"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
MODIFICACIÓN DE LICENCIA VIGENTE
bajo el radicado Nº 68001-1-14-0367
EXPEDIDO EL MIÉRCOLES 03 DE DICIEMBRE DE 2014
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE
Artículo 1o.: Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad
de MODIFICACION
DE LICENCIA para uso de Vivienda a CONSORCIO VALCO-GUAMO con
Cédula(s) de Ciudadanía o Nit Nº. 900.411.542-9, quienes actúan a través de
su Representante el señor MARIO VALDERRAMA
CORDERO con Cédula de Ciudadanía Nº 13.541.216, en su calidad de propietario(s) del predio localizado
en la CARRERA
30 Nº 34-33/37/49 BARRIO MEJORAS PUBLICAS de la nomenclatura de
Bucaramanga, identificado con el número predial 010200490016/0017/0018-000,
matrícula inmobiliaria 300-348028, para que de acuerdo con la
Norma Urbanística U100608, que hace parte
integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los
planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la
ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1: Las obras autorizadas por la presente resolución
son:
Modificación
de licencia 68001-1-14-0146, vigente
hasta el 11 de noviembre de 2016 para
vivienda multifamiliar con 3 sótanos de parqueaderos y lockers con 18 pisos
para a vivienda multifamiliar para 58 apartamentos y 69 parqueaderos, un local
comercial y zonas sociales, recreativas y de servicios; la modificación consistente
en reajustar las medidas de los parqueaderos, reubicar los 8 parqueaderos de
los 14 aprobados con servidumbre en la licencia inicial del 2010 ubicados en el
sótano 1 y primer piso, reubicar algunos lockers, numerar 4 depósitos en el
nivel +5.80 y reubicar el parqueadero
del local comercial: el sótano 3 nivel -8.60 al -7.00 se reubican los lockers
D1, D2, D3 y D4, reajustando las medidas de los parqueaderos, cambiando su
numeración y reubicando los dos parqueaderos de visitantes con servidumbre del
sótano 1 al sótano 3, identificándolos con el nro. 1 y 2 siendo este último
apto para minusválidos, quedando en este nivel 13 parqueaderos, con un área
modificada de 27,56 m²; en el sótano
2 nivel -6.00 al -4.00 se reajustan las medidas de los parqueaderos eliminando
un parqueadero quedando en este nivel 14 parqueaderos para residentes, se
cambia su numeración y el parqueadero del local comercial se reubica en el
sótano 1 con el nro. 38, con un área modificada de 33 m²; en el sótano 1 nivel -3.00 al -1.00 se reubican seis
parqueaderos con servidumbre en este nivel, identificando como visitantes con
los nro. 3, 4, 5 y 6 siendo el nro. 4 apto para minusválidos, cambian la numeración y se reajustan las
medidas manteniendo los 13 parqueaderos en este nivel, con un área modificada
de 130,77 m²; en el primer piso
nivel 0.00 al 2.40 se reajustan las medidas de los parqueaderos eliminando dos
parqueos quedando en este nivel 10 de los cuales 4 son de visitantes
identificados con el nro. 7, 8, 9 y 10, con un área modificada de 60, 43 m²; en el segundo piso nivel
+3.00 al +5.40 se cambia la numeración de los parqueaderos, se reajustan las
medidas de estos eliminando tres de ellos, quedando en este nivel 15 parqueos
todos de residentes, con un área modificada de 91,39 m²; en el nivel +5.80 se cambia la numeración de los cuatro
parqueaderos, manteniéndolos todos de residentes y se numeran los 4 depósitos
ubicados en este nivel. Para un área total modificada de 343.15 m².
Estas obras no podrán iniciarse hasta tanto no se
encuentre ejecutoriada la presente providencia.
Parágrafo 2: Que la ejecución de las obras debe realizarse de
acuerdo con el proyecto arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en
cuenta las obligaciones y condiciones mencionadas en el considerando de este
acto administrativo y de acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Ø Norma Urbana U100608
exp. 6 de mayo de 2011, Curaduría Nro. 1 de Bucaramanga.
Ø Tiene licencia de
Construcción 68001-1-10-0629 de edificación de 3 sótanos de parqueaderos, y 18
pisos, para vivienda multifamiliar, con 58 apartamentos, 69 parqueaderos y un
local comercial, con zonas sociales recreativas y de servicios, así: primer
piso para parqueaderos, zonas sociales, recreativas y de servicios, acceso al
edificio y un local comercial; segundo piso para parqueaderos; 4 apartamentos
tipo del tercer al octavo piso; 2 apartamentos y segundos niveles de
apartamentos dúplex en el noveno piso; 4 apartamentos en el décimo piso, siendo
dos dúplex ; 4 apartamentos tipo del décimo primero al décimo séptimo piso;
piscina jacuzzi, sauna, turco, salón social y terraza descubierta en el piso
décimo octavo; con un área total construida de : 425,03 m² en sótano 3; 592,65
m² en cada uno de los sótanos 1 y 2;
518,02 m²en primer piso (niveles +/- 0,00, +1,40, +2,40): 530,67 m² en el
segundo piso, 330,24 m² en cada piso tipo del tercero al noveno piso, 266,17m²
en el décimo piso, 284,17 m² en cada piso tipo del décimo primero al décimo
séptimo piso, y 119,96 m² en el piso décimo octavo. Modificación de
licencia 68001-1-14-0146, vigente hasta
el 11 de noviembre de 2016 para vivienda
multifamiliar con 3 sótanos de parqueaderos y lockers con 18 pisos para a
vivienda multifamiliar para 58 apartamentos y 74 parqueaderos, un local
comercial y zonas sociales, recreativas y de servicios.
Ø En la presente
actuación administrativa la edificación queda con 3 sótanos para parqueaderos,
y lockers, y 18 pisos para a vivienda multifamiliar, con 58 apartamentos y 69
parqueaderos, un local comercial con zonas sociales, recreativas y de
servicios, manteniendo las áreas aprobadas en la modificación de licencia nro.
68001-1-14-0146.
Ø En la presente
actuación se reajustan las medidas de los parqueaderos eliminando cinco
parqueaderos quedando un total de 69 parqueaderos; reubicar 8 parqueaderos de
los 14 aprobados con servidumbre en la licencia inicial del 2010 ubicados en el
sótano 1 y primer piso, reubicar algunos lockers, numerar 4 depósitos en el
nivel +5.80 y reubicar el parqueadero
del local comercial., siendo 58 para residentes, 10 para visitantes y 1 para el
local comercial.
Ø El proyecto da
cumplimiento al artículo 245 del Decreto 078 ibídem, y al artículo 11 del
Decreto 1538 de 2005, dejando al interior del paramento 69 parqueaderos
proyectados, 58 cupos de parqueo son para residentes, 1 cupo para el comercio y
10 cupos para visitantes. Identificados con los números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8,
9 y 10, estos no son adjudicables a ningún apartamento y siendo los nro. 2 y 4
aptos para minusválidos ubicados en el sótano 1 y sótano 3.
Ø Cumple con lo
establecido en el artículo 549 del Decreto 078 de 2008, de las dimensiones de
los estacionamientos, disponiendo al interior del paramento de construcción de
43 parqueaderos con medidas de 2.50 mts x 5.00 mts y mayores a estas,
distribuidos en sótano 1, 2 y 3,
primero, segundo y nivel +5.80 mts de parqueaderos.
Ø En esta actuación se
modifica las notas técnicas expuestas en este documento; las demás notas
técnicas de la modificación de licencia Nro. 68001-1-14-0146, la licencia Nro.
68001-1-10-0629 ibídem y la Prorroga de Licencia R-0011-14 ibídem.
Ø
Se entiende por
modificación de la licencia, la introducción de cambios urbanísticos,
arquitectónicos o estructurales a un proyecto con licencia vigente, siempre y
cuando cumplan con las normas urbanísticas, arquitectónicas y estructurales y
no se afecten espacio de propiedad pública. Las modificaciones de licencias
vigentes se resolverán con fundamento en las normas urbanísticas y demás
reglamentaciones que sirvieron de base para su expedición. Manteniendo el uso o
usos aprobados en la licencia respectiva. (Parágrafo, Art. 1 del Decreto
1469/2010). Las modificaciones efectuadas, no afectan los requisitos de la
normativa con la cual se aprobó inicialmente.
Ø Se debe construir estrictamente lo aprobado.
Ø Esta aprobación no implica ningún tipo de intervención
sobre espacio público.
Ø Los planos aprobados hacen parte integral de esta
licencia.
Ø El proyecto de construcción, deberá contemplar las
condiciones que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas
con movilidad reducida, sea esta temporal o permanente, de conformidad con las
normas establecidas en la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las
normas que los modifiquen o sustituyan.
Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del
contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 40 del
Decreto 1469 de 2010 y de lo contemplado en el Código Contencioso
Administrativo.
Artículo 3o.: Notificar personalmente a cualquier persona que se
hubiere hecho parte dentro del trámite, en los términos del Artículo 40 del Decreto
1469 de 2010. Si no se pudiere
hacer la notificación personal,
se notificará por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de la Ley 1437 de
2011.
Artículo 4o.: La Modificación de licencia vigente tendrá una
vigencia hasta el 13 de Junio de 2.015.
Artículo 5o.: Ordenar la publicación de la parte resolutiva del
presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un
periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web
corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.: Contra éste acto administrativo proceden los
recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación
ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para
que lo aclare, modifique o revoque, de acuerdo a lo establecido en el artículo
42 del Decreto 1469 de 2010 y el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.: La presente resolución rige a partir de la fecha de
su ejecutoria.
Notifíquese y cúmplase.
Expedida en Bucaramanga, el 3 de Diciembre de 2014.