miércoles, 29 de mayo de 2013

Resolución Nº 065 de 2013 - 68001-1-13-0034

"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE  UNA
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE MODIFICACIÓN DE LICENCIA VIGENTE
bajo el radicado Nº 68001-1-13-0034
EXPEDIDO EL MARTES 28 DE MAYO DE 2013."


EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
 ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE

Artículo 1o.: Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad de MODIFICACION DE LICENCIA VIGENTE para uso de Vivienda a C y P INTERNACIONAL DE COLOMBIA LTDA ,  con Nit Nº 900.146.747-5, quienes actúan a través de su Representante la señora  ELSA MATIZ CORTES con Cédula de Ciudadanía Nº 41.381.871, en su calidad de propietarios del predio localizado en la CALLE 24  24 59 BARRIO ALARCON de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el número predial 010300160007000, matrícula inmobiliaria 300-46323, para que de acuerdo con la Norma Urbanística , que hace parte integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la ciudad de Bucaramanga.

Parágrafo 1: Las obras autorizadas por la presente resolución son:

Modificación de licencia consistente en cambios espaciales en todos las plantas, sin aumentar el área construida.
Se tratasa de la Modificacion de licencia del  edificio de vivienda multifamiliar ubicado en la calle 24 No 24-59 del Barrio Alarcon, con licencia de Demolicion, construcción No 68001-1-11-0150 con vigencia de  Enero 11 de 2012, hasta el 11 de Enero de 2014. expedida por el entonces curador urbano No 1 de Bucaramanga Farid Numa Hernandez.
Areas Modificadas y relacionadas en los planos arquiteconicos entregados por el interesado asi:

Planta
Sotano:                       40,27 Mt2
Planta Primer Piso:              ----
Planta Segundo Piso:      16,40 Mt2
Planta Tercer Piso:         16,40 Mt2
Planta Cuato Piso:          16,40 Mt2
Planta Quinto Piso.         31,60 Mt2
Planta Sexto Piso:           31,60 Mt2
Planta Septimo Piso        14,12 Mt2
Planta Octavo Piso          5,30 Mt2
Total areas Modificadas:  172,09 Mt2

Quedando en firme la misma areas aprobadas previamente con un total de 1892,20 Mt2
Realacionadas asi:
Planta Sotano:              293,14 Mt2
Planta Primer Piso:         237,92 Mt2
Planta Segundo Piso:      239,10 Mt2
Planta Tercer Piso:         239,10 Mt2
Planta Cuato Piso:          234,32 Mt2
Planta Quinto Piso.         210,92 Mt2
Planta Sexto Piso:          210,90  Mt2
Planta Septimo Piso       190,97 Mt2
Planta Octavo Piso         35,83  Mt2
Total areas Modificadas: 1892,20 Mt2


Estas obras no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentre ejecutoriada la presente providencia.

Parágrafo 2: Que la ejecución de las obras debe realizarse de acuerdo con el proyecto arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en cuenta las obligaciones y condiciones mencionadas en el considerando de este acto administrativo y de acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:

Ø  Actuacion con licencia de Demolicion, construcción No 68001-1-11-0150 con vigencia de  Enero 11 de 2012, hasta el 11 de Enero de 2014, donde la modifiacion a planos aprobados no cambia la esencia del edificio y se intervienen espacios interiores , sin afectar los indices de ocupacion y construcción de l a licencia original y/o de la norma actual vigente.
Ø     Se debe construir estrictamente lo aprobado.
Ø     Esta aprobación no implica ningún tipo de intervención sobre espacio público.
Ø     Los planos aprobados hacen parte integral de esta licencia.
Ø     El proyecto de construcción, deberá contemplar las condiciones que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas con movilidad reducida, sea esta temporal o permanente, de conformidad con las normas establecidas en la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las normas que los modifiquen o sustituyan.

Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010 y de lo contemplado en el Código Contencioso Administrativo.

Artículo 3o.: Notificar personalmente a cualquier persona que se hubiere hecho parte dentro del trámite, en los términos del Artículo 40 del Decreto 1469 de 2010. Si no se pudiere hacer la notificación personal, se notificará por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 4o.: La vigencia será la misma de la licencia de Demolición - Construcción No 68001-1-11-0150, vigente hasta el 11 de Enero de 2014.

Artículo 5o.: Ordenar la publicación de la parte resolutiva del presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.

Artículo 6º.: Contra éste acto administrativo proceden los recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para que lo aclare, modifique o revoque, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Decreto 1469 de 2010 y el Código Contencioso Administrativo.

Artículo 7º.: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

Notifíquese y cúmplase.


Expedida en Bucaramanga, el 28 de mayo de 2013