"EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL DECRETO NACIONAL 1469 DE 2010,
SE PUBLICA LA PARTE RESOLUTIVA DE UNA
MODIFICACIÓN DE LICENCIA
bajo el radicado Nº 68001-1-14-0367
EXPEDIDO EL LUNES 15 DE DICIEMBRE DE 2014
EL CURADOR URBANO Nº 1 DE BUCARAMANGA
ARQ. LUIS CARLOS PARRA SALAZAR
RESUELVE
Artículo 1o.: Conceder la Licencia de Construcción en la modalidad
de AMPLIACION-MODIFICACION
para uso de Vivienda a CONSORCIO VALCO-GUAMO, con Nit Nº. 900.411.542-9, quienes actúan
a través de su Representante el señor MARIO VALDERRAMA
CORDERO con Cédula de Ciudadanía Nº 13.541.216, en su calidad de
propietarios de los predios localizados en la CARRERA 30 Nº 34-33/37/49 BARRIO MEJORAS
PUBLICAS de la nomenclatura de Bucaramanga, identificado con el
número predial 010200490016000/0017000/0018000, matrícula inmobiliaria 300-348028,
para que de acuerdo con la Norma Urbanística U100608, que hace parte
integrante de la presente Resolución, efectúe las obras en concordancia con los
planos aprobados y las disposiciones urbanísticas y ambientales vigentes en la
ciudad de Bucaramanga.
Parágrafo 1: Las obras autorizadas por la presente resolución
son:
Modificación de licencia 68001-1-14-0146, vigente hasta el 11 de
noviembre de 2016 para vivienda
multifamiliar con 3 sótanos de parqueaderos y lockers con 18 pisos para a
vivienda multifamiliar para 58 apartamentos y 69 parqueaderos, un local
comercial y zonas sociales, recreativas y de servicios; la modificación
consistente en reajustar las medidas de los parqueaderos, reubicar los 8
parqueaderos de los 14 aprobados con servidumbre en la licencia inicial del
2010 ubicados en el sótano 1 y primer piso, reubicar algunos lockers, numerar 4
depósitos en el nivel +5.80 y reubicar
el parqueadero del local comercial: el sótano 3 nivel -8.60 al -7.00 se
reubican los lockers D1, D2, D3 y D4, reajustando las medidas de los
parqueaderos, cambiando su numeración y reubicando los dos parqueaderos de
visitantes con servidumbre del sótano 1 al sótano 3, identificándolos con el
nro. 1 y 2 siendo este último apto para minusválidos, quedando en este nivel 13
parqueaderos, con un área modificada de 27,56 m²; en el sótano 2 nivel -6.00 al
-4.00 se reajustan las medidas de los parqueaderos eliminando un parqueadero
quedando en este nivel 14 parqueaderos para residentes, se cambia su numeración
y el parqueadero del local comercial se reubica en el sótano 1 con el nro. 38,
con un área modificada de 33 m²; en el sótano 1 nivel -3.00 al -1.00 se
reubican seis parqueaderos con servidumbre en este nivel, identificando como
visitantes con los nro. 3, 4, 5 y 6 siendo el nro. 4 apto para
minusválidos, cambian la numeración y se
reajustan las medidas manteniendo los 13 parqueaderos en este nivel, con un
área modificada de 130,77 m²; en el primer piso nivel 0.00 al 2.40 se reajustan
las medidas de los parqueaderos eliminando dos parqueos quedando en este nivel
10 de los cuales 4 son de visitantes identificados con el nro. 7, 8, 9 y 10,
con un área modificada de 60, 43 m²; en el segundo piso nivel +3.00 al +5.40 se
cambia la numeración de los parqueaderos, se reajustan las medidas de estos
eliminando tres de ellos, quedando en este nivel 15 parqueos todos de
residentes, con un área modificada de 91,39 m²; en el nivel +5.80 se cambia la
numeración de los cuatro parqueaderos, manteniéndolos todos de residentes y se
numeran los 4 depósitos ubicados en este nivel. Para un área total modificada
de 343.15 m².
Estas obras no podrán iniciarse hasta tanto no se
encuentre ejecutoriada la presente providencia.
Parágrafo 2: Que la ejecución de las obras debe realizarse de
acuerdo con el proyecto arquitectónico y estructural aprobado, teniendo en
cuenta las obligaciones y condiciones mencionadas en el considerando de este
acto administrativo y de acuerdo con las siguientes consideraciones técnicas:
Ø
Norma
Urbana U100608 exp. 6 de mayo de 2011, Curaduría Nro. 1 de Bucaramanga.
Ø
Tiene
licencia de Construcción 68001-1-10-0629 de edificación de 3 sótanos de
parqueaderos, y 18 pisos, para vivienda multifamiliar, con 58 apartamentos, 69
parqueaderos y un local comercial, con zonas sociales recreativas y de
servicios, así: primer piso para parqueaderos, zonas sociales, recreativas y de
servicios, acceso al edificio y un local comercial; segundo piso para
parqueaderos; 4 apartamentos tipo del tercer al octavo piso; 2 apartamentos y
segundos niveles de apartamentos dúplex en el noveno piso; 4 apartamentos en el
décimo piso, siendo dos dúplex ; 4 apartamentos tipo del décimo primero al
décimo séptimo piso; piscina jacuzzi, sauna, turco, salón social y terraza descubierta
en el piso décimo octavo; con un área total construida de : 425,03 m² en sótano
3; 592,65 m² en cada uno de los sótanos
1 y 2; 518,02 m²en primer piso (niveles +/- 0,00, +1,40, +2,40): 530,67
m² en el segundo piso, 330,24 m² en cada piso tipo del tercero al noveno piso,
266,17m² en el décimo piso, 284,17 m² en cada piso tipo del décimo primero al
décimo séptimo piso, y 119,96 m² en el piso décimo octavo. Modificación de
licencia 68001-1-14-0146, vigente hasta
el 11 de noviembre de 2016 para vivienda
multifamiliar con 3 sótanos de parqueaderos y lockers con 18 pisos para a
vivienda multifamiliar para 58 apartamentos y 74 parqueaderos, un local
comercial y zonas sociales, recreativas y de servicios.
Ø
En
la presente actuación administrativa la edificación queda con 3 sótanos para
parqueaderos, y lockers, y 18 pisos para a vivienda multifamiliar, con 58
apartamentos y 69 parqueaderos, un local comercial con zonas sociales,
recreativas y de servicios, manteniendo las áreas aprobadas en la modificación
de licencia nro. 68001-1-14-0146.
Ø
En
la presente actuación se reajustan las medidas de los parqueaderos eliminando
cinco parqueaderos quedando un total de 69 parqueaderos; reubicar 8
parqueaderos de los 14 aprobados con servidumbre en la licencia inicial del
2010 ubicados en el sótano 1 y primer piso, reubicar algunos lockers, numerar 4
depósitos en el nivel +5.80 y reubicar
el parqueadero del local comercial., siendo 58 para residentes, 10 para
visitantes y 1 para el local comercial
Ø
El
proyecto da cumplimiento al artículo 245 del Decreto 078 ibídem, y al artículo
11 del Decreto 1538 de 2005, dejando al interior del paramento 69 parqueaderos
proyectados, 58 cupos de parqueo son para residentes, 1 cupo para el comercio y
10 cupos para visitantes. Identificados con los números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8,
9 y 10, estos no son adjudicables a ningún apartamento y siendo los nro. 2 y 4
aptos para minusválidos ubicados en el sótano 1 y sótano 3.
Ø
Cumple
con lo establecido en el artículo 549 del Decreto 078 de 2008, de las
dimensiones de los estacionamientos, disponiendo al interior del paramento de
construcción de 43 parqueaderos con medidas de 2.50 mts x 5.00 mts y mayores a
estas, distribuidos en sótano 1, 2 y 3,
primero, segundo y nivel +5.80 mts de parqueaderos.
Ø
En
esta actuación se modifica las notas técnicas expuestas en este documento; las
demás notas técnicas de la modificación de licencia Nro. 68001-1-14-0146, la
licencia Nro. 68001-1-10-0629 ibídem y la Prorroga de Licencia R-0011-14
ibídem.
Ø Se entiende por modificación de la
licencia, la introducción de cambios urbanísticos, arquitectónicos o
estructurales a un proyecto con licencia vigente, siempre y cuando cumplan con
las normas urbanísticas, arquitectónicas y estructurales y no se afecten
espacio de propiedad pública. Las modificaciones de licencias vigentes se
resolverán con fundamento en las normas urbanísticas y demás reglamentaciones
que sirvieron de base para su expedición. Manteniendo el uso o usos aprobados
en la licencia respectiva. (Parágrafo, Art. 1 del Decreto 1469/2010). Las
modificaciones efectuadas, no afectan los requisitos de la normativa con la
cual se aprobó inicialmente.
Ø Debe cumplir con el manejo del espacio público
determinado en el decreto 067/2008, relacionado con el manual para el diseño y
construcción del espacio público.
Ø De acuerdo a lo
establecido en el artículo 34 del decreto 948 de 1995 por tratarse de una
edificación mayor a tres pisos debe instalar mallas protectoras.
Ø Estructuralmente cumple con la Norma NSR-10.
Ø Se debe construir estrictamente lo aprobado.
Ø Esta aprobación no implica ningún tipo de intervención
sobre espacio público.
Ø Los planos aprobados hacen parte integral de esta
licencia.
Ø El proyecto de construcción, deberá contemplar las
condiciones que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas
con movilidad reducida, sea esta temporal o permanente, de conformidad con las
normas establecidas en la Ley 361 de 1997 y el Decreto 1538 de 2005 o las
normas que los modifiquen o sustituyan.
Artículo 2o.: Notificar personalmente a los solicitantes del
contenido de la presente resolución, en los términos del Artículo 40 del
Decreto 1469 de 2010 y de lo contemplado en el Código Contencioso
Administrativo.
Artículo 3o.: Notificar personalmente a cualquier persona que se
hubiere hecho parte dentro del trámite, en los términos del Artículo 40 del
Decreto 1469 de 2010. Si no se
pudiere hacer la notificación personal, se notificará por aviso, tal como lo ordena el Artículo 69 de
la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4o.: La Modificación de licencia vigente tendrá una
vigencia hasta el 13 de Junio de 2.015.
Artículo 5o.: Ordenar la publicación de la parte resolutiva del
presente acto administrativo que resuelve la solicitud de licencia en un
periódico de amplia circulación en el municipio y/o en la página web
corporativa de la Curaduría Urbana Nº 1 de Bucaramanga
www.curaduria1bucaramanga.com por cuenta del interesado, con el objeto de darse
a conocer a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
Artículo 6º.: Contra éste acto administrativo proceden los
recursos de reposición ante el Curador Urbano que lo expidió y de apelación
ante la Oficina de Planeación o en su defecto ante el Alcalde Municipal, para
que lo aclare, modifique o revoque, de acuerdo a lo establecido en el artículo
42 del Decreto 1469 de 2010 y el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 7º.: La presente resolución rige a partir de la fecha de
su ejecutoria.
Notifíquese y cúmplase.
Expedida en Bucaramanga, el 15 de Diciembre 2014.