para el uso de discapacitados con medidas de 3,30 m por 5,00 m. CUMPLE.

OBSERVACIONES ESTRUCTURALES:

A continuación se lista la documentación que sirve de base para la revisión del proyecto en función de la actuación urbanística radicada y sobre la cual se pronunciará el evaluador estructural en los aspectos de calidad y pertinencia de los documentos frente al cumplimiento la NSR-10. Esta revisión se hace a partir de los documentos presentados a la Curaduría Urbana No 1 de Bucaramanga.   
  
Revisión Documentos requeridos para la actuación urbanística solicitada para proyectos sujetos al reglamento NSR-10.  

A.1.5.1 — DISEÑADOR RESPONSABLE — La responsabilidad de los diseños de los diferentes elementos que componen la edificación recae en los profesionales bajo cuya dirección se elaboran los diferentes diseños particulares. Se presume, que cuando un elemento figure en un plano o memoria de diseño, es porque se han tomado todas las medidas necesarias para cumplir el  propósito del Reglamento y por lo tanto el profesional que firma o rotula el plano es el responsable del diseño correspondiente.

                *El proyecto estructural, se revisa frente al diseño arquitectónico con fecha: Agosto 2015

Descripción del proyecto estructural

El proyecto de estudio corresponde a la solicitud de licencia de construcción de una estructura en concreto reforzado de uso residencial de 3 pisos.
Está ubicado en la ciudad de Bucaramanga, por lo cual debe cumplir con los requisitos de Disipación Especial de Energía (DES), de acuerdo a su ubicación en una zona de amenaza sísmica ALTA.

4.3 Revisión estructural

Se realiza la revisión del diseño estructural frente al procedimiento indicado en la Norma NSR-10, A.1.3.

Paso 1: Pre dimensionamiento y coordinación con otros profesionales.

El diseño estructural CUMPLE con la ley 400 de 1997 y la NSR-10, el mismo fue realizado por el Ingeniero Civil ABEDULIO CAMARGO BENITEZ, quien CUMPLE con suficiencia las calidades exigidas en experiencia e idoneidad profesional (más de cinco años) y por tanto está facultado para tal fin.
El proyecto estructural es coherente con el diseño arquitectónico presentado.
El sistema estructural propuesto se enmarca en los tipos admitidos por la NSR-10, se presenta el análisis del sistema y cumple las condiciones para ser calificado como PORTICO.

El estudio geotécnico CUMPLE con la ley 400 de 1997 y la NSR-10, el mismo fue realizado por el Ingeniero Civil JAIMES SUAREZ DIAZ, quien CUMPLE con suficiencia las calidades exigidas en experiencia e idoneidad profesional (más de cinco años) y por tanto está facultado para tal fin.
El estudio geotécnico se presenta para una estructura de categoría MEDIA, se presentan 4 sondeos mediante ensayo SPT que llegan a terreno competente.


Paso 2: Evaluación de las solicitudes definitivas: Se revisan las cargas presentadas en la edificacion debido a los pesos propios de la estructura y los tipos de uso de la misma, con los requisitos del Título B del reglamento.
Las cargas muertas de la estructura son obtenidas del peso propio de la estructura, para las cargas vivas se utilizó la carga de uso residencial de acuerdo al Título B de la Norma NSR-10.

Paso 3: Obtención del nivel de amenaza sísmica y valores de Aa y Av.  Consiste en ubicar el lugar de la edificación dentro de los mapas de zonificación sísmica, (Cap. A-2), y determinar los valores de Aa y Av para determinar la amenaza sísmica, según sea (Alta, intermedia y baja). Para el caso es Alta y el valor para Aa es de 0,25 el valor para Av es de 0,25.

Paso 4: Movimiento sísmicos de diseño. Debe tomarse en cuenta, la amenaza sísmica para el lugar determinado, parámetros Aa y Av, las características de la estratificación del suelo coeficientes Fa y Fv., la importancia del edificio para la recuperación por la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un sismo, Coeficiente de importancia.
Los parámetros presentados por el estudio geotécnico son: Perfil de Suelo C, Fa=1.15, Fv=1.55, Grupo de Uso I y Coeficiente de importancia 1.0.

Paso 5: Características de la estructuración y del material estructural empleado.
El sistema de la edificación se clasifico como PORTICOS dentro de los sistemas estructurales prescritos en el (Cap. A.3). El material estructural empleado en los pórticos es CONCRETO REFORZADO y la capacidad de disipar energía es especial (DES) (A.3.1.3).

Paso 6, Grado de irregularidad de la estructura y procedimiento de análisis. Se realiza la revisión de los factores de irregularidad para determinar el método de análisis sísmico. Se determina utilizar el método de análisis dinámico

Paso 7, Determinación de las fuerzas sísmicas. El valor de las fuerzas sísmicas, en base a los parámetros sísmicos del paso 4. 

Paso 8, Análisis sísmico de la estructura. Aplicación de los movimientos sísmicos de diseño (Cap. A.3) este análisis se realiza sin ser dividido por el coeficiente de capacidad de disipación de energía, R, según los resultados del paso 6, se determinan los desplazamientos máximos de diseño y las fuerzas internas que se derivan de ellos. Desplazamiento máximo corresponde al 1% de la altura de entrepisos.

Paso 9, Desplazamientos horizontales. Se evalúan los desplazamientos horizontales, incluyendo los efectos torsionales dela estructura, las derivas (desplazamiento entre niveles continuos), por medio de los procedimientos del (Cap. A.6), y con base en los desplazamientos obtenidos en el paso 8.

Paso10: Verificación de las derivas. Comprobar que las derivas no excedan los límites del (Cap. A.6), si la estructura excede dichos límites,  es obligatorio rigidizarla y llevar a cabo los pasos 8, 9 y 10, hasta que cumpla.
La verificación realizada en el estudio demuestra que la deriva CUMPLE con la máxima permitida por la Norma NSR-10

Paso 11, Combinación de las diferentes solicitudes. De la combinación de las diferentes solicitudes sale la obtención de las fuerzas internas de diseño de la estructura, (Cap. B.2), por el método de diseño propio de cada material estructural,  cada una de las combinaciones de carga se multiplica por un coeficiente de carga prescrito para esta combinación,  en los efectos del sismo de diseño, se tiene en cuenta la capacidad de disipación de energía lo cual se logra empleando unos efectos sísmicos reducidos de diseño, E, determinadas en el paso 7, por el coeficiente de capacidad de disipar energía,  R(E = Fs/R).

Paso 12, Diseño de los elementos estructurales. Se lleva a cabo de acuerdo con los requisitos del sistema de resistencia sísmica y del material estructural utilizado, los materiales deben diseñarse de acuerdo con el grado de disipación de energía, prescrito en el Cap. A  según corresponda, lo cual permitirá a la estructura responder ante la ocurrencia de un sismo, en el rango inelástico de respuesta, y cumplir con los objetivos de la norma sismo resistente, este diseño debe efectuarse con los elementos más desfavorables, entre las combinaciones obtenidas en el paso 11, tal como lo prescribe el título B del reglamento.

Tabla de Revisión





CONSIDERACIONES TECNICAS

a)    Los profesionales que presentan los estudios técnicos CUMPLEN con los requisitos de la Ley 400 de 1997.

b)   El proyecto estructural ES COHERENTE con el diseño arquitectónico.

c)    El proyecto CUMPLE con los parámetros de análisis y diseño del reglamento NSR-10.
·    El sistema estructural utilizado es PORTICOS, el material estructural empleado es CONCRETO REFORZADO
·    El proyecto se encuentra localizado en zona de amenaza sísmica ALTA por lo cual la capacidad de disipar energía es ESPECIAL (DES)
·    El sistema de cimentación utilizado es cimientos aislados unidos por vigas de amarre.

d)    De acuerdo al Capitulo A.11, y debido al número de pisos totales, el proyecto NO REQUIERE Instrumentación Sísmica.

e)    De acuerdo al Artículo 18 del Título V de la Ley 400 de 1997, el proyecto NO REQUIERE Supervisión Técnica.

El proyecto REQUIERE supervisión geotécnica para la etapa de construcción

f)     El proyecto contempla la construcción de un sótano, por lo cual debe cumplir con las disposiciones de la Resolución 1294 de 2009 de la CDMB con el fin de garantizar la estabilidad de las excavaciones.

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto 1077 de 2015 y de lo contemplado en el Código Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro del trámite, en los términos del Artículo 2.2.6.1.2.3.7  del Decreto 1077 de 2015. Si no se pudiere hacer la notificación personal, se notificará por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 4o.: La licencia de construcción tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses prorrogable por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en que quede en firme el acto administrativo por medio del cual fue otorgada.  La solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el constructor responsable certifique la iniciación de la obra, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.4.1 del Decreto 1077 de 2015.

Artículo 5o.: Ordenar la publicación de la parte resolutiva del presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.

Artículo 6º.: Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.9 del Decreto 1077 de 2015 y el Código Contencioso Administrativo.

Artículo 7º.: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese, publíquese  y cúmplase.

Expedida en Bucaramanga, el 17 de marzo de 2016